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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G30/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 26 de octubre de 2004 ción de las Fórmulas Polinómicas de Reajuste Automático de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, mediante Auto Subdirectoral de la Subdirección de Negociaciones Colectivas del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo de fecha 15 de setiembre del 2004,como resultado de la negociación directa del pliego dereclamos se dispuso el registro del Convenio Colectivo Nº131-2004 del 9 de setiembre del 2004, por acuerdo deNegociación Colectiva Acumulada de Construcción Civil enel Expediente Acumulado Nº 38494-2004-DRTPEL-DPSC-SDNC y que resuelve otorgar incrementos diarios, sobre eljornal básico de los trabajadores de Construcción Civil, quetendrá vigencia de un año a partir del 1 de junio del 2004; Que, en consecuencia al haberse producido la última variación de los jornales de construcción civil, es necesariofijar el Factor de Liquidación "F" correspondiente a los mesesde junio 2003 a mayo 2004; Que, la Comisión Técnica de los Índices Unificados del Instituto Nacional de Estadística e Informática está deacuerdo con el informe Nº 02-09-2004-INEI/DTIE, el cualcontienen los resultados de estos factores; Con la opinión favorable de la Subjefatura de Esta- dística, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos yla visación de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas mediante el Artí- culo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organiza-ción y Funciones del Instituto Nacional de Estadística eInformática. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los Factores de Liquidación "F" para el cálculo de Compensación por Tiempo de Serviciosde los trabajadores de construcción civil para las seis (6)Áreas Geográficas, correspondientes a los meses de juniodel 2003 a mayo del 2004, derivados de la variación de losjornales de la mano de obra producidas en el mes de juniodel 2004, en la forma siguiente: MES/AÑO FACTOR DE LIQUIDA CIÓN "F" A JUNIO 2004 Junio 2003 1,66 Julio 2003 1,66 Agosto 2003 1,66 Setiembre 2003 1,66 Octubre 2003 1,66 Noviembre 2003 1,66 Diciembre 2003 1,66 Enero 2004 1,66 Febrero 2004 1,66 Marzo 2004 1,66 Abril 2004 1,66 Mayo 2004 1,66 Artículo 2º.- Los Factores de Liquidación "F" precisa- dos en el artículo precedente, se aplicarán según la fórmu-la aprobada por Resolución Nº 033-90-VC-9200, donde"F" corresponde al mes efectivo de pago de la valorización. Artículo 3º.- Los Factores de Liquidación "F" de la pre- sente Resolución, se aplicarán exclusivamente a las valori-zaciones pagadas y no afectadas por un Factor de Liqui-dación "F" anterior. Regístrese y comuníquese. EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 19280 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G46/G61/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G71/G75/G69/G64/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G22/G56/G22 /G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G63/GE1/G6C/G63/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20 /G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G70/G65/G6E/G73/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G76/G61/G2D /G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G62/G61/G6A/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G69/G76/G69/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G6D/G65/G73/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6A/G75/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G33 /G61/G20/G6D/G61/G79/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G34 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 300-2004-INEI Lima, 21 de octubre del 2004CONSIDERANDO: Que, la Undécima Disposición Complementaria y Tran- sitoria del Decreto Ley Nº 25862, Transfiere al InstitutoNacional de Estadística e Informática (INEI) las funcionesde elaboración de los Índices Unificados de Precios para laaplicación de las Fórmulas Polinómicas de Reajuste Auto-mático de los elementos que determinen el costo de lasObras; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 022-94 INEI de fecha 18 de enero de 1994, el Instituto Nacional deEstadística e Informática (INEI), creó el Factor de Liquida-ción "V" y aprobó la fórmula de reintegro por concepto depago de la compensación vacacional; asimismo dispusoque el INEI publicará el Factor de Liquidación "V" cadavez que se produzca una variación en los jornales deconstrucción civil que afecte el monto de la compensa-ción vacacional; Que, mediante Auto Subdirectoral de la Subdirección de Negociaciones Colectivas del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo de fecha 15 de setiembre del 2004,como resultado de la negociación directa del pliego dereclamos se dispuso el registro del Convenio ColectivoNº 131-2004 del 9 de setiembre del 2004, por acuerdo deNegociación Colectiva Acumulada de Construcción Civilen el Expediente Acumulado Nº 38494-2004-DRTPEL-DPSC-SDNC y que resuelve otorgar incrementos diarios,sobre el jornal básico de los trabajadores de ConstrucciónCivil, que tendrá vigencia de un año a partir del 1º dejunio del 2004; Que, en consecuencia al haberse producido la última variación de los jornales de construcción civil, es necesariofijar el Factor de Liquidación "V" correspondiente a losmeses de junio 2003 a mayo 2004; Que, la Comisión Técnica de los Índices Unificados del Instituto Nacional de Estadística e Informática está deacuerdo con el informe Nº 02-09-2004-INEI/DTIE, el cualcontienen los resultados de estos factores; Con la opinión favorable de la Subjefatura de Esta- dística, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos yla visación de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Fun-ciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo 1º .- Aprobar los Factores de Liquidación "V" para el cálculo de la compensación vacacional de los tra-bajadores de construcción civil para las seis (6) Áreas Geo-gráficas, correspondientes a los meses de junio del 2003 amayo del 2004, derivados de la variación de los jornales dela mano de obra producidas en el mes de junio del 2004,en la forma siguiente: MES/AÑO FACTOR DE LIQUIDA CIÓN "V" A JUNIO 2004 Junio 2003 1,29 Julio 2003 1,29Agosto 2003 1,29 Setiembre 2003 1,29Octubre 2003 1,29 Noviembre 2003 1,29Diciembre 2003 1,29Enero 2004 1,29 Febrero 2004 1,29Marzo 2004 1,29 Abril 2004 1,29 Mayo 2004 1,29 Artículo 2º.- Los Factores de Liquidación "V" precisa- dos en el artículo precedente, se aplicarán según la fórmu-la aprobada por Resolución Jefatural Nº 022-94 INEI, don-de "V" corresponde al mes efectivo de pago de la valoriza-ción. Artículo 3º.- Los Factores de Liquidación "V" de la pre- sente Resolución, se aplicarán exclusivamente a las valori-zaciones pagadas y no afectadas por un Factor de Liqui-dación "V" anterior. Regístrese y comuníquese.EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 19281