Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (27/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 9

PÆg. 299237 NORMAS LEGALES Lima, sábado 27 de agosto de 2005 Amplían plazo establecido en la R.J. N” 084-2005-AG-SENASA, debido alincremento de casos de fiebre aftosa enel territorio ecuatoriano RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 149-2005-AG-SENASA La Molina, 26 de agosto de 2005 VISTOS: El Documento DIR-2123/05 AFT-FMD-010 remitido por el Centro Panamericano de Fiebre Aftosa, en el queinforma que dentro del presente año y hasta la semana epidemiológica 27, el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria - SESA ha registrado 57 ocurrencias deenfermedad vesicular, de los cuales 22 fuerondiagnosticados como Fiebre Aftosa tipo O en Ecuador. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 084-2005-AG- SENASA, publicada el 1 de junio de 2005, se suspendiópor un período de noventa (90) días calendario laimportación de diversos animales y productos de origenanimal procedentes de Ecuador; Que, mediante Documento DIR-2123/05 AFT-FMD-010 el Centro Panamericano de Fiebre Aftosa, nos informaque dentro del presente año y hasta la semana 27, elServicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria-SESA haregistrado 57 ocurrencias de enfermedad vesicular, delos cuales 22 fueron diagnosticados como Fiebre Aftosa tipo O; Que, considerando lo expuesto en los párrafos anteriores, la ocurrencia de fiebre aftosa en las provinciasecuatorianas limítrofes con nuestros departamentosfronterizos en donde no hay presencia de estaenfermedad, representa un mayor riesgo sanitario para el país, por lo que resulta necesario disponer la ampliación del plazo extendido en el Artículo 1º de la ResoluciónJefatural Nº 084-2005-AG-SENASA por un período deciento ochenta (180) días calendario; De conformidad con lo dispuesto en la Decisión 515 de la Comunidad Andina; la Ley Nº 27322, Ley Marco de Sanidad Agraria; el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, Reglamento de Organización y Funciones del SENASAy el Decreto Supremo Nº 051-2000-AG; y con lasvisaciones de los Directores Generales de Sanidad Animaly Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar el plazo establecido en el Artículo 1º de la Resolución Jefatural Nº 084-2005-AG-SENASA por un período de ciento ochenta (180) díascalendario, debido al incremento de casos de Fiebre Aftosa registrados en lo que va del año en territorio ecuatoriano. Artículo 2º.- El plazo de la medida sanitaria contemplada en el Artículo 1º precedente podrá serreducido o ampliado en función a la información quereciba el SENASA sobre la situación sanitaria actualizada y/o a la verificación in situ de las condiciones epidemiológicas, y los procedimientos sanitariosimplementados por el Servicio Ecuatoriano de SanidadAgropecuaria - SESA. Artículo 3º.- El Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA a través de la Dirección General de Sanidad Animal, adoptará las medidas sanitarias complemen- tarias para el mejor cumplimiento de la presente norma. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR PALMA VALDERRAMA Jefe (e)Servicio Nacional de Sanidad Agraria 14944MINCETUR Autorizan viaje de profesional del Viceministerio de Comercio Exterior a Estados Unidos de NorteamØrica, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 241-2005-MINCETUR/DM Lima, 22 de agosto de 2005Visto, el Memorándum Nº 654-2005-MINCETUR/ VMCE, del Viceministro de Comercio Exterior; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la políticade comercio exterior y de turismo y es responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los sectores del Gobierno en elámbito de sus respectivas competencias; Que, el Perú conjuntamente con Ecuador y Colombia, viene negociando con los Estados Unidos deNorteamérica la suscripción de un Tratado de Libre Comercio - TLC, para cuyo efecto, a la fecha, se han realizado once Rondas de Negociaciones; Que, la XII Ronda de Negociaciones del TLC se llevará a cabo en la ciudad de Washington, Estados Unidos de Norteamérica, del 29 al 31 de agosto de 2005, eventocuya agenda incluye reuniones de la Mesa de Negociaciones sobre Propiedad Intelectual, la cual ha venido siendo presidida por el Sr. Luis Alonso OctavioGarcía Muñoz Nájar, profesional que presta servicios como Asesor en el Viceministerio de Comercio Exterior; Que, por tal razón, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del mencionado profesional, para que en representación del MINCETUR participe en la XII Ronda de Negociacionesdel TLC; De conformidad con las Leyes Nºs. 27619 y 27790, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Decreto deUrgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Washington, Estados Unidos de Norteamérica, del señorLuis Alonso Octavio García Muñoz Nájar, profesional que presta servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, para que participe, en representación del MINCETUR,como parte del equipo negociador peruano en la XII Ronda de Negociaciones del TLC, del 28 de agosto al 1 de setiembre de 2005. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 035: Ministerio de ComercioExterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 351,00 Viáticos (US$ 220,00 x 4 días) : US$ 880,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el profesional cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentaral Titular del MINCETUR un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en las reuniones a las que asistirá. Asimismo, presentará larendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechosaduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 14765