NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (30/09/2004)
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PÆg. 277336 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de setiembre de 2004 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspector de la Direc- ción General de AeronÆutica Civil a MØxico, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 717-2004-MTC/02 Lima, 24 de septiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via- jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivoSector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajesal exterior del país en comisión de servicios, establecien-do que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán apro-bados por resolución suprema refrendada por el Presiden-te del Consejo de Ministros y el Ministro del sector corres-pondiente, con excepción de los sectores de RelacionesExteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de laDirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aproba-rán por resolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por laDirección General de Aeronáutica Civil como dependencia es-pecializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales es-tablecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil ypoder mantener la calificación de Categoría - I otorgada alPerú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debemantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridadoperacional a través de la ejecución de inspecciones técni-cas a los explotadores aéreos en el país, basado en las dis-posiciones establecidas en el citado Convenio y en los están-dares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta DINPU 832/ 08/04, de fecha 31 de agosto de 2004, en el marco delProcedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Di-rección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Per-sonal), establecido en el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC,solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efec-tuar los chequeos técnicos en la aeronave Boeing 767, asu personal aeronáutico propuesto, en la ruta Lima - Méxi-co - Lima, durante los días 4 y 6 de octubre de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nºs. 18925, 18926, 18930 y 19985, la solicitante hacumplido con el pago del derecho de tramitación corres-pondiente al Procedimiento a que se refiere el considerandoanterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos yla Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspec-ción Nº 1424-2004-MTC/12.04-SDO, designando al inspec-tor Lino Roberto Molina Valencia, para realizar los chequeostécnicos en la aeronave Boeing 767, en la ruta Lima - México- Lima, al personal aeronáutico propuesto por la empresa LanPerú S.A., durante los días 4 al 6 de octubre de 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aero-náutica Civil para que, en cumplimiento de las funcionesque le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedarealizar los chequeos técnicos a que se contrae la Ordende Inspección Nº 1424-2004-MTC/12.04-SDO;De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Lino Roberto Molina Valencia, Inspector de la Dirección General de Aero-náutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,a la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, du-rante los días 4 al 6 de octubre de 2004, para los fines a quese contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la em-presa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de AcotaciónNºs. 18925, 18926, 18930 y 19985, abonados a la Direcciónde Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos ytarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente ResoluciónMinisterial, dentro de los quince (15) días calendario si-guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-me al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina Generalde Administración del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, describiendo las acciones realizadas y los re-sultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 17542 Autorizan a procurador interponer acciones legales contra presuntosresponsables de la comisión de delitoscontra la fe pœblica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 723-2004-MTC/02 Lima, 24 de septiembre de 2004 VISTO: El Memorándum Nº 926-2004-MTC/15 del Director Ge- neral de Circulación Terrestre, mediante el cual solicita seautorice al Procurador Público el inicio de las acciones le-gales contra la empresa EXPRESO ANTEZANA HNOS.S.A. por presunta comisión del delito contra la fe pública. CONSIDERANDO: Que, mediante Acta de Verificación Nº 5546-03-DGCT- MTC de fecha 28 de agosto de 2003 la Dirección Generalde Circulación Terrestre constató en el Peaje de Villa lautilización, por parte de la empresa EXPRESO ANTEZA-NA HNOS. S.A., de la presuntamente falsificada Tarjeta deCirculación Vehicular Nº 011568, correspondiente al vehí-culo de placa Nº VG-3888 y Nº de chasisYS2PH6X4Z01175297, el mismo que se encontraba pres-tando el servicio de transporte público de pasajeros en laruta Lima - Ayacucho, lo que constituiría la infracción des-crita en el artículo 318º del Reglamento Nacional deAdministración de Transportes, aprobado por Decreto Su-premo Nº 040-2001-MTC; Que, por Informe Nº 456-2004-MTC/15.AL de fecha 30 de abril de 2004, la Asesoría Legal de la Dirección General deCirculación Terrestre señala que de la revisión de los regis-tros que obran en la Dirección de Transporte de Pasajeros yCarga de dicha Dirección General, se ha constatado que elvehículo de placa de rodaje Nº VG-3888 estuvo habilitadohasta el 04 de diciembre de 2002 en el Padrón Vehicular de laempresa EXPRESO HUAMANGA S.A., fecha en la que fuesustituido por otro vehículo en la flota de dicha empresa me-diante Resolución Directoral Nº 1601-2002-MTC/15; Que, dicho Informe indica además que la Tarjeta de Cir- culación Vehicular Nº 011568, habría sido presuntamenteadulterada, dado que, si bien dicho número de tarjeta ha