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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (26/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 38

PÆg. 281068 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de noviembre de 2004 hidrobiológicos, a través de dos líneas de producción: de productos hidrobiológicos con una capacidad proyectada de 94 t/día y de pastas (surimi) con una capacidad proyec- tada de 24 t/día, a ubicarse en la Zona Industrial II, Km. 3de la carretera Paita - Sullana, (Lotes A1, A2 y A3 - CETI- COS), distrito y provincia de Paita, departamento de Piura, con una capacidad total proyectada de 118 t/día, tal comosigue : Congelado : 118 t/díaArtículo 2º.- FREEKO PERU S.A. deberá instalar su establecimiento industrial pesquero, con sujeción a lasnormas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídi- co pesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y segu-ridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, deberá contar con un sistema de control de proceso que garanti-ce la óptima calidad del producto final, conforme lo dispo- ne el Decreto Supremo Nº 040-2001-PE, así como debe- rá implementar los compromisos asumidos en el Estudiode Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Dirección Nacional de Medio Ambiente según el Certifica- do Ambiental Nº 018-2004-PRODUCE/DINAMA del 21 dejunio de 2004. Artículo 3º.- Otorgar a FREEKO PERU S.A. el plazo de un (1) año, contado a partir de la fecha de notificaciónde la presente resolución, renovable por una sola vez y por igual período, previa presentación de la información relativa al avance de obras e inversión sustantiva efec-tuada, para que la interesada concluya con la instalación de su planta de congelado de productos hidrobiológicos. Previo al inicio de su actividad productiva solicitará la ins-pección técnica correspondiente para la determinación de la capacidad instalada y el otorgamiento de la licencia de operación. Artículo 4º.- La autorización de instalación de la plan- ta de congelado de productos hidrobiológicos señalada en el artículo 1º de la presente resolución, caducará depleno derecho al no acreditarse dentro del plazo autori- zado o, de ser el caso, al término de la renovación del mismo, la instalación del establecimiento industrial pes-quero, sin que sea necesario para ello notificación por parte del Ministerio de la Producción. Artículo 5º.- El incumplimiento de lo señalado en los artículos 2º y 3º de la presente resolución será causal de caducidad del derecho otorgado o de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder, según sea el caso. Artículo 6º.- Transcríbase la presente Resolución Direc- toral a la Dirección Regional de Producción de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA DONGO ARÉVALO Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 21314 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 275-2004-PRODUCE/DNEPP Lima, 19 de octubre del 2004 Visto el escrito con registro Nº CE-01994003, de fecha 13 de abril de 2004, presentado por EMPRESA PES-QUERA OCEAN FISH S.A.; CONSIDERANDO: Que los artículos 43º, inciso b), numeral 4), 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, esta-blecen que para la instalación de establecimientos indus-triales pesqueros se requiere de autorización, la que cons-tituye un derecho específico que el Ministerio de Pesque-ría (hoy Ministerio de la Producción) otorga a plazo deter-minado y a nivel nacional; Que el numeral 52.1 del artículo 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Su-premo Nº 012-2001-PE, dispone que la autorización deinstalación se otorga con vigencia no mayor de un (1)año, la cual podrá renovarse por una sola vez y por igualperíodo, siempre que se acredite haber realizado unainversión sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%)del proyecto aprobado dentro del período inicialmente autorizado; Que la Norma Sanitaria para las Actividades Pesque- ras y Acuícolas, aprobada por Decreto Supremo Nº 040-2001-PE, establece, entre otros, los requerimientos y lascondiciones para la ubicación, diseño, construcción y equi-pamiento de plantas de procesamiento pesquero para elconsumo humano directo; Que mediante el escrito del visto, EMPRESA PES- QUERA OCEAN FISH S.A. solicita se le otorgue autori-zación para la instalación de un establecimiento industrialpesquero para desarrollar la actividad de congelado deproductos hidrobiológicos, con la capacidad proyectadade 15 t/día, a ubicarse en la avenida Los Incas Nº 1100 y1106, esquina con calle Ambrosio Vusetich - urbanizaciónParque Industrial del distrito de Arequipa, provincia y de-partamento de Arequipa; Que según lo informado por la Dirección Nacional de Medio Ambiente a través del Certificado Ambiental Nº 009-2004-PRODUCE/DINAMA, de fecha 24 de febrero, se ca-lifica como favorable, el Estudio de Impacto Ambientalpresentado por la EMPRESA PESQUERA OCEAN FISHS.A.; Que de acuerdo a la evaluación efectuada a los docu- mentos que obran en el expediente, se ha determinadoque la recurrente ha cumplido con presentar los requisitosexigidos en el Procedimiento Nº 26 del Texto Único deProcedimientos Administrativos, aprobado por DecretoSupremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resulta pro-cedente otorgar la autorización solicitada por la recurren-te; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Proce-samiento Pesquero, mediante el Informe Nº 129-2004-PRODUCE/DNEPP-Dch y con el visado de la Oficina Ge-neral de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43º, 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977- Ley General dePesca y los artículos 49º y 52º de su Reglamento aproba-do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a EMPRESA PESQUERA OCEAN FISH S.A. autorización para instalar un establecimientoindustrial pesquero para desarrollar la actividad de con-gelado de productos hidrobiológicos, a través de una plan-ta de congelado, a ubicarse en avenida Los Incas Nº1100 y 1106, esquina con calle Ambrosio Vusetich - urba-nización Parque Industrial del distrito de Arequipa, provin-cia y departamento de Arequipa, con la siguiente capaci-dad proyectada: Congelado : 15 t/día Artículo 2º.- La EMPRESA PESQUERA OCEAN FISH S.A. deberá instalar su establecimiento industrial pesque-ro, con sujeción a las normas legales y reglamentarias delordenamiento jurídico pesquero, así como las relativas ala preservación del medio ambiente y las referidas a sani-dad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garan-ticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera.Asimismo, deberá contar con un sistema de control deproceso que garantice la óptima calidad del producto fi-nal, conforme lo dispone el Decreto Supremo Nº 040-2001-PE, así como deberá implementar los compromisosasumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, calificadofavorablemente por la Dirección Nacional de Medio Am-biente según el Certificado Ambiental Nº 009-2004-PRO-DUCE/DINAMA del 24 de febrero de 2004. Artículo 3º.- Otorgar a EMPRESA PESQUERA OCEAN FISH S.A. el plazo de un (1) año, contado a partir de lafecha de notificación de la presente resolución, renova-ble por una sola vez y por igual período, previa presenta-ción de la información relativa al avance de obras e inver-sión sustantiva efectuada, para que la interesada conclu-ya con la instalación de su planta de congelado de pro-ductos hidrobiológicos. Previo al inicio de su actividadproductiva solicitará la inspección técnica correspondien-te para la determinación de la capacidad instalada y elotorgamiento de la licencia de operación. Artículo 4º.- La autorización de instalación de la plan- ta de congelado de productos hidrobiológicos señaladaen el artículo 1º de la presente resolución, caducará de