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PÆg. 290239 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de abril de 2005 POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, aceptándose las observaciones formula-das por el señor Presidente de la República, de conformi-dad con lo dispuesto por el artículo 108º de la Constitu- ción Política del Estado, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los seis días del mes de abril de dos mil cinco. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República NATALE AMPRIMO PLÁ Primer Vicepresidente del Congreso de la República 06855 RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO N” 020-2004-CR EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA A DESEMPEÑAR COMISIÓN EXTRAORDINARIA DE CAR`CTER INTERNACIONAL El Congreso de la República, de conformidad con lo pres- crito en el artículo 92º de la Constitución Política del Perú y enel artículo 19º inciso a) del Reglamento del Congreso, haresuelto autorizar al Presidente del Congreso de la Repúbli- ca para que asista, en representación del Estado peruano, presidiendo la delegación oficial de Perú, a las exequias deSu Santidad el Papa Juan Pablo II, a realizarse en la Basílicade San Pedro, Estado de la Ciudad del Vaticano. Comuníquese, publíquese y archívese. Dada en el Palacio del Congreso, en Lima, a los seis días del mes de abril de dos mil cinco. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República NATALE AMPRIMO PLÁ Primer Vicepresidente delCongreso de la República 06767 PODER EJECUTIVO P C M Modifican el D.S. N” 011-2004-PCM, que conformó Comisión encargada del seguimiento de acciones y políticas del Estado en los Æmbitos de la paz,reparación colectiva y reconciliaciónnacional DECRETO SUPREMO Nº 031-2005-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2002-JUS se creó la Comisión Especial de Asistencia a los Indulta-dos Inocentes (CEAII), para encargarse de diseñar yponer en práctica un Programa Integral de Reparacio- nes No Dinerarias a favor de los indultados por la Comi- sión creada por la Ley Nº 27234, así como de los familia-res de éstos, y de presentar en el plazo de 180 días, suinforme final conteniendo la propuesta de Plan Integralde Reparaciones No Dinerarias y su ámbito de aplica-ción; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-JUS se conformó la Comisión de Trabajo Interinstitucionalpara el Seguimiento de las Recomendaciones de laComisión Interamericana de Derechos Humanos(CIDH), contenidas en el comunicado conjunto sus-crito con el Estado Peruano el 22 de febrero de 2001, con relación a los casos comprendidos en los litera- les C y D de dicho comunicado conjunto relativos adesapariciones forzadas, ejecuciones extrajudicia-les y torturas, con la función de diseñar un ProgramaIntegral de Reparaciones No Dinerarias a favor delas víctimas y/o familiares de las víctimas a las que se hace referencia en los Informes de la CIDH, y de presentar en el plazo de 6 meses su informe finalconteniendo el Plan Integral de Reparaciones No Di-nerarias, incluyendo la forma en que se ejecutarádicho plan, a favor de las víctimas y/o familiares delas víctimas a quienes se haga mención en los infor- mes de fondo emitidos por la CIDH; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-PCM se conformó la Comisión Multisectorial de Alto Nivel en-cargada del seguimiento de las acciones y políticas delEstado en los ámbitos de la paz, la reparación colectivay la reconciliación nacional, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2004-PCM se aprobó como Marco Programático de la acción delEstado en materia de reparaciones integrales, los si-guientes ejes: Restitución de Derechos Ciudadanos,Reparaciones en Educación, Reparaciones en Salud, Reparaciones Colectivas y las Reparaciones Simbóli- cas, para servir de base para la formulación, coordina-ción, seguimiento, monitoreo y ajuste del Plan Integral deReparaciones que el Estado apruebe como parte de supolítica de paz, reparación colectiva y reconciliaciónnacional; Que, a fin de implementar las recomendaciones con- tenidas en los Informes Finales de las comisiones crea-das por los Decretos Supremos Nºs. 002 y 005-2002-JUS, y viabilizar la formulación, coordinación, seguimiento,monitoreo y ajuste del Plan Integral de Reparaciones aque se refiere el Decreto Supremo Nº 062-2004-PCM, es pertinente ampliar las funciones de la precitada Comi- sión Multisectorial de Alto Nivel; De conformidad con las facultades conferidas por el inciso 24) del artículo 118º de la Constitución Política delPerú, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Eje-cutivo y el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1º.- Modifíquese el numeral 4.7 del artículo 4º del Decreto Supremo Nº 011-2004-PCM y adiciónese los numerales 4.8 y 4.9 al precitado artículo, con el si- guiente texto: "Artículo 4º.- De las funciones de la Comisión Son funciones de la Comisión: (...)4.7 Coordinar, efectuar el seguimiento y monitorear, a través de su Secretaría Ejecutiva, la implementación de las recomendaciones contenidas en los Informes Fi-nales de las Comisiones creadas por los Decretos Su-premos Nºs. 002 y 005-2002-JUS, por parte de los Sec-tores competentes.