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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (29/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 54

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G33/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 29 de octubre de 2004 eléctrica compacta de tipo pedestal para Servicio Públi- co de Electricidad Nº 8554, ubicada en la avenida Aurelio Miroquesada Nº 164, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contratode Servidumbre de Ocupación de fecha 13 de agosto de 2004, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y losplanos proporcionados por la empresa, conforme al si- guiente cuadro: Expe- Descripción de la Área de Propie- Tipo diente servidumbre servi- tario de te- dumbre rreno 31150003 Subestación de Distribución Eléctrica Suelo: Junta de Urbano Nº 8554 13,50 Propieta- Ubicación: distrito de San Isidro, m² y sus rios Edificio provincia y departamento de Lima aires. El Golf Coordenadas UTM: Vértice Norte Este A 8 661 885,18 278 285,88 B 8 661 889,59 278 286,76 C 8 661 889,01 278 289,70 D 8 661 884,60 278 288,83 Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre re- conocida en el artículo que antecede, las normas deseguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléc- tricas, su Reglamento y en las normas técnicas perti- nentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 18718 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 401-2004-MEM/DM Lima, 11 de octubre de 2004 VISTO: El Expediente Nº 31159504, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobresolicitud de imposición de la servidumbre de ocupación de bienes de propiedad particular, indispensable para la insta- lación de la subestación de distribución eléctrica aérea bi-poste para Servicio Público de Electricidad Nº 2886; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión defini- tiva para desarrollar la actividad de distribución de ener- gía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, hasolicitado la imposición de la servidumbre de ocupación de bienes de propiedad particular indispensable para la instalación de la subestación de distribución eléctricaaérea biposte para Servicio Público de Electricidad Nº 2886, ubicada en la Av. El Lucmo S/N, Fundo Colorado U.C. 1003, altura del Km. 61 de la Carretera Panameri-cana Sur, distrito de Pucusana, provincia y departamen- to de Lima, según las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha cons- tituido servidumbre convencional de ocupación sobreun área de 18,00 metros cuadrados, de propiedad de María Elisa Lostaunau Balarezo, María Cecilia Lostaun- au Balarezo, Pablo Antonio Lostaunau Balarezo y MaríaPatricia Lostaunau Balarezo, para la subestación de dis- tribución eléctrica aérea biposte para Servicio Público de Electricidad Nº 2886, conforme consta en el Contratode Servidumbre de Ocupación de fecha 17 de junio de 2004, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Su- premo Nº 009-93-EM, establece que los concesionariosque acrediten la existencia de servidumbre convencio- nal para el desarrollo de las actividades eléctricas, pue- den solicitar al Ministerio de Energía y Minas el recono- cimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servi-dumbre convencional las normas de seguridad estable- cidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Regla- mento y en las normas técnicas pertinentes; Que, del contenido de la solicitud de la concesionaria se desprende que se refiere a una solicitud de reconocimiento de servidumbre, razón por la cual, se ha procedido a en-causar de oficio su solicitud de imposición de servidumbre a una solicitud de reconocimiento de servidumbre, confor- me al numeral 1.3 del artículo IV del Título Preliminar de laLey Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo Gene- ral, y numeral 3 del artículo 75º de la misma Ley; Que, la petición se encuentra amparada en lo dis- puesto por el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 190-2004-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º. - RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación del bien de propiedad de María Elisa Lostaunau Balarezo, MaríaCecilia Lostaunau Balarezo, Pablo Antonio Lostaunau Balarezo y María Patricia Lostaunau Balarezo, para la instalación de la subestación de distribución eléctrica aé-rea biposte para Servicio Público de Electricidad Nº 2886, ubicada en la Av. El Lucmo S/N, Fundo Colorado U.C. 1003, altura del Km. 61 de la Carretera PanamericanaSur, distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupación de fecha 17 de junio de 2004, en los términosy condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expe- Descripción de la Área de Propie- Tipo diente servidumbre servi- tario de te- dumbre rreno 31159504 Subestación de Distribución Eléctrica Suelo: Ma ría Elisa Rústico Nº 2886 18,00 Lostaunau Ubicación: distrito de Pucusana, m² y sus Balarezo, provincia y departamento de Lima aires.María Cecilia Lostaunau Coordenadas UTM: Balarezo, Vértice Norte Este Pablo A 8 618 967,276 309 214,287 Antonio B 8 618 969,534 309 210,985 Lostaunau C 8 618 965,819 309 208,446 Balarezo y D 8 618 963,561 309 211,748 María Patricia Lostaunau Balarezo Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reco- nocida en el artículo que antecede, las normas de seguri- dad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 18721 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 402-2004-MEM/DM Lima, 11 de octubre de 2004 VISTO: El Expediente Nº 31163204, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento