Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2005 (28/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 123

MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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de dos (2) cuotas consecutivas o no cancele la MORDAZA cuota de fraccionamiento. Articulo 4º.- REQUISITOS PARA SOLICITAR EL PAGO FRACCIONADO Los contribuyentes deberan cumplir con los siguientes requisitos: a) Presentar en original y MORDAZA el documento de indentidad del titular. b) En caso de representacion debera presentar poder con firma legalizada adjuntando MORDAZA del documento de indentidad del titular y; original y MORDAZA del documento de identidad del representante. c) Suscribir el formato de solicitud de acogimiento que para tal efecto sera entregado en los modulos de la Jefatura de Servicios y Orientacion al Contribuyente. Articulo 5º.- DESISTIMIENTO En caso el contribuyente tuviera en tramite cualquier recurso impugnativo y/o hubiera iniciado cualquier procedimiento contencioso, respecto de la deuda materia de acogimiento, debera presentar el correspondiente desistimiento con firma autenticada por fedatario de la Municipalidad o Notario Publico. Articulo 6º.- PAGOS EFECTUADOS CON ANTERIORIDAD Los montos pagados con anterioridad a la vigencia del presente beneficio no seran materia de devolucion o compensacion. Articulo 7º.- BENEFICIOS APLICABLES POR PRONTO PAGO DEL EJERCICIO 2005 1. Otorguese el quince por ciento (15%) de descuento sobre la totalidad de cuotas establecidas por arbitrios municipales para aquellos contribuyentes puntuales del 2004 que cancelen el importe anual determinado por impuesto predial y arbitrios municipales del periodo 2005. 2. Otorguese el diez por ciento (10%) de descuento sobre la totalidad de cuotas establecidas por arbitrios municipales para aquellos contribuyentes que mantienen deuda pendiente hasta el 2004 y que cancelen el importe anual determinado por impuesto predial y arbitrios municipales del periodo 2005. 3. Otorguese el doce por ciento (12%) de descuento sobre la totalidad de cuotas establecidas por arbitrios municipales de cada predio para aquellos contribuyentes puntuales del 2004 que cancelen el importe anual determinado por Arbitrios Municipales del 2005. 4. Otorguese el ocho por ciento (8%) de descuento sobre la totalidad de cuotas establecidas por arbitrios municipales de cada predio para aquellos contribuyentes no puntuales del 2004 que cancelen el importe anual determinado por arbitrios municipales del 2005. 5. Otorguese sobre la primera y MORDAZA cuota de arbitrios municipales el siete por ciento (7%) de descuento por cada armada para aquellos contribuyentes puntuales del 2004. 6. Otorguese sobre la primera y MORDAZA cuota de arbitrios municipales el cinco por ciento (5%) de descuento por cada armada para aquellos contribuyentes con deuda pendiente del ejercicio 2004. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Informatica, Gerencia de Administracion y Finanzas el cumplimiento de la presente Ordenanza; y a la Gerencia de Imagen Institucional la difusion de los alcances de la presente norma. Segunda.- Facultese para que mediante Decreto se dicten las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza.

Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08051

Aprueban Reglamento de la Tarjeta de Ahorro Puntual "TAP"
ORDENANZA Nº 337-MSB San MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2005 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA POR CUANTO: Visto; en la IX-2005 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 22.4.2005, el Dictamen Nº 019-2005-MSB-CER y Dictamen Nº 032-2005-MSB-CAL, de la Comision de Economia y Rentas y Comision de Asuntos Legales, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 293-MSB, se aprobo la creacion de la Tarjeta de Ahorro Puntual - "TAP", para los contribuyentes del distrito que cumplan puntualmente sus obligaciones tributarias, con el proposito de que estos accedan a los beneficios y descuentos ofrecidos por la Red de Empresarios Afiliados al Sistema; Que, a fin de mantener el tratamiento distintivo y hacer concretos los beneficios a los vecinos cumplidores de sus obligaciones tributarias, resulta preciso reglamentar y realizar innovaciones al Sistema Tarjeta de Ahorro Puntual - "TAP", con el objeto de remarcar la condicion preferente que la Municipalidad de San MORDAZA otorga a sus vecinos cumplidores de sus obligaciones. Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de aprobacion de actas, el Concejo Municipal aprobo, por unanimidad, la siguiente Ordenanza: ORDENANZA REGLAMENTO DE LA TARJETA DE AHORRO PUNTUAL - "TAP" Articulo Primero.- Otorgar la Tarjeta de Ahorro Puntual Clasica "TAP" a los denominados "Contribuyentes Puntuales del 2004" que no reporten deuda correspondiente al Ejercicio Fiscal 2004. Articulo Segundo.- Otorgar la Tarjeta de Ahorro Puntual Premium "TAP-PREMIUM", a los contribuyentes del distrito de San MORDAZA que hayan cumplido con cancelar el integro de sus obligaciones tributarias al 31 de diciembre del ejercicio fiscal anterior y que no reporten hasta dicho periodo saldo deudor alguno. Igualmente se otorgara la Tarjeta de Ahorro Puntual Premium "TAP-PREMIUM", a los contribuyentes que, durante la vigencia de la tarjeta, hayan cumplido con cancelar el integro de sus obligaciones tributarias y que no reporten saldo deudor por tributos vencidos. Articulo Tercero.- Las Tarjetas de Ahorro Puntual Clasica y Premium tendran una vigencia anual, el que se computara desde el 1 de marzo hasta el ultimo dia calendario del mes de febrero del siguiente ejercicio fiscal. Articulo Cuarto.- Durante el periodo de vigencia, el titular de la Tarjeta de Ahorro Puntual Premium "TAP-

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