Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2005 (02/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, sabado 2 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHEPUT MOORE Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 06459

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a procurador ad hoc iniciar acciones legales a presuntos responsables de cobrar indebidamente peaje en la Carretera Talara - Negritos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 179-2005-MTC/02 MORDAZA, 30 de marzo de 2005 VISTA: La Nota de Elevacion Nº 140-2005-MTC/20 de fecha 16 de febrero del 2005, del Director Ejecutivo del PROVIAS NACIONAL, mediante el cual se solicita se autorice al Procurador Publico Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del PROVIAS NACIONAL, del PROVIAS DEPARTAMENTAL y del PROVIAS RURAL para que en representacion del Estado inicie las acciones legales por el cobro ilegal de peaje en la Carretera Talara - Negritos; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 042-2003-MDLB del 24 de marzo del 2003, el senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA - Negritos, solicito a la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones informacion sobre las normas vigentes en materia de cobro de peajes, toda vez que, al inicio de su gestion, encontro una caseta de peaje en la Carretera Talara - Negritos; Que, con Oficio Nº 695-2003-MTC/20, de fecha 14 de agosto del 2003, el Director Ejecutivo del PROVIAS NACIONAL, remitio al senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La Brea- Negritos, MORDAZA del Memorandum Nº 1262-2003-MTC/20.GOZ, de la Gerencia de Operaciones Zonales del Provias Nacional, informandole que no tiene competencia para el cobro de peaje en la indicada carretera e instruyendole para que suspenda el cobro; Que, con Oficio Nº 129 - 2003-MDLB, de fecha 10 de noviembre del 2003, el senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA - Negritos, solicito al senor Ministro de Transportes y Comunicaciones se le autorice el cobro de peaje en la Carretera Talara - Negritos, con el objeto de obtener fondos para su mantenimiento; Que, por Resolucion Directoral Nº 023-2004-MTC/ 20, del 20 de enero del 2004, el Director Ejecutivo del PROVIAS NACIONAL, declaro improcedente la solicitud formulada por el senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA - Negritos; Que, mediante Oficio Nº 014-2004-MDLB de fecha 3 de febrero del 2004 el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA - Negritos, comunico al Jefe de la Unidad Zonal Tumbes del PROVIAS NACIONAL, que habia tomado conocimiento de la Resolucion Directoral Nº 023-2004-MTC/20 y que la apelara, por lo que solicita que, mientras se resuelva la apelacion, se difiera la ejecucion de la indicada resolucion; Que, mediante Nota de Elevacion Nº 118-2005-MTC/ 20 del 9 de febrero del 2005, el Director Ejecutivo de PROVIAS NACIONAL informo al Despacho del Vice Ministro de Transportes que la Resolucion Directoral Nº 023-2004-MTC/20 no fue impugnada por lo que habia quedado consentida;

Que, por Oficio Nº 044-2004-MTC/20-ZTUM, el Jefe de la Unidad Zonal Tumbes de Provias Nacional, solicito al senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA Negritos el retiro de la garita el cese del cobro de peaje en la Ruta Talara - Negritos; Que, el cobro del peaje en la carretera Talara Negritos se mantiene hasta la fecha pese a los requerimientos formulados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el organo rector del Sector Transportes y Comunicaciones y tiene entre sus funciones la de formular, aprobar, ejecutar y supervisar la infraestructura de transportes y comunicaciones, segun lo disponen los articulos 1º y 2º de la Ley Nº 27791; Que, concordante con su funcion ejecutiva y supervisora, el MTC administra el Sistema de Peajes en el ambito de la Red Vial Nacional; Que, el Decreto Supremo Nº 006-88-TC preciso que corresponde unicamente al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la facultad de instalar Garitas de Peaje y prohibio la instalacion de garitas no establecidas por dicho Decreto Supremo; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 015-93TCC, ratifico que el cobro de peaje en la Red Vial Nacional unicamente procedera con la autorizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 3º de la MORDAZA mencionada en el considerando anterior, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones tiene competencia para ordenar el retiro de la garita de peaje instalada irregularmente y solicitar el MORDAZA de la fuerza publica para tal efecto, si fuese necesario; Que, en el Clasificador de Rutas del MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 09-95-MTC publicado el 21 de junio de 1995, aparece la Carretera Talara - Negritos, con el Codigo 19 - 101 como Ruta Departamental, esto es, de competencia del PROVIAS DEPARTAMENTAL; Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 015-93-TCC, el cobro de peaje en la Red Vial Nacional unicamente procedera con la autorizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, al no contar el senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA - Negritos con la autorizacion correspondiente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para mantener la garita de peaje ubicada en la Carretera Talara - Negritos, contraviene competencia de este Ministerio, sustentada en normas vigentes y de orden publico; Que, en consecuencia, corresponde iniciar las acciones judiciales pertinentes contra el senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA - Negritos y contra los que resulten responsables por los hechos que son materia de la presente resolucion; Que, de acuerdo con el articulo 1º del Decreto Ley Nº 17537, Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, la defensa de los intereses y derechos del Estado se ejercita judicialmente, por intermedio de los Procuradores Publicos. Asimismo, el articulo 2º del referido texto legal senala que los Procuradores Publicos tienen la plena representacion del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 081-2003JUS se designo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Ad Hoc, para que asuma la representacion y defensa de los derechos e intereses del Estado, en los procesos judiciales iniciados y por iniciarse relacionados al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 126-2003-JUS se ampliaron las facultades conferidas al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante Resolucion Suprema Nº 081-2003-JUS, para que en su calidad de Procurador Publico Ad Hoc, asuma la representacion y defensa del PROVIAS NACIONAL, en los procesos y procedimientos en que se ventilen sus derechos e intereses; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 050-2004JUS se ampliaron las facultades conferidas al Procurador Publico Ad Hoc del Proyecto Especial de Infraestruc-

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