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PÆg. 306077 NORMAS LEGALES Lima, lunes 12 de diciembre de 2005 acciones legales que correspondan contra JONY RICHARD SALAS APAZA, YOLANDA ANGELICACABRERA CARRION, JAVIER CESAR ODAR HUAMANo JAVIER MOISES ODAR HUAMAN y los que resulten responsables, por presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, agravio del Estado ydel Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 20959 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1131-2005-JEF/RENIEC Lima, 8 de noviembre de 2005 VISTO: el Oficio Nº 1310-2005-GP/SGDAC/RENIEC, los Informes Nºs. 640, 653, 657, 658, 659, 664, 665, 669y 676-2005-GP/SGDAC/HYC/RENIEC y el InformeNº 1042-2005-GAJ/RENIEC de fecha 5 de setiembredel 2005, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Depuración Registral y Archivo Central del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil,en su permanente labor fiscalizadora, así como del procesode depuración inherente al procedimiento administrativo, hadetectado que los ciudadanos EVILA PATRICIA TELLO DELAGUILA o EVA PATRICIA TELLO DEL AGUILAR o EVA PATRICIA TELLO DEL AGUILA, MILAGROS QUISPE ARRANBIDE o MILAGRITO ZUBERDACH QUISPEARRAMBIDE o MILAGRITO ZUBERDAH QUISPEARRAMBIDE, SANTOSA CHOCCA DE PAUCAR oSANTOSA CHOCCA DE CCENTE, NELLY GREGORIACASTRO ESPINOZA, CARLOS HUMBERTO URBINA ESPARZA, ZONIA VIOLETA POLO PAREDES, ANGEL ENRIQUE CHILET PAZ o ANGEL ENRIQUE GOYAARGUELLES, TOMAS SORIA ROJAS y RUTH ESTHERQUEZADA GUEVARA, dada la simplificación administrativay en atención al principio de veracidad de las declaracionesen los documentos, se presentaron a solicitar inscripción en el entonces Registro Electoral y/o Registro Único de Identificación; Que, realizada la verificación documental correspondiente, se tiene que los datos proporcionadospor los ciudadanos antes citados son inexactos y/oinexistentes, determinándose la falsedad de los mismos; Que, los hechos antes descritos constituyen indicio razonable de la comisión de presunto delito contra la FePública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, previstoy sancionado en el artículo 428º del Código Penal vigente; Que, en atención a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, resulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que interponga lasacciones legales que correspondan en defensa de losintereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacióny Estado Civil contra EVILA PATRICIA TELLO DEL AGUILA o EVA PATRICIA TELLO DEL AGUILAR o EVA PATRICIA TELLO DEL AGUILA, MILAGROS QUISPE ARRANBIDEo MILAGRITO ZUBERDACH QUISPE ARRAMBIDE oMILAGRITO ZUBERDAH QUISPE ARRAMBIDE,SANTOSA CHOCCA DE PAUCAR o SANTOSA CHOCCADE CCENTE, NELLY GREGORIA CASTRO ESPINOZA, CARLOS HUMBERTO URBINA ESPARZA, ZONIA VIOLETA POLO PAREDES, ANGEL ENRIQUE CHILETPAZ o ANGEL ENRIQUE GOYA ARGUELLES, TOMASSORIA ROJAS, RUTH ESTHER QUEZADA GUEVARA ylos que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga lasacciones legales que correspondan contra EVILAPATRICIA TELLO DEL AGUILA o EVA PATRICIA TELLO DEL AGUILAR o EVA PATRICIA TELLO DEL AGUILA, MILAGROS QUISPE ARRANBIDE o MILAGRITOZUBERDACH QUISPE ARRAMBIDE o MILAGRITOZUBERDAH QUISPE ARRAMBIDE, SANTOSA CHOCCADE PAUCAR o SANTOSA CHOCCA DE CCENTE, NELLYGREGORIA CASTRO ESPINOZA, CARLOS HUMBERTO URBINA ESPARZA, ZONIA VIOLETA POLO PAREDES, ANGEL ENRIQUE CHILET PAZ o ANGELENRIQUE GOYA ARGUELLES, TOMAS SORIA ROJAS,RUTH ESTHER QUEZADA GUEVARA y los que resultenresponsables, por presunto delito contra la Fe Pública, enla modalidad de Falsedad Ideológica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para los fines aque se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 20958 S B S Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y CrØdito de Ica el aumento desu capital social RESOLUCIÓN SBS Nº 1759-2005 Lima, 28 de noviembre de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DEPENSIONES VISTA: La documentación presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica (CMAC Ica S.A.), mediante lacual solicita autorización para aumentar su Capital Social mediante la capitalización de parte de su Reserva Legal Especial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 039-2005- MPI de fecha 31 de marzo del 2005, el Concejo Municipalde Ica acuerda aumentar el Capital Social de la CajaMunicipal de Ahorro y Crédito de Ica, entre otros, mediante la capitalización de la Reserva Legal Especial del ejercicio 2004 por un monto de S/. 2,192,688.00 (Dosmillones ciento noventa y dos mil seiscientos ochenta yocho y 00/100 nuevos soles); Que, de conformidad con el artículo 62º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General, excepcionalmentey previa autorización de esta Superintendencia, lasempresas del sistema financiero podrán aumentar el capitalsocial mediante otras modalidades diferentes al aporte enefectivo, capitalización de utilidades y reexpresión del capital; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación de Microfinanzas "B" a través del InformeNº 111-2005-DEM"B", por la Superintendencia Adjuntade Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 756-2005-LEG; y contando con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas; De conformidad con el procedimiento Nº 84 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobadomediante Resolución SBS Nº 131-2002 del 11 de febrero; yen uso de las atribuciones conferidas por la precitada Ley; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica el aumento de su Capital Social