NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (25/09/2004)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 4
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G37/G30/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 25 de setiembre de 2004 “Envío a Comisiones y estudio Artículo 77º.- Luego de verificar que la proposición de ley o resolución legislativa cumple con los requi- sitos reglamentarios formales, la oficina especializa-da de la Oficialía Mayor la recibe, la registra y dispo- ne su publicación en el Portal del Congreso, infor- mando a la Vicepresidencia encargada de procesary tramitar las iniciativas a las Comisiones. En caso de incumplimiento de los requisitos antes señalados la iniciativa no puede ser recibida y es devuelta paraque se subsanen las omisiones. La Junta de Porta- voces, con el voto de los tres quintos de los miem- bros del Congreso allí representados, puede exone-rar de algún requisito en forma excepcional, en caso de proposiciones remitidas por el Poder Ejecutivo o que se consideren urgentes.De no existir observaciones, el Oficial Mayor envía la proposición recibida y registrada a una o dos Comi- siones, como máximo, para su estudio y dictamen,previa consulta con el Vicepresidente encargado. En la remisión de las proposiciones a Comisiones se apli- ca el criterio de especialización. En el decreto de en-vío se cuida de insertar la fecha, el número de la pro- posición y el nombre de la Comisión a la que se en- vía. En el caso de envío a más de una Comisión, elorden en que aparezcan en el decreto determina la importancia asignada a la Comisión en el conocimien- to del asunto materia de la proposición.La solicitud para que una Comisión adicional asuma la competencia sobre un proyecto de ley se resuelve por el Consejo Directivo, el que puede acceder a lapetición en forma excepcional, además de acordar ampliar el plazo para dictaminar desde la fecha en que la segunda Comisión conoce el proyecto y porno más de treinta días útiles. Las Comisiones tienen un máximo de treinta días úti- les para expedir el dictamen respectivo, salvo el casoprevisto en el párrafo precedente. La Comisión com- petente califica la admisibilidad de los proyectos de ley, verificando que la proposición cumpla con lo es-tablecido en los artículos 75º y 76º del Reglamento del Congreso, así como su compatibilidad constitu- cional, estando facultada para rechazarla de plano yarchivarla. El acuerdo de archivamiento o inadmisi- bilidad es informado a la Oficialía Mayor. Si son va- rias las Comisiones, pueden presentar dictamen con-junto. Cuando se trata de un dictamen de reenvío de la pro- posición legislativa por efecto de la aprobación de unacuestión previa o reconsideración, por observación formulada por el Presidente de la República, el plazo para dictaminar no puede exceder de treinta días úti-les. El Consejo Directivo dispone que se incluyan los dic- támenes en la agenda, a propuesta del Presidente,debiendo ser distribuidos a los Congresistas por co- rreo electrónico con anticipación de veinticuatro ho- ras antes de que se considere el proyecto, sin perjui-cio de su publicación en el Portal del Congreso. Solo en los casos en que se justifique la distribución se hace en forma física y, en los casos de suma urgen-cia, a criterio del Presidente se puede disponer la entrega física domiciliaria.” Artículo 4º.- Modificación de los incisos a) y d) del artículo 23º del Reglamento del Congreso Modifícanse los incisos a) y d) del artículo 23º del Reglamento del Congreso, los cuales quedan redacta- dos en los siguientes términos: “Deberes Funcionales Artículo 23º.- Los Congresistas tienen el deber: a) De participar en las sesiones del Pleno, de la Co- misión Permanente cuando sean miembros de ella, de las Comisiones a las que pertenezcan yde la Mesa Directiva, del Consejo Directivo y de la Junta de Portavoces, cuando sean elegidos o designados para integrar estos organismos.Las inasistencias injustificadas a las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente se publican en el Portal del Congreso y dan lugar al descuen-to correspondiente, el mismo que se calcula en función a la ausencia por día en las votaciones que se realicen y registren en las sesiones. Di-cho descuento se aplica de acuerdo a las siguien- tes reglas:i) Al final de cada día se computa el registro de asistencia previo a las votaciones realizadas en las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente, a los efectos de calcular el por-centaje de inasistencia a votaciones de cada Congresista. ii) Si el porcentaje de inasistencia injustificada al número total de votaciones llevadas a cabo en un día es superior: ii.1) Al 20% y hasta el 30%, se descontará un 30% de la remuneración diaria del Congresista; ii.2) Al 30% y hasta el 40%, se descontará un 40% de la remuneración diaria del Congresista; ii.3) Al 40% y hasta el 50%, se descontará un 50% de la remuneración diaria del Congresista; ii.4) Al 50% o más, se descontará un día de remuneración del Congresista. Las inasistencias injustificadas a las sesiones de los demás órganos del Congreso señalados en este inciso, a los que pertenecen los Congre-sistas dan lugar al descuento de la remunera- ción diaria. Si la inasistencia injustificada en el mismo día es parcial, asistiendo el Congresistaa alguno o algunos de los órganos del Congreso a los que pertenece, el descuento es proporcio- nal.En los casos de los órganos del Congreso inte- grados por titulares y suplentes, la responsabili- dad sobre la inasistencia o el retiro recae en eltitular si no avisa con anticipación y por escrito que será reemplazado por un suplente determi- nado. Si el suplente señalado no concurre, asu-me la responsabilidad y las consecuencias de su inasistencia. En caso de duda o controversia sobre la aplica-ción de las disposiciones contenidas en este in- ciso, resuelve la Mesa Directiva. d) De presentar declaración jurada de bienes y ren- tas al tomar posesión y al término de su mandato, así como en forma anual en la oportunidad y den- tro del plazo que establece la ley.La falta de presentación de la declaración jurada en la oportunidad y dentro del plazo que estable- ce la ley determina la retención de la entrega dela cuenta de gastos operativos hasta que se cum- pla con la obligación. La subsanación de la omisión no genera ningunacompensación adicional. (...).” DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- Tramitación de proposiciones legislativas aún no decretadas a las Comisiones Las proposiciones legislativas presentadas hasta an- tes de la vigencia de las modificaciones aprobadas me- diante la presente Resolución Legislativa, correspondien- tes al período anual de sesiones 2004-2005 y que nohayan sido decretadas a las Comisiones Ordinarias, se sujetan al procedimiento establecido por esta modifica- toria del Reglamento del Congreso. Comuníquese, publíquese y archívese. Dada en Lima, en el Palacio del Congreso de la Repú- blica, a los veinticuatro días del mes de setiembre de dos mil cuatro. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República JUDITH DE LA MATA FERNÁNDEZ Segunda Vicepresidenta delCongreso de la República 17332