Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2005 (27/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, sabado 27 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

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Amplian plazo establecido en la R.J. Nº 084-2005-AG-SENASA, debido al incremento de casos de fiebre aftosa en el territorio ecuatoriano
RESOLUCION JEFATURAL Nº 149-2005-AG-SENASA La MORDAZA, 26 de agosto de 2005 VISTOS:

MINCETUR
Autorizan viaje de profesional del Viceministerio de Comercio Exterior a Estados Unidos de Norteamerica, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 241-2005-MINCETUR/DM MORDAZA, 22 de agosto de 2005

El Documento DIR-2123/05 AFT-FMD-010 remitido por el Centro Panamericano de Fiebre Aftosa, en el que informa que dentro del presente ano y hasta la semana epidemiologica 27, el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria - SESA ha registrado 57 ocurrencias de enfer medad vesicular, de los cuales 22 fueron diagnosticados como Fiebre Aftosa MORDAZA O en Ecuador. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 084-2005-AGSENASA, publicada el 1 de junio de 2005, se suspendio por un periodo de noventa (90) dias calendario la importacion de diversos animales y productos de origen animal procedentes de Ecuador; Que, mediante Documento DIR-2123/05 AFT-FMD-010 el Centro Panamericano de Fiebre Aftosa, nos informa que dentro del presente ano y hasta la semana 27, el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria-SESA ha registrado 57 ocurrencias de enfermedad vesicular, de los cuales 22 fueron diagnosticados como Fiebre Aftosa MORDAZA O; Que, considerando lo expuesto en los parrafos anteriores, la ocurrencia de fiebre aftosa en las provincias ecuatorianas limitrofes con nuestros departamentos fronterizos en donde no hay presencia de esta enfermedad, representa un mayor riesgo sanitario para el MORDAZA, por lo que resulta necesario disponer la ampliacion del plazo extendido en el Articulo 1º de la Resolucion Jefatural Nº 084-2005-AG-SENASA por un periodo de ciento ochenta (180) dias calendario; De conformidad con lo dispuesto en la Decision 515 de la Comunidad Andina; la Ley Nº 27322, Ley MORDAZA de Sanidad Agraria; el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA y el Decreto Supremo Nº 051-2000-AG; y con las visaciones de los Directores Generales de Sanidad Animal y Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar el plazo establecido en el Articulo 1º de la Resolucion Jefatural Nº 084-2005-AGSENASA por un periodo de ciento ochenta (180) dias calendario, debido al incremento de casos de Fiebre Aftosa registrados en lo que va del ano en territorio ecuatoriano. Articulo 2º.- El plazo de la medida sanitar ia contemplada en el Articulo 1º precedente podra ser reducido o MORDAZA en funcion a la informacion que reciba el SENASA sobre la situacion sanitaria actualizada y/o a la verificacion in situ de las condiciones epidemiologicas, y los procedimientos sanitarios implementados por el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria - SESA. Articulo 3º.- El Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA a traves de la Direccion General de Sanidad Animal, adoptara las medidas sanitarias complementarias para el mejor cumplimiento de la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) Servicio Nacional de Sanidad Agraria 14944

Visto, el Memorandum Nº 654-2005-MINCETUR/ VMCE, del Viceministro de Comercio Exterior; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR es el organismo publico competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la politica de comercio exterior y de turismo y es responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinacion con los sectores del Gobierno en el ambito de sus respectivas competencias; Que, el Peru conjuntamente con Ecuador y Colombia, viene negociando con los Estados Unidos de Norteamerica la suscripcion de un Tratado de Libre Comercio - TLC, para cuyo efecto, a la fecha, se han realizado once Rondas de Negociaciones; Que, la XII Ronda de Negociaciones del TLC se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos de Norteamerica, del 29 al 31 de agosto de 2005, evento cuya agenda incluye reuniones de la Mesa de Negociaciones sobre Propiedad Intelectual, la cual ha venido siendo presidida por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz Najar, profesional que presta servicios como Asesor en el Viceministerio de Comercio Exterior; Que, por tal razon, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del mencionado profesional, para que en representacion del MINCETUR participe en la XII Ronda de Negociaciones del TLC; De conformidad con las Leyes Nºs. 27619 y 27790, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos de Norteamerica, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz Najar, profesional que presta servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, para que participe, en representacion del MINCETUR, como parte del equipo negociador peruano en la XII Ronda de Negociaciones del TLC, del 28 de agosto al 1 de setiembre de 2005. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, se efectuaran con cargo al Pliego Presupuestal 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 351,00 Viaticos (US$ 220,00 x 4 dias) : US$ 880,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el profesional cuyo viaje se autoriza por la presente Resolucion, debera presentar al Titular del MINCETUR un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en las reuniones a las que asistira. Asimismo, presentara la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 14765

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