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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G30/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 2 de abril de 2005 RELACIONES EXTERIORES /G46/G69/G6A/G61/G6E/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G6D/G65/G6E/G74/G65/G20/G65/G6E/G20/G75/G6E/G20/G73/G6F/G6C/G20/G63/G6F/G6E/G73/G75/G2D /G6C/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G63/G6F/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G6D/G69/G2D /G74/G61/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G73/G75/G6C/G61/G72/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G63/G6F/G6E/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G73/G75/G20/G73/G69/G2D/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G69/G67/G72/G61/G74/G6F/G72/G69/G61 DECRETO SUPREMO Nº 044-2005-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, el Decreto Supremo Nº 045-2003-RE publicado con fecha 26 de marzo del 2003, aprobó la Tarifa de Dere-chos Consulares vigente, la cual se aplica por las oficinasconsulares del Perú en el exterior como consecuencia delos actos y diligencias que efectúan con carácter oficial; Que, corresponde al Ministerio de Relaciones Exte- riores la protección de los peruanos en el extranjero,comprendiéndose dentro de ello la necesidad de facilitarla regularización de la situación migratoria de los conna-cionales en el país receptor; Que, el actual Gobierno ha establecido la política de otorgar las mayores facilidades económicas compatiblescon nuestro ordenamiento jurídico, a favor de las comu-nidades peruanas en el exterior, con el propósito de queregularicen su situación migratoria al menor costo posible; Que, en la actualización de la Tarifa de Derechos Consu- lares se debe tener en cuenta la situación y necesidadesde los connacionales en el exterior, en particular para lostrámites relativos a su situación migratoria, siendo atendi-ble para ese efecto la reducción de los derechos que co-rrespondan a certificaciones requeridas para tales fines; Que la Tarifa de Derechos Consulares debe ade- cuarse a las situaciones surgidas como consecuenciade procesos de regularización migratoria a favor de losperuanos en el exterior, en los países receptores,especialmente en lo concerniente a certificaciones con-templadas en el numeral 20 b) de dicha Tarifa; De conformidad con el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y al amparo del Artículo17º del Decreto Ley Nº 22396; DECRETA:Artículo 1º.- Las certificaciones referidas en el nume- ral 20 b) de la Tarifa de Derechos Consulares, aprobadapor el Decreto Supremo Nº 045-2003-RE, que efectúenlas oficinas consulares del Perú a favor de los peruanos,en aquellos países en que se haya establecido oficial-mente procesos de regularización migratoria para nues-tros connacionales que se encuentren en los mismos,estarán sujetas al pago del derecho de 1.00 sol consu-lar, por un plazo de seis meses, contados a partir de laentrada en vigencia del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Para los fines del artículo anterior, la na- cionalidad peruana se acredita con la presentación de cual-quiera de los siguientes documentos: Documento Nacionalde Identidad (DNI), pasaporte o partida de nacimiento. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y porel Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 06616TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G2D /G73/G65/G6A/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G45/G4E/G41/G54/G49 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 079-2005-TR Lima, 30 de marzo de 2005 VISTO: El Memorando Nº 066-2005-MTPE/DVMPE- MYPE, de fecha 21 de marzo de 2005, del DespachoViceministerial de Promoción del Empleo y la Micro yPequeña Empresa; y, CONSIDERANDO:Que, según lo dispuesto en la Ley Nº 26272, el Consejo Nacional del Servicio Nacional de Adiestra-miento en Trabajo Industrial - SENATI, constituye elmás alto órgano de Gobierno de la mencionada insti-tución; Que, la referida Ley señala que el Consejo Nacio- nal del SENATI, está conformado, entre otros, por unintegrante del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, el mismo, que podrá contar con un Represen-tante o Miembro Alterno, el cual será designado en elprimer trimestre del año, y por períodos de dos años; Que, en mérito a lo expuesto, mediante Resolución Ministerial Nº 046-2004-TR, de fecha 8 de marzo de2004, se designó al doctor Julio Hernán GameroRequena, Viceministro de Promoción del Empleo y laMicro y Pequeña Empresa y, a la doctora Mariana LlonaRosa, Asesora del Despacho Viceministerial de Promo-ción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa, comorepresentantes Titular y Alterno del Ministerio de Trabajoy Promoción del Empleo, respectivamente, ante el Con-sejo Nacional del Servicio Nacional de Adiestramientoen Trabajo Industrial - SENATI; Que, en atención a los citados considerandos, y por convenir al servicio, corresponde dar por conclui-da la designación de los mencionados funcionarios y,designar a los nuevos representantes Titular y Alternodel Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,respectivamente, ante el referido Consejo Nacionalde SENATI; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 26272; el literal d) del Artículo 12º del Regla-mento de Organización y Funciones del Ministerio deTrabajo y Promoción del Empleo aprobado por Resolu-ción Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del doctor JULIO HERNÁN GAMEROREQUENA y de la doctora MARIANA LLONA ROSA,como representantes Titular y Alterno del Ministerio deTrabajo y Promoción del Empleo, respectivamente, anteel Consejo Nacional del Servicio Nacional de Adiestra-miento en Trabajo Industrial - SENATI, dándosele lasgracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al se- ñor CARLOS ESPINOZA ALEGRÍA, Viceministro dePromoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa,y al doctor JULIO CÉSAR PUNTRIANO SUÁREZ,Secretario General, como representantes Titular yAlterno del Ministerio de Trabajo y Promoción del Em-pleo, respectivamente, ante el Consejo Nacional delServicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Indus-trial - SENATI. Artículo 3º.- Déjase sin efecto la Resolución Ministe- rial Nº 046-2004-TR, de fecha 8 de marzo de 2004. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Consejo Nacional del Servicio Nacional de