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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G30/G37/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 26 de octubre de 2004 Artículo Sexto.- Encargar al Vicepresidente del Conse- jo Nacional de la Magistratura Dr. Fermín Chunga Chávez,el ejercicio de las funciones de la Presidencia del ConsejoNacional de la Magistratura, mientras dure la ausencia delTitular del Pliego. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL CABALLERO CISNEROS Presidente 19279 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G64/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G41/G75/G78/G69/G6C/G69/G61/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G71/G75/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G2D/G6E/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G63/G65/G6E/G74/G72/G6F/G73/G20/G70/G6F/G62/G6C/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G2D /G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4A/G75/G61/G6E/G20/G42/G61/G75/G74/G69/G73/G74/G61/G20/G79/G20/G42/G65/G6C/GE9/G6E/G2C /G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G79/G6E/G61/G73 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 519-2004-JEF/RENIEC Lima, 20 de setiembre de 2004 VISTO: Los Informes Nºs. 1279 y 1280-2004-GO- SGREC/RENIEC de fecha 25 de junio del 2004 y el Infor-me Nº 838-2004-GAJ/RENIEC de fecha 5 de agosto del2004, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, como un organismo au-tónomo, constitucionalmente encargado de organizar ymantener el Registro Único de Identificación de la PersonasNaturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capa-cidad y estado civil. Corresponde exclusivamente al Regis-tro Nacional de Identificación y Estado Civil las funciones deplanear, organizar, dirigir, normar y racionalizar las inscrip-ciones registrales de su competencia, entre los que se en-cuentran los nacimientos, matrimonios, defunciones y de-más actos que modifican el estado civil de las personas; Que, la normativa registral se complementó con el Re- glamento de las Inscripciones del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 015-98-PCM, de fecha 23 de abril de 1998, normaque regula la inscripción de los hechos relativos al estadocivil de las personas, disponiendo a su vez que el SistemaRegistral está integrado, entre otros organismos, por lasOficinas Registrales encargadas del procesamiento regis-tral y demás funciones inherentes al Registro de EstadoCivil, que la Alta Dirección del Registro Nacional de Identi-ficación y Estado Civil estime conveniente; Que, asimismo por Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF de fecha 3 de abril de 1996, se delegaron diversas funcio-nes registrales contenidas en el artículo 44º de la Ley Nº26497, a las Oficinas de Registro de Estado Civil de laRepública ubicadas, entre otras instituciones, en las Muni-cipalidades Provinciales, Distritales, de Centros Poblados yAgencias Municipales autorizadas a inscribir; Que, atendiendo a que la deficiencia más aguda en el funcionamiento técnico - operativo de los Registros de Es-tado Civil, tenía su causa y su consecuencia directa en lainestabilidad institucional, en la que se encontraban lasOficinas de Registro de Estado Civil, esto es, la carenciade un órgano rector que estableciera mecanismos básicosde capacitación, orientación, verificación y control, bajo loscuales debiesen desarrollar sus actividades los Registra-dores de Estado Civil y al hecho concreto que el procesode integración a que se refería complementariamente laLey Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identifi-cación y Estado Civil, requería para su debida implementa-ción de la eliminación de la informalidad registral civil exis-tente en el país, se estableció un proceso de regulariza-ción de las Oficinas de Registro no autorizadas, ubicadasen las Municipalidades de los Centros Poblados y Agen-cias Municipales de la República, el mismo que a la fechaha permitido oficializar la inscripción de los hechos vitales yQue, la Secretaría Permanente a través de la Agencia Española de Cooperación Internacional, se hará cargo delalojamiento, alimentación y desplazamiento interno de unapersona por institución, durante la Reunión Constitutiva dela Red Iberoamericana de Cooperación Judicial Iber - RED;quedando en consecuencia a cargo del Consejo Nacionalde la Magistratura los gastos de pasajes para llegar alcitado evento y el impuesto de salida al exterior; Que resulta de interés institucional la participación en el referido evento por cuanto como resultado de la misma hade constituirse la Red Iberoamericana de Cooperación Ju-dicial Iber-RED, así como servirá para el intercambio deexperiencias sobre esta materia, por lo que el Pleno delConsejo Nacional de la Magistratura, ha autorizado la par-ticipación del Presidente en este evento; Que, teniendo en cuenta que el citado evento tendrá carác- ter de ejecución del proyecto Iber Red, y que en la reunión depreparación asistió el Dr. Ricardo La Hoz Lora, Consejero delConsejo Nacional de la Magistratura, resulta de interés su parti-cipación, la misma que, también, ha sido autorizada por elPleno del Consejo Nacional de la Magistratura, asumiendo elreferido Consejero los gastos que demande su participacióncon los fondos correspondientes a sus gastos operativos; Que, la Ley Nº 27619 de 21 de diciembre de 2001, y el D.S. Nº 047-2002-PCM, disponen que se autorizará losviajes al exterior de sus funcionarios y servidores medianteresolución de la más alta autoridad de la entidad, debién-dose sustentar en el interés institucional, publicarse en elDiario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje, y pre-sentar el comisionado dentro de los quince (15) días calen-dario siguientes de efectuado el viaje, la rendición de cuen-tas por el gasto realizado y un informe de las accionesrealizadas durante el viaje autorizado; Que, de acuerdo a la citada invitación los delegados deberán llegar a Cartagena de Indias el miércoles 27 deoctubre y retornar a sus lugares de origen 29 de octubredel 2004; Que, estando a lo aprobado por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en sesión plenaria ordinaria deldía 21 de octubre del presente año; de conformidad con lodispuesto en el artículo 37º de la Ley Nº 26397, Ley Orgá-nica del Consejo Nacional de la Magistratura, la LeyNº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Con las visaciones de los Gerentes de Administración y Finanzas, Planificación y Presupuesto, y Legal del Conse-jo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje al exterior en repre- sentación del Consejo Nacional de la Magistratura, del señorPresidente del Consejo Nacional de la Magistratura Dr. DanielCaballero Cisneros, durante los días del 27 al 29 de octubrede 2004, para participar en la Reunión Constitutiva de la RedIberoamericana de Cooperación Judicial Iber - RED que ten-drá lugar en la ciudad de Cartagena de Indias - Colombia. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento de la presente Resolución y que a continuación sedetallan, serán con Fuente de Financiamiento RecursosOrdinarios, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecu-tora 001 del Pliego 021 Consejo Nacional de la Magistratu-ra, Actividad 100247 Evaluación de Magistrados a NivelNacional; Meta 0003, como sigue: Dr. Daniel Caballero Cisneros - Presidente del CNM: - Pasajes: US$ 553.84 - Impuesto de Salida: US$ 28.00 Artículo Tercero.- Autorizar el viaje al exterior del señor Consejero Dr. Ricardo La Hoz Lora, durante los días del 27al 29 de octubre de 2004, para participar en la ReuniónConstitutiva de la Red Iberoamericana de CooperaciónJudicial Iber - RED que tendrá lugar en la ciudad de Carta-gena de Indias - Colombia, quien asumirá los gastos queocasione la respectiva comisión, con fondos correspon-dientes a sus Gastos Operativos. Artículo Cuarto.- El doctor Daniel Caballero Cisneros - Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, dentrode los quince (15) días calendario siguientes de efectuadoel viaje, presentará la rendición de gastos correspondientepor los fondos asignados; debiendo presentar los doctoresDaniel Caballero Cisneros y Ricardo La Hoz Lora, un infor-me detallado describiendo las acciones realizadas y losresultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Quinto.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración de impuestos o de derechos aduane-ros, de ninguna clase o denominación.