NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (30/09/2004)
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PÆg. 277322 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de setiembre de 2004 los Pliegos de los Gobiernos Regionales de los Progra- mas de Educación Inicial, Primaria y Secundaria, hastapor un monto de Treinta y Dos Millones y 00/100 nuevossoles (S/. 32 000 000,00), a las Unidades de Gestión Edu-cativa Local del país, en una proporción de dos tercios parael interior del país y un tercio para Lima Metropolitana. Las referidas Transferencias para el caso de los Go- biernos Regionales serán efectuadas por TransferenciasFinancieras, su utilización deberá efectuarse para finan-ciar los bienes y servicios asociados al mantenimiento yreparación de infraestructura educativa. SEGUNDA.- Déjase en suspenso el primer párrafo de la Novena Disposición Final de la Ley Nº 28128 modificadapor las Leyes Núms. 28197 y 28254. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintitrés días del mes de setiembre de dos mil cuatro. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República JUDITH DE LA MATA FERNÁNDEZ Segunda Vicepresidenta delCongreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- nueve días del mes de setiembre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 17657 PODER EJECUTIVO P C M Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra ex servidor de la Direc-ción Regional de Defensa Civil - Ucaya-li, por presunta comisión de ilícitos penales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 290-2004-PCM Lima, 27 de setiembre de 2004 Vistos, el Oficio Nº 579-2004-PCM/PRO.-500 del Procu- rador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presi-dencia del Consejo de Ministros y el Oficio Nº 5408-2004-INDEC/5.0 del Subjefe (e) del Instituto Nacional de Defen-sa Civil - INDECI; CONSIDERANDO: Que, el artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 735, esta- blece que el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI per-tenece al Sector de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el Informe Nº 137-2004-INDECI/5.0 de la Jefa (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de DefensaCivil - INDECI, indica que existen indicios de supuesta negligen-cia por parte del señor Ney Vásquez Soto, ex almacenero delAlmacén Central de la Dirección Regional de Defensa Civil - Uca-yali, al detectarse faltantes en el material logístico puesto a sucargo, por lo que resulta pasible de ser denunciado penalmente; Que, en tal sentido y de acuerdo al citado Informe, que cons- tituye parte integrante de la motivación de la presente Resolu-ción y los Oficios de vistos, resulta pertinente en resguardo delinterés público autorizar al Procurador Público a cargo de losasuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministrospara que interponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial delEstado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado porla Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley del ProcedimientoAdministrativo General y el Reglamento de Organización yFunciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, apro-bado mediante Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo deMinistros, para que inicie e impulse las acciones judicialescorrespondientes contra el señor Ney Vásquez Soto, exAlmacenero del Almacén Central de la Dirección Regionalde Defensa Civil - Ucayali, por los hechos descritos en laparte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al mencionado Pro-curador Público para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 17494 Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra persona natural por pre-sunta comisión de ilícito penal en agraviodel Instituto Nacional de Defensa Civil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 291-2004-PCM Lima, 27 de setiembre de 2004 Vistos, el Oficio Nº 630-2004-PCM/PRO.-500 del Procu- rador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presiden-cia del Consejo de Ministros y el Oficio Nº 6876-2004-INDEC/5.0 del Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; CONSIDERANDO: Que, el artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 735, esta- blece que el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI per-tenece al Sector de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el Informe Nº 127-2004-INDECI/5.0 de la Jefa (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de De-fensa Civil - INDECI, indica que existen indicios de supuestacomisión del delito de usurpación de funciones por parte delseñor Luis Alberto Torres Martínez en agravio del INDECI; Que, en tal sentido y de acuerdo al citado informe, que constituye parte integrante de la motivación de la presenteResolución y los Oficios Nº 630-2004-PCM/PRO.-500 delProcurador Público a cargo de los asuntos judiciales de laPresidencia del Consejo de Ministros y Nº 6876-2004-IN-DEC/5.0 del Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI, resulta pertinente en resguardo del interés públi-co autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntosjudiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros paraque interponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial delEstado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el DecretoLegislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado porla Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley del ProcedimientoAdministrativo General y el Reglamento de Organización yFunciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, apro-bado mediante Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo deMinistros, para que inicie e impulse las acciones judicialescorrespondientes contra los que resulten responsables, porlos hechos descritos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al mencionado Pro-curador Público para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 17495