Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2004 (30/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, sabado 30 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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muebles o trabajos normales de conservacion de edificios. 203.A.17 Los cables utilizados para acometidas aereas deben ser fijados a las edificaciones u otras estructuras mediante el empleo de templadores u accesorio similar que iguale o supere sus caracteristicas mecanicas. En los planos PL-03 y PL-04 del ANEXO se indican los detalles de fijacion y anclaje de la acometida aerea. 203.A.18 La distancia MORDAZA desde el punto de entrega hasta el punto de sujecion o ingreso a la canalizacion de la acometida no debera exceder los quince metros (15 m). 203.B Acometidas Subterraneas o Aereo-Subterraneas 203.B.1 En toda acometida Subterranea o Aereo-Subterranea debera utilizarse cable aislado, de acuerdo a las especificaciones indicadas en las Reglas 321 y 331. Excepcion: Se permite que MORDAZA un conductor puesto a tierra sin aislar, en las siguientes circunstancias: a. Un conductor de cobre desnudo en un conducto o canalizacion. b. Un conductor de cobre desnudo directamente enterrado, si se estima que el cobre es resistente a las influencias de dicho terreno de instalacion. 203.B.2 Para alimentar a una edificacion desde una red subterranea o una red aerea, los conductores de acometida subterranea, deberan ser: (a) Cables unipolares, concentricos para uso subterraneo, o conductores multiples directamente enterrados, que se instalaran, siempre que: i).- El cable no tenga empalmes o uniones desde el punto de entrega hasta la MORDAZA de toma, o MORDAZA de medicion; y; ii).- Se utilice tuberia PVC-P (pesada, rigida), metalica pesada o conducto de concreto o similar para proteger mecanicamente al cable cuando este o parte del mismo este expuesto a danos mecanicos, de acuerdo a la MORDAZA Grafica N1-03 del ANEXO. (b) Instalados en tuberia metalica pesada o no metalica, permitida solo para la porcion subterranea y del MORDAZA para instalaciones en lugares mojados. 203.B.3 La tuberia o canalizacion conectada a un sistema de alimentacion subterraneo debera ser sellada en uno o en ambos extremos, a fin de prevenir el ingreso de agua o de gases, cuando se requiera de acuerdo a la experiencia. 203.B.4 Los cables de acometida subterranea no deberan invadir el subsuelo de otro inmueble; debiendo guardar en cuanto a su trazo, como minimo, las distancias prescritas en el CNE Suministro, con respecto a otras redes subterraneas de agua, desague, telefono y gas. Vease Normas Graficas N1-02 y N2-02 del ANEXO. 203.B.5 La separacion entre un sistema de conductos y otras estructuras subterraneas puestas en paralelo, sera lo suficientemente amplia para que permita el mantenimiento del sistema sin ocasionar danos a las estructuras puestas en paralelo. 203.B.6 Toda acometida subterranea o aereo/subterranea debera ser instalada en el lado del predio que no este ocupado por la acometida de agua, desague, telefono, television por cable o sistema de gas. Su longitud sera no mayor de cuatro metros (4 m) y doce metros (12 m) respectivamente. 203.B.7 Toda instalacion de acometida subterranea quedara ubicada en el lado exterior del inmueble y a una profundidad no menor de 0,60 m. 203.B.8 Los cables se instalaran en zanjas de dimensiones no menores de 0,50 m de ancho por 0,60 m de profundidad; las mismas que deberan prolongarse hasta la MORDAZA de toma o MORDAZA de medicion en el interior del inmueble o hasta el limite de propiedad. Los cables iran colocados sobre una MORDAZA de MORDAZA fina o tierra cernida de 5 cm de espesor; sobre esta se colocara 0,30 m de tierra cernida despues de la cual se instalara una cinta de plastico para senalizacion con la indicacion de la exis-

tencia del cable, el nivel de tension correspondiente y el nombre de la concesionaria. 203.C Canalizaciones de la Acometida 203.C.1 Los conductores que entran a una edificacion deben protegerse mecanicamente en canalizacion (tuberias metalicas o no metalicas pesadas empotradas), hasta el punto de entrada de la MORDAZA de toma o de la MORDAZA de medicion. 203.C.2 La canalizacion de la acometida debe: (a) Contener solamente conductores de una acometida, salvo los conductores de puesta a tierra; (b) Estar protegida contra danos mecanicos; (c) Si es de seccion circular, el diametro interior debera ser de acuerdo a la seccion del conductor de la acometida; y, (d) Su conexion a la MORDAZA debe ser de tal manera que no permita ingreso del agua procedente de la lluvia. 203.C.3 Cuando sea probable que ocurra condensacion debido a cambios de temperatura, la canalizacion de la acometida o el equivalente a MORDAZA no debera permitir la acumulacion de liquido en su interior. 203.D Ubicacion de los Conductores de Acometida en Canalizacion 203.D.1 Las canalizaciones que contengan conductores de acometida deberan ser: (a) Empotrados y cubiertos por no menos de 50 mm de concreto o mamposteria (Vease planos PL-02 y PL03 del ANEXO); o, (b) Directamente enterrados de acuerdo con la Regla 203.B y ubicados a la distancia especificada en las Normas Graficas N2-02 y N2-03 del ANEXO; o, 203.D.2 En las acometidas subterraneas, las canalizaciones o tubos partiran del nivel de instalacion del empalme hasta el ingreso a la MORDAZA, siendo adecuadamente fijado a MORDAZA y con borde interno curvo para no danar el paso de la acometida. Vease MORDAZA Grafica N1-02 del ANEXO. 203.E Empalmes y Derivaciones 203.E.1 Se debera realizar las derivaciones, uniones o empalmes de la red de baja tension en la cima de postes, en las MORDAZA de derivacion para acometidas o directamente del vano, a la cual debe proveerse del aislamiento equivalente al del conductor del cual se ha derivado. 203.E.2 No deberan haber uniones o empalmes de conductores al interior de tuberias. 203.E.3 No se permite el entorche como empalme. 203.E.4 Los conductores de acometidas energizados, incluyendo los empalmes de conexion a la red de baja tension, deberan ser aislados. 203.E.5 Los accesorios y empalmes del cable estaran disenados para resistir esfuerzos mecanicos, termicos, ambientales y electricos esperados durante el periodo de operacion. 203.E.6 Los accesorios y empalmes del cable estaran disenados y construidos para mantener la integridad estructural de los cables a los cuales son aplicados, y para resistir la magnitud y duracion de la corriente de MORDAZA esperada durante el periodo de operacion, salvo en la MORDAZA de la falla. 203.F MORDAZA de Toma y MORDAZA de Medicion Las MORDAZA deberan ser adecuadamente instaladas y fijadas de manera que las personas y los animales domesticos no esten expuestos a riesgo de accidente. 203.F.1 Cantidad de MORDAZA Permitidas (a) Salvo las excepciones previstas en (b), cada conexion de baja tension debera tener su propia MORDAZA de toma y/o MORDAZA de medicion. (b) Se permitira instalar mas de una MORDAZA de medicion proveniente de una misma acometida solamente cuando la subdivision o subdivisiones se MORDAZA en un sistema de montaje de varios contadores de energia (banco

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