Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2005 (28/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 119

MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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da por la Jefa del Programa de Vaso de Leche sobre la adquisicion de MORDAZA, Quinua MORDAZA Kiwicha Precocida Enriquecida; Que, con Acuerdo de Concejo Nº 016-2005-MDPP de fecha 7/3/2005 se acuerda declarar PROCEDENTE la situacion de Desabastecimiento Inminente, sobre la adquisicion de MORDAZA, Quinua, MORDAZA Kiwicha Precocida Enriquecida, por el plazo de 30 dias por la cantidad de 14,500 Kg; Que, con el documento b) de la referencia, la Jefa del Programa del Vaso de Leche de esta Entidad, senala que los beneficiarios de mencionado programa estaran abastecidos con los insumos solo hasta el 10/4/2005 advirtiendo un desabastecimiento inminente que se debe evitar; Que, con el documento e) de la referencia suscrito por el CONSUCODE se comunica que las Bases Administrativas de la Licitacion Publica Nº 001-2005-CE/MDPP para la "Adquisicion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche" han quedado modificadas y en consecuencia el Comite Especial procedio a modificar el calendario del MORDAZA de seleccion, siendo la fecha de otorgamiento de la Buena Pro el 11/4/2005; Que, con el documento a) de la referencia, la Gerente de Administracion de esta Entidad, da cuenta que la Bases Administrativas del MORDAZA sub examine han quedado integradas y publicada en el SEACE el 31-4-2005, solicita que se realice la ampliacion del plazo de la Situacion de Desabastecimiento Inminente del MORDAZA, Quinua, MORDAZA, Kiwicha precocida enriquecida hasta el 6/5/ 2005; Que, conforme se aprecia de lo actuado administrativo, al haberse declarado Procedente la situacion de Desabastecimiento Inminente, mediante Acuerdo de Concejo Nº 016-2005-MDPP de fecha 7/3/2005 se ha previsto la adquisicion de los insumos por el plazo de 30 dias, es decir del 10/3/2005 al 10/4/2005, tomando en cuenta el plazo de 10 dias contemplados en el D.S. Nº 084-2004-PCM Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para que el CONSUCODE resuelva las observaciones no acogidas; y, habiendose producido esta, el 8-3-2005 con la publicacion en el SEACE del Pronunciamiento Nº 054-2005/GTN de la Gerente Tecnico Normativo MORDAZA MORDAZA Zavala; Que, el Comite Especial luego de tomar conocimiento del Pronunciamiento del CONSUCODE procedio a implementarla, lo que significo la prorroga de las etapas del MORDAZA de seleccion sub examine, procediendo a integrar las Bases, registrandola en el SEACE el 31-32005, en donde se senala como fecha para el otorgamiento de la Buena Pro el 11-4-2005; Que, estando proxima el vencimiento del plazo de la Situacion de Desabastecimiento Inminente, sin que hasta la fecha se MORDAZA concluido el MORDAZA de Licitacion Publica Nº 001-2005-CE-MDPP, el mismo que finalizaria con el acto otorgamiento de la Buena Pro por parte del Comite Especial y teniendo en cuenta que este quedaria consentido recien al MORDAZA dia habil de su notificacion y los plazos para la firma del contrato y con la posibilidad que alguno de los postores ejerza su derecho de interponer algun recurso impugnativo, resulta necesario prever el abastecimiento de los insumos conforme a lo solicitado por la Gerente de Administracion; Que, siendo esto asi, se estaria ante un peligro inminente de continuidad de prestacion de ayuda social que afectaria directamente a la poblacion materno-infantil, madres gestantes y en periodo de lactancia con derecho a la provision diaria por parte del Estado, siendo de aplicacion lo normado en el literal c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM del 29/11/2004 que establece que se encuentran exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en Situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley; Que, el articulo 21º del Texto Unico acotado, establece que se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la conti-

nuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo, el Articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM de fecha 29/11/2004 establece que la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos; Que, respecto al procedimiento para las adquisiciones y contrataciones exoneradas, el articulo 148º del Reglamento, senala que la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico; asi mismo la exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion, por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, de lo actuado administrativo se esta acreditando el estado de necesidad, por lo que se podria proceder a la exoneracion del MORDAZA de seleccion sub-examine el cual debe ser aprobado mediante Acuerdo de Concejo, sustentado mediante el documento b) de la referencia y el presente informe y publicado en el Diario Oficial El Peruano, asi mismo una MORDAZA de este Acuerdo y el informe que lo sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Concejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme lo senala el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, con Informe Nº 078-2005 la Gerencia de Asesoria Juridica senala que con Informe Nº 002-CE la Presidenta del Comite Especial da cuenta que el MORDAZA de seleccion para la Adquisicion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche ha sido declarado desierto, en aplicacion del Articulo 32º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, al haberse descalificado a las empresas postoras Procesadora de Alimentos SAC y Niisa Corporation, por haber presentado Certificados de Calidad que exceden los limites maximos senalados en las Bases Administrativas y los Registros Sanitarios presentados por estos consignaban como producto ofertado Hojuelas Crudas, siendo el objeto del MORDAZA Hojuelas Precocidas; por lo que la Gerencia de Asesoria Juridica es de opinion que se declare Procedente, la Ampliacion del Estado de Situacion de Desabastecimiento Inminente, para la Adquisicion de MORDAZA, Quinua MORDAZA Kiwicha Precocida Enriquecida; Estando a las facultades conferidas por el Articulo 9º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades y contando con el MORDAZA por Unanimidad de los Senores Regidores asistentes a la Sesion de Concejo de la fecha; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR PROCEDENTE LA AMPLIACION del Acuerdo de Concejo Nº 016 de fecha 7 de marzo del 2005, de la Situacion de Desabastecimiento Inminente, sobre la Adquisicion del MORDAZA, Quinua, MORDAZA Kiwicha Precocida Enriquecida por el plazo de 55 dias, por la cantidad de 29,000 Kg. Articulo Segundo.-REMITIR COPIAS CERTIFICADAS de lo actuado al Organo de Control Interno, a fin de establecer si existiera responsabilidad de los servidores o funcionarios encargados de llevar a cabo el MORDAZA

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