Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2005 (27/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, sabado 27 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

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Autorizan participacion de Congresista en evento del Parlamento Latinoamericano, a realizarse en la Republica de Panama
RESOLUCION Nº 003-2005-2006-P/CR MORDAZA, 22 de agosto de 2005 Vista la comunicacion del 20 de MORDAZA de 2005, suscrita por la senora Senadora MORDAZA M. MORDAZA, Secretaria de Comisiones del Parlamento Latinoamericano, mediante la cual informa a la Presidencia del Congreso de la Republica, que durante los dias 25 y 26 de agosto de 2005, se reuniran en la Republica de Panama, las Comisiones de "Seguridad Ciudadana, Combate y Prevencion al Narcotrafico, Terrorismo y Crimen Organizado", asi como "Equidad de Genero, Ninez y Juventud"; por lo que convoca a los parlamentarios miembros de las mencionadas comisiones; Que la Mesa Directiva del Congreso de la Republica, en su sesion del 11 de agosto de 2005, acordo autorizar al Congresista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de MORDAZA Vicepresidente de la Comision de Seguridad Ciudadana, Combate y Prevencion al Narcotrafico, Terrorismo y Crimen Organizado del Parlatino, para participar en dicha reunion; De conformidad con los articulos 23º incisos g) y h), 30º inciso i), 32º inciso d) y 33º del Reglamento del Congreso de la Republica; y los Acuerdos numeros 07095/MESA-CR, 002-98-99/MESA-CR y 341-2001-2002/ MESA-CR; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Primero.- Autorizar al senor Congresista de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Vicepresidente de la Comision de Seguridad Ciudadana, Combate y Prevencion al Narcotrafico, Terrorismo y Crimen Organizado del Parlamento Latinoamericano, para participar en la reunion que sostendra dicha comision los dias 25 y 26 de agosto de 2005, en la Republica de Panama. Segundo.- Autorizar a la Oficialia Mayor para que, con cargo al Pliego Presupuestal del Congreso de la Republica, otorgue al Congresista de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la suma de US$ 400,00 (Cuatrocientos y 00/100 Dolares Americanos) por concepto de viaticos, un pasaje aereo por la suma de US$ 581,21 (Quinientos Ochentiuno y 21/100 Dolares Americanos) y US$ 28,24 (Veintiocho y 24/100 Dolares Americanos) por Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto. Tercero.- Otorgar la licencia respectiva al congresista citado en el articulo primero, con cargo de dar cuenta al Consejo Directivo del Congreso de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AYAIPOMA MORDAZA Presidente 14947

Pangoa de la provincia de Satipo del departamento de MORDAZA, con la finalidad de extinguir el incendio forestal presentado en los bosques del Rio Ene y Rio Tambo ha rebasado las capacidades de respuesta de las entidades competentes de la MORDAZA, debido a la magnitud y extension del siniestro, asi como el caracter agreste del lugar, afectando 11 775,00 hectareas de bosques y plantaciones en general, avanzando a un promedio de 100 a 150 hectareas por dia; Que, la magnitud de la emergencia requiere la adopcion de medidas adicionales a las que se vienen ejecutando que per mitan al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI y a los sectores comprometidos, asi como al Gobierno Regional de MORDAZA y a los Gobiernos Locales respectivos, ejecutar las acciones inmediatas destinadas a afrontar la emergencia presentada, atender a la poblacion afectada, reducir y minimizar los riesgos existentes y rehabilitar las zonas afectadas; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 058-2001PCM, preve que la Presidencia del Consejo de Ministros presentara de oficio al Consejo de Ministros la declaratoria del Estado de Emergencia del area o areas afectadas por desastres de magnitud, proponiendo las medidas y/o acciones inmediatas que correspondan; Estando a la solicitud del Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 005-88-SGMD, modificado por el Decreto Supremo Nº 058-2001-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Declaracion de Estado de Emergencia por desastres naturales en los distritos de Rio Tambo, Rio Negro, Mazamari y Pangoa de la provincia de Satipo del departamento de MORDAZA Declarese el Estado de Emergencia por desastre natural de magnitud, en los distritos de Rio Tambo, Rio Negro, Mazamari y Pangoa de la provincia de Satipo, del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias naturales, a fin de adoptar las medidas y acciones inmediatas para atender la emergencia causada por el incendio forestal que afecta a dichas circunscripciones, y para la ejecucion de obras y actividades de rehabilitacion en el Sector Agricultura, conforme a las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Ejecucion de acciones El Ministerio de Agricultura a traves del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Defensa, el Ministerio del Interior, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, el Gobierno Regional de MORDAZA y los Gobiernos Locales de la provincia de Satipo y de los distritos de Rio Tambo, Rio Negro, Mazamari y Pangoa, declarados en Estado de Emergencia, ejecutaran las acciones inmediatas destinadas a afrontar la emergencia presentada, atender a la poblacion afectada, reducir y minimizar los riesgos existentes y rehabilitar las zonas afectadas. Articulo 3º.- Aprobacion de proyectos La Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres, creada por el Decreto Supremo Nº 0812002-PCM, aprobara los proyectos de obras y actividades de rehabilitacion en las zonas afectadas que seran presentados por los Sectores mencionados en el articulo 2º. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Salud, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Defensa,

PODER EJECUTIVO PCM
Declaran el Estado de Emergencia en los distritos de Rio Tambo, Rio Negro, Mazamari y Pangoa de la provincia de Satipo del departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 067-2005-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, las operaciones que vienen siendo desplegadas en los distritos de Rio Tambo, Rio Negro, Mazamari y

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