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PÆg. 306090 NORMAS LEGALES Lima, lunes 12 de diciembre de 2005 ORDENANZA Nº 881 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 1ro. de diciembre de 2005, la Propuesta de Ajustes al Sistema Vial Metropolitano, sustentado por el Instituto Metropolitano de Planificación; y, De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda yNomenclatura en su Dictamen Nº 125-2005-MML-CMDUVN; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REAJUSTE DEL SISTEMA VIAL METROPOLITANO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Artículo Primero .- Aprobar el Reajuste del Sistema Vial Metropolitano, en consecuencia, modificar el Plano del Sistema Vial Metropolitanoaprobado por la Ordenanza Nº 341-MML, en lo querespecta a la Rectificación del Trazo Vial de la VíaColectora C-01, en el cual se traslada el eje de la Av.Ferrocarril, del distrito de Villa María del Triunfo, de acuerdo a las Láminas 02, 03 y 04 que como Anexoforman parte de la presente Ordenanza, precisándoseque la Sección Vial Normativa se define en el rango20.00 ml. - 25.00 ml. en el tramo calle Lima - calleSupe y calle Olaya - Colectora C-01, y de 15.00 ml. en el tramo calle Supe - calle Olaya. Artículo Segundo .- El Instituto Metropolitano de Planificación efectuará las modificaciones necesarias del Plano del Sistema Vial Metropolitano y de las SeccionesViales Normativas, de acuerdo a la Rectificaciónaprobada en el Artículo precedente. Artículo Tercero .- Encargar a la Administración de la Municipalidad Metropolitana de Lima para que encoordinación con la Municipalidad Distrital de Villa Maríadel Triunfo, coloquen los hitos del nuevo trazo vial indicado en el Artículo Primero. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, el primero de diciembre del año dos mil cinco MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la MunicipalidadMetropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía ORDENANZA Nº 881 - LAMINAS 2, 3, 4