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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (24/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

PÆg. 276984 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de setiembre de 2004 ción, y al haberse cumplido con los requisitos procedimen- tales exigidos, se determina que la solicitud presentada,deviene en procedente; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extraccióny Procesamiento Pesquero mediante informe Nº 196-2004-PRODUCE/DNEPP-DCHI, y con la conformidad legal dela Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 012-2001-PE y el procedimiento Nº 19 A) del TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministerio dela Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas en el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- RECTIFICAR el artículo 1º de la Resolu- ción Directoral Nº 046-2000-CTAR-PIURA/DIREPE-DR defecha 30 de octubre del 2000, en el extremo referido a lamatrícula de la embarcación pesquera MI ELVIS 2, enten-diéndose que la misma lleva el Nº PL-19895-CM y no PT-19895-CM como erróneamente fue señalado por parte dela administración. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia ya las Direcciones Regionales Sectoriales del litoral. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VERTIZ CALDERON Director Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero (e) 17172 Modifican y dejan sin efecto resolucio- nes mediante las cuales se otorgó permi- so de pesca a personas naturales para operar embarcaciones pesqueras en laextracción de anchoveta, sardina, jurely caballa RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 196-2004-PRODUCE/DNEPP Lima, 8 de julio del 2004 Vistos los escritos de registro Nº CE-0292600, de fe- chas 23 y 27 de febrero, y del 30 de abril del 2004, presenta-dos por los señores Lorenzo Nunton Castro, Víctor NuntonCastro y Casimiro Nunton Castro. CONSIDERANDO: Que por Resoluciones Directorales Nº 133-98-CTAR- LAM/DRPE y Nº 019-2000-CTAR-LAM/DRPE, de fechas 9de diciembre de 1998 y 4 de julio del 2000, respectivamen-te, se otorgó a favor de los señores Lorenzo Nunton Cas-tro, Víctor Nunton Castro y Casimiro Nunton Castro el per-miso de pesca para operar la embarcación pesquera "VIR-GEN DE CHAPI 2", de matrícula Nº PL-17923-CM y 70.91m3 de capacidad de bodega; Que por Resolución Directoral Nº 315-2003-PRODU- CE/DNEPP se otorgó a favor de los señores Lorenzo Nun-ton Castro, Víctor Nunton Castro y Casimiro Nunton Cas-tro, la autorización de incremento de flota vía sustituciónde la totalidad de la capacidad de bodega de la embarca-ción pesquera "Maria Scania", de matrícula Nº SY-10546-CM y 38.83 m3 de capacidad de bodega, para la amplia-ción de la capacidad de bodega de la embarcación pes-quera "VIRGEN DE CHAPI 2", con matrícula Nº PL-17923-CM, de 70.91 m3 a 109.74 m3; Que mediante los escritos del visto, de los señores Lo- renzo Nunton Castro, Víctor Nunton Castro y CasimiroNunton Castro, solicitan se modifiquen las ResolucionesDirectorales Nº 133-98-CTAR-LAM/DRPE y Nº 019-2000-CTAR-LAM/DRPE, de fechas 9 de diciembre de 1998 y 4de julio del 2000, respectivamente, a través de las cualesse otorgo permiso de pesca para operar la embarcaciónpesquera "VIRGEN DE CHAPI 2", de matrícula Nº PL-17923-CM, en el extremo referido a la capacidad de bode- ga, para pasar de 70.91 m3 a 109.74 m3, encontrándoseautorizado para ello, en virtud a lo dispuesto por la Resolu-ción Directoral Nº 315-2003-PRODUCE/DNEPP; Que la solicitud de modificación de las Resoluciones Directorales Nº 133-98-CTAR-LAM/DRPE y Nº 019-2000-CTAR-LAM/DRPE, de fechas 9 de diciembre de 1998 y 4de julio del 