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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (25/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G37/G30/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 25 de setiembre de 2004 PRODUCE/DINSECOVI una multa ascendente a 0.36 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), por infringir lo dispuesto en el numeral 39º del art. 134º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE (incorporado a través del del art. 2º del D.S. Nº 013-2003), concordante con lo establecido en el artículo 11º de la Resolución Ministerial Nº 135-2004-PRODUCE, y el art. 2º de la Resolución Ministerial Nº 127-2003-PRODUCE Sancionar a la Empresa PESQUERA EXALMAR S.A., con una multa ascendentea 0.81 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), por extraer el recurso anchoveta en R.D. Nº 165-2004 - 24-May-04 tallas menores a las permitidas infringiendo lo dispuesto en el inciso 3 del artículo PRODUCE/DINSECOVI 76º de la Ley General de Pesca. Disponer como medida cautelar la SUSPENSIÓN del permiso de pesca de PESQUERA R.D. Nº 166 -2004 - 24-May-04 ALEJANDRIA S.A.C., otorgado mediante Resolución Directoral Nº 089-200 4-PRODUCE/ PRODUCE/DINSECOVI DNEPP, de la embarcación pesquera R.B., de matrícula Nº CO-4328-PM, durante diez (10) días efectivos de pesca por haber desembarcado recursos hidrobiológicos superando el 15% de la capacidad de bodega autorizada en su permiso de de pesca Disponer la ACUMULACIÓN y el ARCHIVO DEFINITIVO de los 36 Reportes de Ocurren- R.D. Nº 167 -2004 - 24-May-04 cias que forman parte de los expedientes de Nº 3122 y 3228-2004-PRODUCE/DINSE- PRODUCE/DINSECOVI COVI-Dsvs, conforme a la opinión contenida en el Informe Legal Nº 278-2004-PRODU- CE/DINSECOVI-Dsvs, de fecha 20 de mayo del 2004, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Sancionar a CARRUITERO SALDAÑA OMAR MANOLO, en su calidad de armador de la R.D. Nº 168 -2004 - 24-May-04 embarcación Pesquera “PONTEVEDRA” de matrícula Nº PL-20741-CM, con una multa PRODUCE/DINSECOVI ascendente a 0.49 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), por infringir lo dispuesto en el numeral 39 del art. 134º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE (incorporado a través del del art. 2º del D.S. Nº 013-2003), concordante con lo establecido en el artículo 9º de la Resolución Ministerial Nº 457-2003-PRODUCE y el art. 2º de la Resolución Ministerial Nº 127-2003-PRODUCE Sancionar a NICOLAS CUMPA RODOLFO, en su calidad de armador de la embarcación R.D. Nº 169 -2004 - 24-May-04 Pesquera “AVENTURAS DEL MAR” de matrícula Nº CO-1 9094-CM con una multa ascen- PRODUCE/DINSECOVI dente a 0.065 Unidades Impositivas Tributarias(UIT), por haber infringido lo dispuesto en el numeral 39º del art. 134º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE (incorporado a través del del art. 2º del D.S. Nº 013-2003), concordante con lo establecido en el artículo 11º de la Resolución Ministerial Nº 135-2004-PRODUCE y el art. 2º de la Resolución Ministerial Nº 127-2003-PRODUCE Sancionar a PABLO LOPEZ COLLANTES, en su calidad de armador de la embarcación R.D. Nº 170 -2004 - 24-May-04 Pesquera “JOSE ROSARIO” de matrícula Nº PL-13070-CM, con una multa ascendente PRODUCE/DINSECOVI a 0.042 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), por haber infringido lo dispuesto en el numeral 39º del art. 134º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE ( incorporado a través del del art. 2º del D.S. Nº 013-2003), concordante con lo establecido en el artículo 11º de la Resolución Ministerial Nº 135-2004-PRODUCE y el art. 2º de la Resolución Ministerial Nº 127-2003-PRODUCE