NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (30/09/2004)
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PÆg. 277331 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de setiembre de 2004 Artículo 2º.- Autorizar al Ejército de Perú - Escuela Técnica del Ejército, la Contratación por intermedio delDepartamento de Adquisiciones y Contrataciones de laEscuela Técnica del Ejército, los Servicios del InstitutoSuperior Tecnológico (TEPSUP), mediante Proceso deAdjudicación de Menor Cuantía. Artículo 3º.- El monto total de los gastos de contratación con el Instituto Tecnológico Superior (TECSUP), no excederáde Cuarenta Mil Novecientos Cincuenta y 00/100 NuevosSoles (S/. 40,950.00), incluidos los Impuestos de Ley, concargo a la fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios delaño Fiscal 2004 de la Unidad Ejecutora 003 del pliego 026. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente re- solución en el Diario Oficial El Peruano y remitir a la Con-traloría General de la República, copia de la misma, con-juntamente con el Informe Técnico y Legal correspondien-te, en un plazo de (10) diez días calendario siguientes a lafecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 17543 Autorizan a procurador iniciar acciones legales a empresas por incumplimientode contratos de reparación y entrega deaeronaves RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1025-2004 DE/EP Lima, 27 de setiembre de 2004 Vistos, el Oficio remitido por el Procurador Público del Ministerio de Defensa encargado de los Asuntos Judicia-les del Ejército del Perú; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 721-2004 DE/EP/DILO- GE de 18 de junio de 2004, se autorizó al Procurador Públicoencargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Defensa– Ejército del Perú, para que inicie las acciones judiciales perti-nentes contra la Empresa CÍA. DE AVIACIÓN SOLAR SAC,por el incumplimiento del contrato de reparación y entrega de laAeronave IL YUSHIN IL-103 de Matrícula EP-813; Que, del estudio de los antecedentes remitidos por el Departamento de Seguros de la Dirección de Logística delEjército, la Procuraduría Pública ha podido determinar quetambién existiría responsabilidad de parte de la empresaaseguradora Popular y Porvenir Cía. de Seguros (en proce-so de liquidación), en el incumplimiento de la reparación dela Aeronave IL YUSHIN IL-103 de Matrícula EP-813, todavez que conforme a la Póliza de Seguro contratada por elEjército del Perú, es obligación de la Cía. Aseguradora laentrega de la aeronave debidamente reparada, independien-temente de la obligación de pago al reparador de la misma; Que, en tal sentido, se hace necesario expedir la corres- pondiente Resolución Ministerial, ampliando las facultadesdel señor Procurador Público Encargado de los Asuntos delMinisterio de Defensa – Ejército del Perú, a efectos de queinicie las acciones legales contra la Empresa CÍA. DE AVIA-CIÓN SOLAR SAC, POPULAR Y PORVENIR COMPAÑÍADE SEGUROS (hoy JUNTA LIQUIDADORA DE POPULARY PORVENIR), así como los que resulten responsables porel incumplimiento de la reparación y entrega de la AeronaveIL YUSHIN IL-103 de Matrícula EP-813; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, por el Decreto LeyNº 17537 y sus modificatorias Decreto Ley Nº 17667 y elDecreto Legislativo Nº 959; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Ministe- rio de Defensa encargado de los Asuntos Judiciales delEjército del Perú, para que inicie las acciones judicialespertinentes contra la Empresa CÍA. DE AVIACIÓN SOLARSAC, POPULAR Y PORVENIR COMPAÑÍA DE SEGUROS(hoy JUNTA LIQUIDADORA DE POPULAR Y PORVENIR),así como los que resulten responsables por el incumpli-miento del contrato de reparación y entrega de la Aerona-ve IL YUSHIN IL-103 de Matrícula EP-813.Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público mencionado,para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 17544 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1026-2004 DE/EP Lima, 27 de setiembre de 2004 Vistos, el Oficio remitido por el Procurador Público del Ministerio de Defensa encargado de los Asuntos Judicia-les del Ejército del Perú; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 720-2004 DE/EP/ DILOGE de 18 de junio de 2004, se autorizó al ProcuradorPúblico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministeriode Defensa – Ejército del Perú, para que inicie las accio-nes judiciales pertinentes contra la Empresa CÍA. DE AVIA-CIÓN SOLAR SAC, por el incumplimiento del contrato dereparación y entrega de la Aeronave Avión ANTONOV AN-32 B de Matrícula EP- 835; Que, del estudio de los antecedentes remitidos por el Departamento de Seguros de la Dirección de Logística delEjército, la Procuraduría Pública ha podido determinar quetambién existiría responsabilidad de parte de la empresa ase-guradora Popular y Porvenir Cía. de Seguros (en proceso deliquidación), en el incumplimiento de la reparación de la Aero-nave Avión ANTONOV AN-32 B de Matrícula EP- 835, todavez que conforme a la Póliza de Seguro contratada por elEjército del Perú, es obligación de la Cía. Aseguradora la en-trega de la aeronave debidamente reparada, independiente-mente de la obligación de pago al reparador de la misma; Que, en tal sentido, se hace necesario expedir la corres- pondiente Resolución Ministerial, ampliando las facultadesdel señor Procurador Público Encargado de los Asuntos delMinisterio de Defensa – Ejército del Perú, a efectos de queinicie las acciones legales contra la Empresa CÍA. DE AVIA-CIÓN SOLAR SAC, POPULAR Y PORVENIR COMPAÑÍADE SEGUROS (hoy JUNTA LIQUIDADORA DE POPULARY PORVENIR), así como los que resulten responsables porel incumplimiento de la reparación y entrega de la AeronaveAvión ANTONOV AN-32 B de Matrícula EP- 835; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, por el Decreto LeyNº 17537 y sus modificatorias Decreto Ley Nº 17667 y elDecreto Legislativo Nº 959; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Minis- terio de Defensa encargado de los Asuntos Judiciales delEjército del Perú, para que inicie las acciones judicialespertinentes contra la Empresa CÍA. DE AVIACIÓN SOLARSAC, POPULAR Y PORVENIR COMPAÑÍA DE SEGUROS(hoy JUNTA LIQUIDADORA DE POPULAR Y PORVENIR),así como los que resulten responsables por el incumpli-miento del contrato de reparación y entrega de la Aerona-ve Avión ANTONOV AN-32 B de Matrícula EP- 835. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público mencionado,para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 17545 Autorizan viaje de oficiales del EjØrci- to para visitar instalaciones militaresdel EjØrcito de Brasil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1029-2004-DE/EP Lima, 27 de setiembre de 2004