NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (11/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 16
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G36/G31/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 11 de setiembre de 2004 Que el numeral 3 del artículo 1º de la Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte Nº 28036 establece entre sus prin-cipios fundamentales la práctica del deporte y la recrea-ción como factores educativos coadyuvantes a la forma-ción y desarrollo integral de la persona, que le permita al-canzar su bienestar; Que la Asociación Deportiva de Fútbol Profesional Cien- ciano del Cusco, con más de un siglo de vida institucional,ha venido desempeñándose en competencias internacio-nales con alto espíritu deportivo, lo cual le ha permitidocampeonar en los torneos de fútbol "Copa Sudamericana2003" y "Recopa Sudamericana 2004"; Que en tal sentido, es necesario hacer un reconoci- miento especial a los dirigentes, cuerpo técnico, jugadoresy a quienes han contribuido directa e indirectamente condichos logros; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28036; SE RESUELVE: Artículo Único.- Felicitar y congratular, a nombre de la Nación a la Asociación Deportiva de Fútbol Profesio- nal Cienciano del Cusco por el mérito de haber obtenido los títulos de Campeón de la Copa Sudamericana 2003y la Recopa Sudamericana 2004, y de manera especiala su Junta Directiva, Cuerpo Técnico y Plantel de Jugado-res. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 16525 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G41/G73/G65/G73/G6F/G72/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G69/G63/G65/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65 /G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0460-2004-ED Lima, 9 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor del Vi- ceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Edu-cación, cargo considerado de confianza; Que, el Artículo 7º, Disposición Transitoria de la Ley Nº 27594, establece que mediante Resolución Ministe-rial o del Titular de la Entidad que corresponda, se acep- ta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo deconfianza no contemplados en el Artículo 1º de la men-cionada Ley; De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Su- premos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED ; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a partir de la fecha de la pre- sente Resolución, a doña María Justina UGARTE SILVA, como Asesora del Viceministerio de Gestión Institucionaldel Ministerio de Educación, cargo considerado de con-fianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 16456ENERGÍA Y MINAS /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G61/G20/G65/G6D/G2D /G70/G72/G65/G73/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G73/G75/G70/G72/G6F/G70/G69/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G20/G65/G6E/G20/G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G20/G74/GE9/G72/G6D/G69/G63/G61/G20/G75/G62/G69/G2D/G63/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 281-2004-MEM/DM Lima, 13 de julio de 2004 VISTA: La solicitud de modificación de la autorización para realizar la actividad de generación de energía eléctri-ca, presentada por Compañía Minera Sipán S.A.C., perso-na jurídica inscrita en la partida electrónica N° 11383479del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registralde Lima; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 554-97-EM/ VME publicada el 28 de diciembre de 1997, se otorgó afavor de Compañía Minera Sipán S.A.C., autorización paradesarrollar la actividad de generación de energía eléctricaen la Central Térmica Sipán, con una potencia instalada de2,02 MW para su propio consumo, ubicada en el distrito deLlapa, provincia de San Miguel, departamento de Cajamar-ca, cuyas coordenadas UTM figuran en el Expediente N°33079697; Que, mediante documento presentado el 12 de mayo de 2003 ingresado bajo el Registro N° 1410983, CompañíaMinera Sipán S.A.C. solicitó la renuncia a la autorizaciónmencionada en el considerando precedente, y mediantedocumento presentado el 13 de mayo del mismo año in-gresado bajo el Registro N° 1411182, la recurrente solicitóla autorización para desarrollar la misma actividad de ge-neración de energía eléctrica en la mencionada CentralTérmica Sipán, con la misma ubicación, reduciendo la po-tencia instalada de 2,02 MW a 1,09 MW para la misma fi-nalidad; Que, mediante Oficio N° 096-2004/MEM-DGE notifica- do el 7 de febrero de 2004, la Dirección General de Electri-cidad comunicó a Compañía Minera SIPAN S.A.C. que sien-do la intención de la Compañía reducir la potencia instala-da de la citada Central Térmica, el procedimiento que co-rresponde seguir es el de una modificación de autoriza-ción, según lo establecido en el ítem AE02 del Texto Únicode Procedimientos Administrativos del Ministerio de Ener-gía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2002-EM, razón por la cual, en aplicación del numeral 1.3 delartículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444, Ley delProcedimiento Administrativo General y el numeral 3 delArtículo 75° de la misma Ley, se procedió a encausar deoficio el procedimiento de modificación de autorización; Que, la solicitud cumple con los requisitos establecidos en el ítem AE02 del Anexo N° 01 del Texto Único de Proce-dimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Mi-nas, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2002-EM, ycuenta con la opinión a que se refiere el informe N° 021-2004-DGE-CEL, siendo procedente aprobar la modifica-ción solicitada; Estando a lo dispuesto en el artículo 67° del Reglamen- to de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por De-creto Supremo N° 009-93-EM; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la modificación de la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléc-trica en la Central Térmica Sipán de la que es titular Com-pañía Minera SIPAN S.A.C., reduciendo la potencia insta-lada de 2,02 MW a 1,09 MW. Articulo 2°.- Quedan subsistentes todos los derechos y obligaciones a que se encuentra sujeta la titular, en parti-