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PÆg. 281063 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de noviembre de 2004 CEFA: 402 PERSONAL CRUZ YLLANES ARLETTE DACKNER MONTAÑEZ GONZALES MYRIAM LIZETTE GARAGORRI CHECA VERONICA DEL CARMENZORRILLA CASTRO ELIZABETH MILAGROS MAYCOCK PEREZ NADIA YANIRA CEFA: 403 ABASTECIMIENTO REY BENAVENTE CARLOS ALBERTO CORTEZ LLERENA MARTIN OMAR Artículo 2º.- Expídanse los despachos correspondien- tes a su Grado. Regístrese y comuníquese. ORLANDO DENEGRI AYLLON Comandante General de la Fuerza Aérea 21414 ECONOMÍA Y FINANZAS Autorizan ejecución del Proyecto "Am- pliación y Remodelación del Estadio Max Augustín de Iquitos" DECRETO SUPREMO Nº 164-2004-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 053-2003-PCM se oficializa la realización en el país del Campeonato Sud- americano de Fútbol Copa América año 2004 y del Cam-peonato Mundial de Fútbol Sub-17 año 2005 declarándo- los como eventos de interés nacional; Que la Federación Peruana de Fútbol ha propuesto a la ciudad de Iquitos como una de las Sedes del Mundial Sub-17 año 2005 en mérito a que se trata de una Región de Zona de Frontera con un enorme potencial turístico que se vería benefi-ciada con este tipo de eventos internacionales. Para ello es necesario que las obras para la remodelación del Estadio Max Augustín de Iquitos, conforme a los requisitos establecidos porlos organismos rectores del fútbol internacional, estén culmina- das antes del inicio del Campeonato Mundial de Fútbol Sub-17 cuya fecha programada es septiembre del año 2005; Que el Instituto Peruano del Deporte, acogiendo la pro- puesta de la Federación Peruana de Fútbol, ha elaborado el Perfil del Proyecto denominado: "Ampliación y Remode-lación del Estadio Max Augustín de Iquitos" por el monto de S/. 16.724.610 Nuevos Soles, al amparo de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública aproba-da mediante Resolución Directoral Nº 012-2002-EF/68.01; Que la Resolución Ministerial Nº 372-2004-EF/15 del Sis- tema Nacional de Inversión Pública establece que para estetipo de proyectos, cuyo monto de inversión a precios priva- dos sea mayor a S/. 6.000.000 Nuevos Soles deberán de- sarrollar, como mínimo, estudios de factibilidad para obtenersu declaratoria de viabilidad. Los plazos requeridos para este proceso, no permitirían tenerlo expedito antes del inicio del Campeonato Mundial de Fútbol Sub-17 año 2005; Que por lo expuesto, es necesario exceptuar del Ciclo del Proyecto (Fase de Preinversión) al Proyecto denomi- nado "Ampliación y Remodelación del Estadio Max Augus-tín de Iquitos", al amparo de lo dispuesto por el artículo 10º, numeral 10.5 de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública (artículo 10º, numeral 10.5), su Reglamentoy normas complementarias, Ley Nº 25762 Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; DECRETA: Artículo 1º.- AUTORIZACIÓN DE EJECUCIÓN Autorizar la ejecución del Proyecto "Ampliación y Re- modelación del Estadio Max Augustín de Iquitos", excep- tuándolo del ciclo del proyecto (Fase de Preinversión) al amparo del artículo 10º, numeral 10.5 de la Ley Nº 27293,Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, conforme a los considerandos expuestos en el presente Decreto. Artículo 2º.- DE LA APLICACIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS El Instituto Peruano del Deporte y el Gobierno Regional de Loreto deberán velar por la correcta aplicación de los recursos públicos a fin que el Proyecto "Ampliación y Re-modelación del Estadio Max Augustín de Iquitos" se sujete a las normas técnicas y a los fines considerados en el presente Decreto. Artículo 3º.- DEL REFRENDO El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y, por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los 25 días del mes de noviembre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 21475 EDUCACIÓN Designan miembro del Consejo Nacio- nal de Educación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0601-2004-ED Lima, 24 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº 1301-CNE-2004, el Presidente del Consejo Nacional de Educación, presenta al Despacho del Ministerio de Educación, una nómina de personas para efectos de designar nuevo Consejero Titular que cubra lavacante existente en el Consejo Nacional de Educación; Que, el Artículo 10º de la Resolución Ministerial Nº 494- 2002-ED, establece que en caso de vacancia de un cargode Consejero, el nuevo titular completa el término del man- dato correspondiente al Consejero reemplazado que, en el presente caso, se extenderá hasta fines del año 2007; Que, de conformidad con la Novena Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 28044, en tanto se dé la Ley a que se refiere el artículo 81º de la citada ley,seguirá vigente el actual Consejo Nacional de Educación tal como está normado en el Decreto Supremo Nº 007- 2002-ED, modificado por el Decreto Supremo Nº 010-2002-ED, adecuándose su funcionamiento en lo que correspon- da a lo establecido en la Ley General de Educación; Que, es necesario designar al nuevo miembro del Con- sejo Nacional de Educación que cubrirá la vacante existen- te; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 051-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolución y hasta el fin del año 2007, al señor Santiago Pedraglio Mendoza como miembro del Consejo Nacional de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 21416