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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G30/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 2 de abril de 2005 Visto, el Oficio Nº 44-2005-OSINERG-PRES del Pre- sidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG y la Resolución de Consejo Directivo Organismo Supervisor de la Inver- sión en Energía - OSINERG Nº 040-2005-OS/CD; CONSIDERANDO:Que, la Asociación Iberoamericana de Entidades Reguladoras de Energía - ARIAE, ha cursado invitación al Presidente del Consejo Directivo del Organismo Su- pervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, a fin que participe en su IX Reunión Iberoamericana, a llevar- se a cabo en la ciudad de Punta del Este, República Oriental de Uruguay, del 6 al 8 de abril de 2005; Que, el Presidente del Consejo Directivo del OSINERG, participará en la mencionada Reunión como principal ex- positor en el tema sobre hidrocarburos líquidos, referido a determinación de precios, en su calidad y cantidad y con- trol de la informalidad, asimismo será ponente invitado en la mesa del sector eléctrico presentando los alcances logra- dos en las labores de supervisión respecto a la calidad de la electricidad, a través de un programa basado en técni- cas de muestreo y determinación de multas óptimas; Que, los gastos por concepto de viáticos, pasajes y tarifa única por uso de aeropuerto del referido funciona- rio serán asumidos por el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funciona- rios públicos, su Reglamento aprobado mediante el Decre- to Supremo Nº 047-2002-PCM, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Reglamento de Organizaciones y Funcio- nes de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Alfredo Dammert Lira, Presidente del Consejo Directivo del Or-ganismo Supervisor de la Inversión en Energía -OSINERG, a la ciudad de Punta del Este, RepúblicaOriental de Uruguay, del 4 al 9 de abril de 2005, para losfines expuestos en la parte considerativa de la presenteresolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presnete Resolución se efectuarán con cargo al presu- puesto institucional del Organismo Supervisor de la Inver- sión en Energía - OSINERG, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 200,00 Viáticos : US$ 1 200,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto: US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar ante su institución un informe detalla- do describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos en- tregados. Artículo 4º.- La presente resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 06639 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C /G49/G4E/G44/G45/G43/G4F/G50/G49/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G55/G6E/G69/G64/G6F/G73/G20/G4D/G65/G78/G69/G2D /G63/G61/G6E/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G70/G61/G73/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 083-2005-PCM Lima, 1 de abril de 2005Vista, la Carta Nº 177-2005/GEG-INDECOPI del Gerente General del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelec- tual - INDECOPI; CONSIDERANDO:Que, en el marco del Programa B: Fortalecimiento del Entorno Nacional de Normalización y Acreditación, Convenio INDECOPI-BID/FOMIN, se ha previsto el fi- nanciamiento para la participación de funcionarios del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, es una pasantía en la Entidad Mexicana de Acreditación EMA, a llevarse a cabo en la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 4 al 8 de abril de 2005; Que, es de interés para el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Inte- lectual - INDECOPI, la participación de los señores Santia- go Roca Tavella, Presidente del Directorio, Augusto Mello Romero, Secretario Técnico de la Comisión de Reglamen- tos Técnicos y Comerciales y Rodolfo Castellanos Sala- zar, Gerente Legal, en las mencionadas reuniones; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto serán asu- midos por el Instituto Nacional de Defensa de la Compe- tencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, con recursos provenientes de la Coopera- ción Técnica no reembolsable ATN/MH-7237-PE, Con- venio INDECOPI-BID/FOMIN; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y fun- cionarios públicos, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modificado por el Decreto de Ur- gencia Nº 006-2005 y el Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Santia- go Roca Tavella, Presidente del Directorio, Augusto Mello Romero, Secretario Técnico de la Comisión de Re- glamentos Técnicos y Comerciales y Rodolfo Castella- nos Salazar, Gerente Legal, funcionarios del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protec- ción de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, a la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 3 al 8 de abril de 2005, para los fines expuestos en la parte consi- derativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán asumidos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, con recursos provenientes de la Cooperación Técnica no reembolsable ATN/MH-7237-PE, Convenio INDECOPI-BID/FOMIN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 709,32 x 3 = US$ 2 127,96 Viáticos US$ 971,76 x 3 = US$ 2 915,28 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 28,24 x 3 = US$ 84,72 ------------------- Total US$ 5 127,96 Artículo 3º.- Dentro de los (15) días calendario siguien- tes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberán presentar ante su institución un informe detallado descri- biendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de de- rechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución será refrenda- da por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 06640