Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2004 (05/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, martes 5 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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to sobre Rendicion de Cuentas de Autoridades Regionales, mediante Audiencias Publicas Regionales, aprobado por Ordenanza Regional Nº 011-2003-CR/GRM de fecha 2 de diciembre del 2003; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- Modificar los Articulos 13º y 21º del Reglamento sobre Rendicion de Cuentas de Autoridades Regionales, mediante Audiencias Publicas Regionales. DEBE DECIR: "Articulo 13º.- La publicacion de la convocatoria debe realizarse con una anticipacion no menor de 20 dias a su realizacion y debe indicar lo dispuesto en la MORDAZA parte del articulo 183º de la Ley Nº 27444. Articulo 21º.- Por el orden de las personas deben guardar silencio y respeto mutuo. La seguridad es la ausencia de peligro concreto para la integridad de cualquier asistente, siendo facultativo el concurso de la Policia Nacional del Peru. La asistencia minima supone la presencia fisica de 30 o 20 representantes de las organizaciones sociales. En caso de no haber la asistencia minima de audiencia se tendra por realizada y por cumplida sea verificada por la autoridad policial o notarial". Articulo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, ademas de publicarse en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. CRISTALA CONSTANTINIDES MORDAZA Presidenta Regional 17881

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche 2004
ACUERDO DE CONCEJO Nº 052-2004-CDB

sencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio que compromete en forma inmediata e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; Que, para una mayor amplitud, el articulo 108º numeral 2º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, senala que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el articulo 19º literal c) del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, dispone que la situacion de urgencia declarada con arreglo a ley exonera de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa que deban efectuarse para las adquisiciones y contrataciones; Que, el articulo 20º literal c) del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que para el caso de los gobiernos locales la exoneracion de los procesos de seleccion debe ser aprobada mediante Acuerdo de Concejo Municipal; Que, el articulo 105º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que ante el cumplimiento de los supuestos establecidos en el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la Entidad podra efectuar procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia con el objeto de adquirir o contratar mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico, de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases; Que, por los fundamentos expuestos es prioritario asegurar la no interrupcion del servicio que presta el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Barranco, debiendo dotarse de los productos e insumos que MORDAZA necesarios; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades establecidas en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 23853, y con el MORDAZA unanime de sus miembros; ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar en situacion de URGENCIA la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche 2004, por un plazo no mayor a noventa (90) dias calendario. Articulo Segundo.- Disponer que la adquisicion de insumos y productos necesarios para la ejecucion del Programa del Vaso de Leche establecidos en el articulo 4º de la Ley Nº 27470, se realice mediante el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, hasta por un monto de S/. 105,000 (CIENTO CINCO MIL y 00/100 NUEVOS SOLES), de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, encargandose a la Oficina de Administracion Financiera y Tributaria el cumplimiento del presente Acuerdo. Articulo Tercero.- Determinar la compra de los siguientes insumos para la ejecucion del Programa del Vaso de Leche dentro del plazo de la urgencia: - LECHE EVAPORADA: 42,311 tarros de 410 g. - HOJUELA DE QUINUA AZUCARADA: 4,561 bolsas de 1 k. - ENRIQUECIDO LACTEO: 2,251 bolsas de 1 k. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA 17882

Barranco, 27 de setiembre del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTO, el Informe Nº 207-2004-SGL/GAFyT/MDB de la Subgerencia de Logistica en la Sesion ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica, y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, para la adquisicion de los productos para la ejecucion del Programa del Vaso de Leche para el ano 2004 se requiere efectuar una adjudicacion directa selectiva; Que, la Municipalidad Distrital de Barranco ha resuelto el contrato suscrito con la Empresa Niisa Corporation S.A. quien proveia los insumos del Vaso de Leche; Que, es necesario adquirir a la brevedad los insumos y productos necesarios a fin de garantizar la continuidad de la ejecucion del Programa del vaso de Leche; Que, el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, define la situacion de urgencia como la au-

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