Sancionar a JUAN ALVAREZ ECHE, en su calidad de armador de la embarcación R.D. Nº 171 -2004 - 24-May-04 P esquera “MI JUANITA” de matrícula Nº TA-21061-CM, con una multa ascendente a PRODUCE/DINSECOVI 0.75 Unidades Impositivas Tributarias(UIT), por haber infringido lo dispuesto en el numeral 39º del art. 134º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE (incorporado a través del del art. 2º del D.S. Nº 013-2003), concordante con lo establecido en el artículo 9º de la Resolución Ministerial Nº 457-2003-PRODUCE y el art. 2º de la Resolución Ministe- rial Nº 127-2003-PRODUCE Sancionar a SANCHEZ AZABACHE CASIMIRO e ISIQUE URCIA MARIA CRUZ, armado- R.D. Nº 172 -2004 - 24-May-04 res de la embarcación Pesquera “CRISTO VIENE 2” de matrícula PL-20299-BM, con PRODUCE/DINSECOVI una multa ascendente a 0.29 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), por infringir lo dispuesto en el numeral 39 del art.134º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE (incorporado a través del art. 2º del D.S. Nº 013-2003), concordante con lo establecido en el artículo 9º de la Resolución Ministerial Nº 457-2003-PRODUCE y el art. 2º de la Resolución Ministerial Nº 127-2003-PRODUCE Sancionar a MARCOS HUAMANCHUMO PALMA Y DOROTEA RAMON DE HUAMANCHU- R.D. Nº 173 -2004 - 24-May-04 MO, arm adores de la embarcación Pesquera “MARCOS DAVID”, de matrícula PL- PRODUCE/DINSECOVI 1005-BM, con una multa ascendente a 0.23 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), por infringir lo dispuesto en el numeral 39 del art.134º del D.S. Nº 012-2001-PE (incorporado a través del art. 2º del D.S. Nº 013-2003) concordante con lo establecido en el artículo 9º de la Resolución Ministerial Nº 457-2003-PRODUCE y el art. 2º de la Resolución Ministerial Nº 127-2003-PRODUCE. Sancionar a los Señores LORENZO, VICTOR y CASIMIRO NUNTON CASTRO, armado- R.D. Nº 174 -2004 - 24-May-04 res de la embarcación pesquera “MARIA PIA”, con matrícula PL-20745-PM con multa PRODUCE/DINSECOVI ascendente a 0.07 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), por haber realizado faenas de pesca sin llevar a bordo inspector acreditado, y conforme a la sanción prevista en el código Nº 19 del artículo 41º del Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento Sancionador de las Infracciones en las actividades pesqueras y acuícolas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2002-PE. Sancionar a los señores GREGORIO,GABRIEL y CLAUDIO ECHE SANCHEZ, armado- R.D. Nº 175 -2004 - 24-May-04 res de la embarcación pesquera “SANTO TORIBIO III”, con matrícula PL-6151-CM con PRODUCE/DINSECOVI multa ascendente a 0.214 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), por haber realiza- do faenas de pesca sin llevar a bordo inspector acreditado, y conforme a la sanción prevista en el código Nº 19 del artículo 41º del Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento Sancionador de las Infracciones en las Actividades Pesqueras y Acuíco- las, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2002-PE. Sancionar a los Señores PANTA PANTA CRISTOBAL, SANTOS EVARISTO y JOSE SANTOS, R.D. Nº 176 -2004 - 24-May-04 (INVERSIONES ARCA DE NOE), armadores de la embarcación pesquera “ARCA DE NOE PRODUCE/DINSECOVI IV”, DE MATRICULA Nº PT-20064-CM,con multa ascendente a 0.60 Unidades I mposi- tivas Tributarias (UIT), por haber realizado faenas de pesca sin llevar a bordo inspector acreditado, y conforme a la sanción prevista en el código Nº 19 del artículo 41º del Re- glamento de Inspecciones y del Procedimiento Sancionador de las Infracciones en las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2002-PE.NÚMERO DE RESOLUCIÓN FECHA SÍN TESIS RESOLUTIVA