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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G30/G37/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 13 de abril de 2005 Visto el Informe Técnico Nº 007, de fecha 1 de abril de 2005, y el Memorándum Nº 256 -2005-MINCETUR/VMCE,de fecha 31 de marzo de 2005, del Asesor de Comunica-ciones y del Viceministro de Comercio Exterior, respectiva- mente; CONSIDERANDO:Que, el Viceministro de Comercio Exterior solicita la con- tratación del servicio de difusión radial publicitaria, para el lanzamiento de la segunda campaña radial sobre el Trata- do de Libre Comercio - TLC con los Estados Unidos deNorte América, para cuyo fin ha seleccionado a Radio Pro-gramas del Perú "R.P.P", Radiomar y Radio Panamericana,a efectos de que realicen la campaña a nivel nacional; y aRadio Moda y Radio K-Buena para la campaña a nivel de Lima Metropolitana; Que, el objetivo de la citada campaña es dar a conocer al público en general las oportunidades de desarrollo quetraerá para la economía nacional, la firma de un Tratado deLibre Comercio - TLC con los Estados Unidos de Norteamé-rica; Que, según el Informe Técnico del Visto, las radio emi- soras antes mencionadas han sido seleccionadas en basea información de la Compañía Peruana de Estudios deMercados y Opinión Pública S.A.C. - C.P.I, publicada en supágina web, de la que resulta que Radio Programas delPerú, es líder en audiencia a nivel nacional; Radiomar, tiene la mayor sintonía en los Niveles Socio Económicos - NSE C, D, E; y, Radio Panamericana, es la segunda radioe-misora con mayor audiencia a nivel nacional en los NSE A,B, C, D y E; a nivel de Lima Metropolitana se ha selecciona-do a Radio Moda, por ser la de mayor audiencia por partedel público joven de los NSE D y E; Radio K-Buena, por ser la radio con mayor llegada al segmento adulto y a las amas de casa de los NSE C, D y E; Que, asimismo, mediante Informe Nº 062-2005- MINCETUR/SG/OGA-OASA y Memorándum Nº 344-2005-MINCETUR/SG-OGA, la Directora General deAdministración emite opinión favorable respecto a la contratación de los servicios de las referidas radio emi- soras, por la causal de servicio personalísimo, de con-formidad con el inciso f) del artículo 19º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; hasta por el monto de US$ 66, 532.90 (Se- senta y Seis Mil Quinientos Treinta y Dos y 90/100 Dó- lares Americanos), incluido IGV; Que, el artículo 145º del Reglamento del la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 084-2004-PCM, precisa que se en-cuentra expresamente incluido en la causal de servicios personalísimos, los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación radial, entre otros, enatención a las características particulares que los distin-guen; Que, por lo expuesto, resulta procedente la exonera- ción del Concurso Público según relación de Items para la contratación del servicio de difusión radial requerido, la cual deberá realizarse en forma directa mediante accionesinmediatas, por un monto referencial de US $66,532.90(Sesenta y Seis Mil Quinientos Treinta y Dos y 90/100 Dó-lares Americanos) incluido IGV que serán financiados conrecursos ordinarios; De conformidad con la Ley Nº 27790, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCMy su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; De acuerdo con el Informe de Visto, el Informe Nº 062- 2005-MINCETUR/SG/OGA-OASA, el Memorándum Nº 344- 2005-MINCETUR/SG/OGA de la Oficina General de Admi-nistración y el Informe Nº 103-2005-MINCETUR/SG-AJ dela Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del Concurso Pú- blico según relación de Ítems, para la contratación de los servicios de difusión radial de la segunda campaña de spots radiales sobre el Tratado de Libre Comercio con losEstados Unidos de Norte América, por la causal de servi-cios personalísimos. Artículo 2º.- La Oficina General de Administración que- da encargada de contratar los referidos servicios, en forma directa mediante acciones inmediatas, a las empresas:a) GRUPORPP S.A: Radio RPP, Radio Ke- Buena. b) Corporación Radial del Perú S.A.C: Radiomar, Radio Moda. c) Empresa Radiodifusora Marconi S.A: Panamericana Radio. Dichas empresas serán contratadas para la emisión de un total de 363 avisos, hasta por un monto total deUS$ 66,532.90 (Sesenta y Seis Mil Quinientos Treinta yDos y 90/100 Dólares Americanos), incluido IGV; que se- rán financiados con recursos ordinarios. Artículo 3º.- La Oficina General de Administración queda encargada de publicar la presente Resolución enel Diario Oficial El Peruano y a través del SEACE, dentrode los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de suemisión, así como de remitir copia de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones yAdquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de losdiez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su apro-bación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 07077 /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G70/G61/G63/G69/G6F/G73/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61/G20/G74/G65/G6C/G65/G76/G69/G73/G69/G76/G61 /G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G54/G4C/G43/G20/G63/G6F/G6E/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 124-2005-MINCETUR/DM Lima, 8 de abril de 2005 Visto, el Informe Técnico Nº 006 de fecha 29 de marzo de 2005 y el Memorándum Nº 247 -2005-MINCETUR/VMCE,de fecha 31 de marzo de 2005, del Asesor en Comunica- ciones y del Viceministro de Comercio Exterior respectiva- mente; CONSIDERANDO: Que, el Viceministro de Comercio Exterior solicita la contratación de las estaciones de televisión de señalabierta: Cía. Latinoamericana de Radiodifusión S.A. (Fre-cuencia Latina), Cía. Peruana de Radiodifusión (Améri-ca Televisión), Panamericana Televisión S.A., InstitutoNacional de Radio y Televisión del Perú (IRTP), Andina de Radiodifusión S.A.C (ATV) y World Entertainment S.A.C (RED GLOBAL), para el servicio de difusión publi-citaria a nivel nacional de la campaña televisiva del Tra-tado de Libre Comercio - TLC con los Estados Unidos deNorte América; Que, el objetivo de la citada campaña, es dar a conocer al público en general las oportunidades de desarrollo que traerá para la economía nacional, la firma de un Tratado deLibre Comercio -TLC con los Estados Unidos de Norteamé-rica; Que, según el Informe Técnico Nº 006, de fecha 29 de marzo de 2005, del Asesor de Comunicaciones, se ha seleccionado como medio de difusión la televisión de señal abierta, incluyendo a todas las televisoras dedicha señal, excepto aquella cuya programación es100% musical, debido a que es el medio masivo porexcelencia, con casi 100% de presencia en los hogaresde todo el país, lo cual hace posible que los mensajes alcancen la difusión y notoriedad que se requiere; asi- mismo, debido a su carácter audiovisual, que permiteenriquecer el mensaje, multiplicando las posibilidadesde impacto en la audiencia; y por la rapidez de penetra-ción que posee; Que, según el Informe Técnico señalado, el conjunto de canales elegidos y la colocación de avisos dentro de la programación permitirá obtener un " Alcance + 1" de 91.7%y un "Alcance + 3" de 81.0% a nivel de Lima Metropolitana,lo que significa que un 91.7%, de los hogares limeñosverán al menos una vez el spot y un 81.0% de ellos visiona-rá al menos 3 veces el spot; el porcentaje de cobertura ("Share Of Voice -SOV"), en cada uno de los canales,