Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2004 (05/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 5 de octubre de 2004

Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 17870

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean el Distrito Judicial de Pasco
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 168-2004-CE-PJ

MORDAZA, 17 de setiembre del 2004 VISTO: El expediente administrativo, relacionado a la creacion del Distrito Judicial de Pasco; y, CONSIDERANDO: Que, el departamento de Pasco fue creado por Ley Nº 10030 de fecha 27 de noviembre de 1944, esta ubicado en la region central del Peru, y se encuentra en la actualidad bajo la competencia del Distrito Judicial de MORDAZA y Pasco, con sede principal en la MORDAZA de MORDAZA, lugar en donde funciona el despacho de la Presidencia de Corte Superior, y se encuentran centralizadas gran parte de las funciones administrativas y de control locales relacionadas con la marcha de dicho Distrito Judicial; Que, el departamento de Pasco cuenta con un desarrollo socio economico pujante, en donde la poblacion actual asciende a mas de 200,000 habitantes, y en el que progresivamente se vienen incrementando los procesos judiciales y con ello la carga judicial en los organos jurisdiccionales que lo comprenden; en tal sentido, resulta importante dentro de la politica de descentralizacion emprendida por este Poder del Estado acercar y agilizar la administracion de justicia a la poblacion local, reconociendo sus caracteristicas economicas, geograficas, y socio culturales particulares, asi como sus necesidades y expectativas de acceso a un mejor y cada vez mas cercano servicio de justicia; Que, la propuesta de creacion del Distrito Judicial de Pasco, cuenta con informes favorables relacionados con su situacion social, economica y geografica, estadisticas de procesos judiciales, disponibilidad presupuestaria, perspectiva organizacional, aspectos legales, infraestructura, y de personal; quedando establecido que para el funcionamiento de la Corte Superior de Justicia de Pasco, se han agotado plenamente la revision de todos los factores intervinientes, no encontrandose en ellos, segun aparece del ultimo informe de fojas 253 a 263 ningun elemento que impida a la fecha proceder de acuerdo a lo solicitado; Que, mediante Ley Nº 28254, que autoriza un credito suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, se ha asignado al Poder Judicial S/. 40'000,000.00 nuevos soles para ser aplicados, entre otros aspectos, en el funcionamiento de nuevas dependencias u organos jurisdiccionales; Que, al respecto, el departamento de Pasco cuenta con los siguientes organos jurisdiccionales: a) en la provincia de Pasco: 01 Sala Mixta, 02 Juzgados Especializados Penales, 01 Juzgado Mixto, y 02 Juzgados de

Paz Letrados; b) en la provincia de MORDAZA MORDAZA Carrion: 01 Juzgado Mixto y 01 Juzgado de Paz Letrado; los mismos que atienden una carga procesal significativa; Que, por otro lado, debido a la excesiva carga procesal que soporta el Juzgado Mixto de Pasco, que asciende a mas de 3200 expedientes, resulta conveniente crear otro organo jurisdiccional con la finalidad de coadyuvar con la descarga procesal en beneficio de los justiciables; Que, con arreglo lo dispuesto en el inciso 24 del Articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, es funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear y suprimir Distritos Judiciales cuando asi se requiera para la mas rapida y eficaz administracion de justicia; asimismo, el inciso 19 de la mencionada Ley Organica del Poder Judicial, prescribe que es de su competencia el asegurar la progresiva habilitacion y adecuacion de los locales judiciales con su correspondiente personal auxiliar; en consecuencia, resulta viable la creacion del citado Distrito Judicial, debiendose conforme a lo senalado precedentemente, proceder a una reestructuracion de los organos jurisdiccionales que actualmente componen el Distrito Judicial de MORDAZA y Pasco, a efectos de fijar el territorio, los organos jurisdiccionales y las respectivas competencias del MORDAZA Distrito Judicial de Pasco; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion extraordinaria de la fecha, de conformidad con el Informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear el Distrito Judicial de Pasco, cuya sede es la MORDAZA de Cerro de Pasco, Capital del departamento de Pasco, con competencia sobre las provincias de Pasco y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y sus correspondientes distritos. Articulo Segundo.- El Distrito Judicial de Pasco contara con una Corte Superior integrada en cuanto a su administracion y gobierno por un Vocal Superior Presidente, que sera el Vocal Decano, en tanto se proceda a su eleccion conforme a Ley, y la Sala Plena compuesta por los Vocales Superiores; asimismo, contara ademas con un Administrador de la Oficina de Administracion Distrital dependiente de la Gerencia General del Poder Judicial. Articulo Tercero.- Crear el MORDAZA Juzgado Mixto de la provincia de Pasco. Articulo Cuarto.- El Distrito Judicial de Pasco queda conformado por los siguientes organos jurisdiccionales: - 1 Sala Mixta, con competencia en todo el Distrito Judicial. Provincia de Pasco: - 2 Juzgados Especializados Penales - 2 Juzgados Mixtos - 2 Juzgados de Paz Letrados Provincia de MORDAZA MORDAZA Carrion: - 1 Juzgado Mixto - 1 Juzgado de Paz Letrado Articulo Quinto.- Encarguese a la Gerencia General del Poder Judicial de brindar apoyo presupuestario, financiero y tecnico para el cumplimiento de la presente Resolucion Administrativa. Articulo Sexto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, al Presidente del Congreso de la Republica, al Ministro de Justicia, al Ministro de Economia y Finanzas, a la Fiscal de la Nacion, al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, al Jefe de la Oficina de Control de

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