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PÆg. 281072 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de noviembre de 2004 Que, asimismo, se sostendrán reuniones con las más altas autoridades de dichos países y se suscribirán impor-tantes instrumentos bilaterales y convenios de coopera-ción en diversas materias; De conformidad con la Cuarta Disposición Comple- mentaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomáticode la República; en concordancia con el artículo 83º delDecreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Leyde Bases de la Carrera Administrativa; los artículos 185º y190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamentode la Ley del Servicio Diplomático de la República; el incisom) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánicadel Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619;Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autori-zación de viajes al exterior de servidores y funcionariospúblicos; y el artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley dePresupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2004; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Primer Secreta- rio en el Servicio Diplomático de la República, Raúl Hernan-do Torres Fernández Enríquez, funcionario del Gabinetedel señor Ministro, del 25 al 27 de noviembre para acompa-ñar al Ministro de Estado en el Despacho de RelacionesExteriores, Embajador José Manuel Rodríguez Cuadros, alas Visitas Oficiales que realizará a las Repúblicas de Pa-namá y Nicaragua. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumpli- miento de la presente Resolución, serán cubiertos por elPliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores,debiendo los citados funcionarios rendir cuenta documen-tada en un plazo no mayor de quince (15) días al términode la referida Visita Oficial, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viáticos Tarifa US$ US$ aeropuerto US$ Raúl Hernando Torres Fernández 1,185.00 800.00 28.24 Enriquez Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del citado viaje, los men-cionados funcionarios deberán presentar ante el señorMinistro de Relaciones Exteriores un informe de las accio-nes realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduanerosde ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 21387 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1000-2004-RE Lima, 25 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO:Que el Ministro de Estado en el Despacho de Relacio- nes Exteriores, Embajador Manuel Rodríguez Cuadros, hasido invitado a realizar Visitas Oficiales a las Repúblicas deNicaragua y Panamá, del 25 al 28 de noviembre de 2004; Que las mencionadas Visitas Oficiales tienen como objetivo estrechar las relaciones bilaterales del Perú condichos países, así como revisar los temas de la agendabilateral, y promover las inversiones, el comercio y la co-operación internacional a favor del desarrollo nacional; Que, asimismo, se sostendrán reuniones con las más altas autoridades de dichos países y se suscribirán impor-tantes instrumentos bilaterales y convenios de coopera-ción en diversas materias; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementa- ria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de laRepública; en concordancia con el artículo 83º del DecretoSupremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Basesde la Carrera Administrativa; los artículos 185º y 190º delDecreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Leydel Servicio Diplomático de la República; el inciso m) delartículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica delMinisterio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; De-creto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autoriza- ción de viajes al exterior de servidores y funcionarios públi-cos; y el artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presu-puesto del Sector Público para el año Fiscal 2004; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Luis Benjamín Chi-moy Arteaga, Director de América Central, del 25 al 27 denoviembre para integrar la delegación que acompañará alMinistro de Estado en el Despacho de Relaciones Exterio-res, Embajador José Manuel Rodríguez Cuadros, a lasVisitas Oficiales que realizará a las Repúblicas de Panamáy Nicaragua. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumpli- miento de la presente Resolución, serán cubiertos por elPliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exterio-res, debiendo los citados funcionarios rendir cuenta docu-mentada en un plazo no mayor de quince (15) días altérmino de la referida Visita Oficial, de acuerdo al siguientedetalle: Pasajes Viáticos Tarifa aeropuerto US$ US$ US$ 1,625.00 800.00 28.24 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del citado viaje, los men-cionados funcionarios deberán presentar ante el señorMinistro de Relaciones Exteriores un informe de las accio-nes realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduanerosde ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 21388 SALUD Declaran habilitadas y prohibidas sa- nitariamente Æreas comprendidas en zonas de producción de especies de moluscos bivalvos, ubicadas en el de-partamento de Ica RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1322/2004/DIGESA/SA Lima, 22 de noviembre del 2004 Visto el Informe Nº 2333-2004/DEHAZ/DIGESA de la Dirección Ejecutiva de Higiene Alimentaria y Zoonosis (DE-HAZ) – Programa Nacional de Sanidad de Mariscos (PNSM)referente a la habilitación sanitaria de las áreas de produc-ción de moluscos bivalvos; CONSIDERANDO: Que, el mencionado Informe, correspondiente al moni- toreo 54º, establece que las áreas de producción de mo-luscos bivalvos Tres puertas, Queso, Morro Quemado y ElAncla de la Bahía Independencia; Playa Yumaque de laBahía Lagunilla ubicadas en la provincia Pisco y PlayaJaguay de la provincia de Chincha del departamento deIca, cumplen con los criterios sanitarios favorables para suexplotación, por lo tanto se les califica como áreas habilita-das sanitariamente para la producción de los referidosmoluscos, según lo establecido en el artículo 16º, literal “a”del “Reglamento Sanitario de Moluscos Bivalvos para Con-sumo Humano con Fines de Exportación” aprobado porResolución Ministerial Nº 0730-2003-SA/DM, de donde seautoriza la recolección / extracción sostenible de estas es-pecies destinadas al consumo humano; Que, el área de producción de moluscos bivalvos Lagu- na Grande, Canastones, Carhuaz, Punta Carreta, SantaRosa de la Bahía Independencia y La Mina de la BahíaLagunilla ubicadas en la provincia de Pisco, departamento