Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (05/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G37/G37/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 5 de octubre de 2004 to sobre Rendición de Cuentas de Autoridades Regio- nales, mediante Audiencias Públicas Regionales, apro-bado por Ordenanza Regional Nº 011-2003-CR/GRM de fecha 2 de diciembre del 2003; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- Modificar los Artículos 13º y 21º del Reglamento sobre Rendición de Cuentas de AutoridadesRegionales, mediante Audiencias Públicas Regionales. DEBE DECIR: "Artículo 13º.- La publicación de la convocatoria debe realizarse con una anticipación no menor de 20 días asu realización y debe indicar lo dispuesto en la segunda parte del artículo 183º de la Ley Nº 27444. Artículo 21º.- Por el orden de las personas deben guar- dar silencio y respeto mutuo. La seguridad es la ausen- cia de peligro concreto para la integridad de cualquier asistente, siendo facultativo el concurso de la PolicíaNacional del Perú. La asistencia mínima supone la pre- sencia física de 30 o 20 representantes de las organiza- ciones sociales. En caso de no haber la asistencia míni-ma de audiencia se tendrá por realizada y por cumplida sea verificada por la autoridad policial o notarial". Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publica- ción en el Diario Oficial El Peruano, además de publicarseen el Portal Electrónico del Gobierno Regional. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. CRISTALA CONSTANTINIDES ROSADO Presidenta Regional 17881 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G2D/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65/G20/G32/G30/G30/G34 ACUERDO DE CONCEJO Nº 052-2004-CDB Barranco, 27 de setiembre del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCOVISTO, el Informe Nº 207-2004-SGL/GAFyT/MDB de la Subgerencia de Logística en la Sesión ordinaria de lafecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades tienen autono-mía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, para la adquisición de los productos para la ejecución del Programa del Vaso de Leche para el año 2004 se requiere efectuar una adjudicación directa se- lectiva; Que, la Municipalidad Distrital de Barranco ha resuelto el contrato suscrito con la Empresa Niisa Corporation S.A. quien proveía los insumos del Vaso de Leche; Que, es necesario adquirir a la brevedad los insumos y productos necesarios a fin de garantizar la continuidad de la ejecución del Programa del vaso de Leche; Que, el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, define la situación de urgencia como la au-sencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio que compromete en forma inmediata e inminen-te la continuidad de los servicios esenciales o de las ope- raciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; Que, para una mayor amplitud, el artículo 108º nume- ral 2º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, señala que la situación de urgencia debe entender-se como una medida temporal ante un hecho de excep- ción que determina una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para la urgencia, sin perjuiciode que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el artículo 19º literal c) del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, dispone que la situación de urgencia declarada con arreglo a ley exonera de los procesos de Licitación Pú-blica, Concurso Público o Adjudicación Directa que deban efectuarse para las adquisiciones y contrataciones; Que, el artículo 20º literal c) del Texto Único Ordena- do de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que para el caso de los gobiernos locales la exoneración de los procesos deselección debe ser aprobada mediante Acuerdo de Con- cejo Municipal; Que, el artículo 105º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-2001-PCM, establece que ante el cumplimien- to de los supuestos establecidos en el artículo 19º del TextoÚnico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la Entidad podrá efectuar pro- cesos de Adjudicación de Menor Cuantía con el objeto deadquirir o contratar mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtención, por cualquier medio de comunicación incluyendo el facsímil y el correo electrónico, de una cotiza-ción que cumpla los requisitos establecidos en las Bases; Que, por los fundamentos expuestos es prioritario ase- gurar la no interrupción del servicio que presta el Pro-grama del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Barranco, debiendo dotarse de los productos e insumos que sean necesarios; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades establecidas en el artículo 194º de la Constitución Políti- ca del Perú, concordante con el artículo 2º de la Ley Or-gánica de Municipalidades Ley Nº 23853, y con el voto unánime de sus miembros; ACUERDA: Artículo Primero.- Declarar en situación de URGEN- CIA la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche 2004, por un plazo no mayor a noventa (90)días calendario. Artículo Segundo.- Disponer que la adquisición de in- sumos y productos necesarios para la ejecución del Pro-grama del Vaso de Leche establecidos en el artículo 4º de la Ley Nº 27470, se realice mediante el proceso de Adjudi- cación Directa de Menor Cuantía, hasta por un monto deS/. 105,000 (CIENTO CINCO MIL y 00/100 NUEVOS SO- LES), de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, en-cargándose a la Oficina de Administración Financiera y Tri- butaria el cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- Determinar la compra de los siguientes insumos para la ejecución del Programa del Vaso de Leche dentro del plazo de la urgencia: - LECHE EVAPORADA: 42,311 tarros de 410 g. - HOJUELA DE QUINUA AZUCARADA: 4,561 bol- sas de 1 k. - ENRIQUECIDO LÁCTEO: 2,251 bolsas de 1 k. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARTIN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 17882