Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2005 (07/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2005 POR TANTO:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la Republica, aceptandose las observaciones formuladas por el senor Presidente de la Republica, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 108º de la Constitucion Politica del Estado, ordeno que se publique y cumpla. En MORDAZA, a los seis dias del mes de MORDAZA de dos mil cinco. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la Republica NATALE AMPRIMO PLA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 06855

RESOLUCION LEGISLATIVA DEL CONGRESO Nº 020-2004-CR
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA A DESEMPENAR COMISION EXTRAORDINARIA DE CARACTER INTERNACIONAL
El Congreso de la Republica, de conformidad con lo prescrito en el articulo 92º de la Constitucion Politica del Peru y en el articulo 19º inciso a) del Reglamento del Congreso, ha resuelto autorizar al Presidente del Congreso de la Republica para que asista, en representacion del Estado peruano, presidiendo la delegacion oficial de Peru, a las exequias de Su Santidad el Papa MORDAZA MORDAZA II, a realizarse en la Basilica de San MORDAZA, Estado de la MORDAZA del Vaticano. Comuniquese, publiquese y archivese. Dada en el Palacio del Congreso, en MORDAZA, a los seis dias del mes de MORDAZA de dos mil cinco. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la Republica NATALE AMPRIMO PLA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 06767

Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2002-JUS se creo la Comision Especial de Asistencia a los Indultados Inocentes (CEAII), para encargarse de disenar y poner en practica un Programa Integral de Reparaciones No Dinerarias a favor de los indultados por la Comision creada por la Ley Nº 27234, asi como de los familiares de estos, y de presentar en el plazo de 180 dias, su informe final conteniendo la propuesta de Plan Integral de Reparaciones No Dinerarias y su ambito de aplicacion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-JUS se conformo la Comision de Trabajo Interinstitucional para el Seguimiento de las Recomendaciones de la Comision Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), contenidas en el comunicado conjunto suscrito con el Estado Peruano el 22 de febrero de 2001, con relacion a los casos comprendidos en los literales C y D de dicho comunicado conjunto relativos a desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales y torturas, con la funcion de disenar un Programa Integral de Reparaciones No Dinerarias a favor de las victimas y/o familiares de las victimas a las que se hace referencia en los Informes de la CIDH, y de presentar en el plazo de 6 meses su informe final conteniendo el Plan Integral de Reparaciones No Dinerarias, incluyendo la forma en que se ejecutara dicho plan, a favor de las victimas y/o familiares de las victimas a quienes se haga mencion en los informes de fondo emitidos por la CIDH; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-PCM se conformo la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la reparacion colectiva y la reconciliacion nacional, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2004-PCM se aprobo como MORDAZA Programatico de la accion del Estado en materia de reparaciones integrales, los siguientes ejes: Restitucion de Derechos Ciudadanos, Reparaciones en Educacion, Reparaciones en Salud, Reparaciones Colectivas y las Reparaciones Simbolicas, para servir de base para la formulacion, coordinacion, seguimiento, monitoreo y ajuste del Plan Integral de Reparaciones que el Estado apruebe como parte de su politica de paz, reparacion colectiva y reconciliacion nacional; Que, a fin de implementar las recomendaciones contenidas en los Informes Finales de las comisiones creadas por los Decretos Supremos Nºs. 002 y 005-2002JUS, y viabilizar la formulacion, coordinacion, seguimiento, monitoreo y ajuste del Plan Integral de Reparaciones a que se refiere el Decreto Supremo Nº 062-2004-PCM, es pertinente ampliar las funciones de la precitada Comision Multisectorial de Alto Nivel; De conformidad con las facultades conferidas por el inciso 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Modifiquese el numeral 4.7 del articulo 4º del Decreto Supremo Nº 011-2004-PCM y adicionese los numerales 4.8 y 4.9 al precitado articulo, con el siguiente texto: "Articulo 4º.- De las funciones de la Comision Son funciones de la Comision: (...) 4.7 Coordinar, efectuar el seguimiento y monitorear, a traves de su Secretaria Ejecutiva, la implementacion de las recomendaciones contenidas en los Informes Finales de las Comisiones creadas por los Decretos Supremos Nºs. 002 y 005-2002-JUS, por parte de los Sectores competentes.

PODER EJECUTIVO PCM
Modifican el D.S. Nº 011-2004-PCM, que conformo Comision encargada del seguimiento de acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, reparacion colectiva y reconciliacion nacional
DECRETO SUPREMO Nº 031-2005-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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