NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (24/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 9
PÆg. 276975 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de setiembre de 2004 Rectifican descripción y modelo de bie- nes consignados en ítems 3 y 4 delanexo de la R.M. N” 0443-2004-AG RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0835-2004-AG Lima, 23 de setiembre de 2004VISTO:El Oficio Nº 737-2004-AG-CL-UOPE/P, de fecha 17 de agosto de 2004, emitido por el Presidente de la ComisiónNacional de Liquidación y Transferencia de la UOPE; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0443-2004-AG, de fecha 16 de junio de 2004, se aprobó la exclusión de lalista de precios de la Maquinaria Agrícola y Agroindustrialdel Ministerio de Agricultura detallada en el anexo que seadjuntó a dicha Resolución, en la modalidad de venta di-recta al contado o al crédito; Que, mediante el documento del visto, la Comisión Na- cional de Liquidación y Transferencia de la UOPE, solicitala rectificación de los errores materiales incurridos en elanexo de la Resolución mencionada en el considerandoprecedente, que no alteran en su contenido ni el sentido de la decisión emitida por la autoridad administrativa; Que, en tal sentido, resulta procedente modificar los referidos errores, conforme a lo previsto en el artículo 201ºde la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral, dispositivo que permite enmendar errores mate-riales o aritméticos en los actos administrativos siempreque no alteren lo sustancial de su conocimiento o la deci-sión administrativa adoptada; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7º de la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, aprobada me-diante Decreto Ley Nº 25902, y el artículo 8º del Reglamentode Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura,aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Rectificar, la descripción y modelo de los bienes consignados en los ítems 3 y 4 del anexo de la Resolución Minis-terial Nº 0443-2004-AG, conforme se detalla en el anexo adjunto,el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia de Bienes Nacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura ANEXO Ubicación Destino Cod. Venta Cód. Pat. Descripción Marca Modelo Serie Motor Valor US$ Lima Cusco 00001169 042274750790 Rastra de Discos Tandem Star KTH2424 3006190 - 4,116.00 Lima Cusco 00001152 042274750773 Rastra de Discos Tandem Star KTH2424 3006020 - 4,116.00 17228 Relación de Productos Biológicos For- mulados registrados en el mes de juniode 2004 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 437-2004-AG-SENASA-DGSV Lima, 9 de setiembre de 2004CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 17º del Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, se creó el Ser-vicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA con la finali-dad de desarrollar y promover la participación de la activi-dad privada para la ejecución de los planes y programasde prevención, control y erradicación de plagas y enferme-dades que inciden con mayor significación socioeconómi-ca en la actividad agraria; siendo, a su vez, el ente respon-sable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme con el artículo 17º del Reglamento de Organi- zación y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria -SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 24-95-AG, la Di-rección General de Sanidad Vegetal tiene, entre otras funciones,la de establecer mecanismos de control, registro y fiscalizaciónde los insumos de uso agrícola tales como semillas y agroquími-cos, así como conducir el registro de las empresas productorasy/o comercializadoras de estos insumos; Que, por Decreto Supremo Nº 016-2000-AG, se aprue- ba el Reglamento para el Registro y Control de Plaguici-das Químicos de Uso Agrícola, disponiéndose la aperturadel registro correspondiente y la publicación mensual delos registros efectuados; Que, la Tercera Disposición Transitoria del Reglamento aco- tado dispone que, en tanto no se disponga de la reglamenta-ción especifica para el Registro y Control de Productos Bioló-gicos y Microbiológicos se aplicarán las disposiciones referen-tes al registro de éstos contenidas en el Decreto Supremo Nº15-95-AG, con los requisitos que le sean aplicables; Que, por Memorándum Nº 1973-2004-AG-SENASA- DGSV-DIA, de fecha 3 de setiembre de 2004, la Dirección deInsumos Agrícolas, ha remitido el listado de Productos Bioló-gicos Formulados registrados en el mes de junio de 2004;Estando a la delegación de facultades conferidas a la Dirección General de Sanidad Vegetal, mediante Resolu-ción Jefatural Nº 167-96-AG-SENASA, de conformidad conlo dispuesto por el Artículo 53º del Reglamento para elRegistro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrí-cola, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2000-AG ymodificatorias, el Decreto Supremo Nº 24-95-AG; y con lavisación del Director General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Único.- Disponer la publicación en el Diario Ofi- cial El Peruano de los Productos Biológicos Formulados, re-gistrados en el mes de junio de 2004 por la Dirección Generalde Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agrariadel Ministerio de Agricultura, cuya relación es la siguiente: NOMBRE INGREDIENTE N º CLASE P AÍS DE TITULAR DEL COMERCIAL ACTIVO Reg. PBUA ORIGEN REGISTRO BROCARIL Beauveria 034-SENASA INSECTI- COLOMBIA SERFI S.A. bassiana CIDA DK-CILLUS Bacillus 035-SENASA INSECTI- CHINA DR OKASA thuringiensis var. CIDA PERU S.A. Kurstaki TRICHO-D Tr ichoderma 036-SENASA FUNGI- COLOMBIA SERFI S.A. harzianum CIDA Regístrese, comuníquese y publíquese. ALICIA DE LA ROSA BRACHOWICZ Directora General 17192 Relación de Productos Biológicos For- mulados y Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola registrados en el mes de juliode 2004 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 438-2004-AG-SENASA-DGSV Lima, 9 de setiembre de 2004