2000, respectivamente, en el extremo referido ala ampliación de la capacidad de bodega de la embarca-ción pesquera "VIRGEN DE CHAPI 2", de matrícula NºPL-17923-CM, a 109.74 m3, según Certificado Nacionalde Arqueo Nº DI-0809-03-07, de fecha 30 de diciembre del2003, determinada por la Dirección General de Capitaníasy Guardacostas del Ministerio de Defensa, resultó proce-dente debido a que se encuentra dentro de lo dispuestopor la Resolución Directoral Nº 315-2003-PRODUCE/DNE-PP, así como también por haber cumplido con presentarlos requisitos exigidos en el procedimiento Nº 1 del TextoÚnico de procedimientos Administrativos del Ministerio dela Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; Estando a lo informado por la Dirección de Administra- ción Pesquera de la Dirección Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero, a través del Informe No 101-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi y su Complementario, defechas 7 de marzo y 30 de abril del 2004, y con la visaciónde la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por DecretoSupremo Nº 012-2001-PE, la Ley Nº 26920 y normas re-glamentarias, la Ley Nº 27444 - Ley del ProcedimientoAdministrativo General y el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio de la Producción, aprobadopor Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar las Resoluciones Directorales Nº 133-98-CTAR-LAM/DRPE y Nº 019-2000-CTAR-LAM/DRPE de fechas 9 de diciembre de 1998 y 4 de julio del2000, respectivamente, a través de las cuales se otorgó alos señores Lorenzo Nunton Castro, Víctor Nunton Castroy Casimiro Nunton Castro, permiso de pesca parar operarla embarcación pesquera "VIRGEN DE CHAPI 2", de ma-trícula Nº PL-17923-CM en la extracción de los recursoshidrobiológicos anchoveta, sardina, jurel y caballa, utilizan-do redes cerco con tamaño mínimo de malla de ½ pulgada(13 mm.) y de 1 ½ (38 mm.) para destinarlos al consumohumano directo e indirecto según corresponda, de acuer-do al ordenamiento pesquero respectivo, sólo en el extre-mo de la capacidad de bodega de la mencionada embar-cación pesquera siendo su actual capacidad de bodega de109.74 m3, de acuerdo a lo autorizado mediante la Reso-lución Directoral Nº 315-2003-PRODUCE/DNEPP, por lasrazones expuestas en la parte considerativa de la presen-te Resolución. Artículo 2º.- Dejar si efecto la Resolución Directoral Nº 130-2003-PRODUCE/DNEPP del 22 de mayo del2003, a través de la cual se otorgó permiso de pesca alos señores Lorenzo Nunton Castro, Víctor Nunton Cas-tro y Casimiro Nunton Castro, parar operar la embarca-ción pesquera "Maria Scania", de matrícula Nº SY-10546-CM y 38.83 m3 de capacidad de bodega con acceso parala extracción de los recursos anchoveta, sardina, jurel ycaballa. Artículo 3º.- Excluir a la embarcación pesquera "Maria Scania", de matricula Nº SY-10546-CM del listado de em-barcaciones pesqueras que obtuvieron su permiso al am-paro de la Ley Nº 26920 y normas reglamentarias, actuali-zada por la Resolución Ministerial Nº 285-2003-PRODU-CE, debiendo sus armadores proceder de acuerdo a lo dis-puesto en el artículo 7º del Decreto Supremo Nº004-2002-PRODUCE. Artículo 4º.- Incorporar la presente Resolución y la nueva capacidad de bodega de 109.74 m3 de la embarca-ción pesquera "VIRGEN DE CHAPI 2", de matrícula NºPL-17923-CM, en el literal B) del Anexo I de la ResoluciónMinisterial Nº 285-2003-PRODUCE, en lugar de la Reso-lución Ministerial Nº 019-2000-CTAR-LAMB/DRPE y de lacapacidad de bodega de 70.91 m3, respectivamente. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vi-gilancia del Ministerio de la Producción, a la DirecciónGeneral de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de