TEXTO PAGINA: 44
PÆg. 306074 NORMAS LEGALES Lima, lunes 12 de diciembre de 2005 representación del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legalescorrespondientes por los hechos expuestos en elAtestado de Vistos, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 20978 JNE Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de Alcalde y Regidor del Concejo Distrital de YonÆn RESOLUCIÓN Nº 388-2005-JNE Lima, 6 de diciembre 2005 VISTO el Oficio Nº 248-2005-MDY-TA de 29 de noviembre del 2005 remitido por la ingeniera EsperanzaRabanal Alva, Teniente Alcalde de la Municipalidad Distrital de Yonán, provincia de Contumazá, departamento de Cajamarca, por el que comunica la renuncia de don JuanJosé Córdova Zavala al cargo de Alcalde del citadomunicipio, en cumplimiento del artículo 194º de laConstitución Política, modificado por la Ley Nº 28607; CONSIDERANDO: Que el artículo 194º de la Constitución Política, modificado por la Ley Nº 28607 publicada en el DiarioOficial El Peruano el 4 de octubre de 2005, establece quelos Alcaldes para postular a Presidente de la República, Vicepresidente, miembro del Parlamento Nacional o Presidente del Gobierno Regional deben renunciar alcargo seis meses antes de la elección respectiva; Que este Colegiado estableció, mediante Resolución Nº 292-2005-JNE publicada en el Diario Oficial El Peruanoel 6 de octubre de 2005, que el 8 de octubre de 2005 es el último día para que los Alcaldes que deseen postular a la Presidencia, Vicepresidencias de la República,Parlamento Nacional y Parlamento Andino, puedanpresentar su renuncia irrevocable al cargo que ostentan,con firma legalizada ante notario público o juez de paz desu localidad, en caso de no existir notario; Que a fojas 9-10, obra la copia legalizada del acta de sesión extraordinaria de fecha 29 de noviembre de 2005,mediante el cual se aprobó por mayoría la renunciaformulada por don Juan José Córdova Zavala al cargode Alcalde del Concejo Distrital de Yonán, correspondienteal período municipal 2003 - 2006; Que a fojas 2 aparece copia certificada de la renuncia formulada por don Juan José Córdova Zavala al cargode Alcalde del Concejo Distrital de Yonán, provincia deContumazá, departamento de Cajamarca, en atención alo dispuesto por la mencionada Ley Nº 28607;advirtiéndose del sello de recepción que ésta ha sido presentada el 7 de octubre de 2005 y con la firma legalizada respectiva; Que habiéndose cumplido con las formalidades establecidas, el Jurado Nacional de Elecciones, en usode sus atribuciones: RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a doña María Esperanza Rabanal Alva para que asuma el cargo deAlcalde del Concejo Distrital de Yonán, provincia de Contumazá, departamento de Cajamarca, para completar el periodo de gobierno municipal 2003-2006, otorgándosela respectiva credencial; dejándose sin efecto lacredencial otorgada a don Juan José Córdova Zavala. Artículo Segundo.- Convocar a don José Ronald Altamirano Pérez , candidato no proclamado del Movimiento de Desarrollo de Bases independientes, para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital deYonán, provincia de Contumazá, departamento deCajamarca, para completar el período de gobiernomunicipal 2003-2006, otorgándose la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. S.S. MENDOZA RAMÍREZ. PEÑARANDA PORTUGALVELA MARQUILLÓVELARDE URDANIVIA.BALLÓN - LANDA CÓRDOVASecretario General. 20965 Definen circunscripciones electorales en las que se convocarÆn y constituirÆnlos Jurados Electorales Especiales parala realización de las Elecciones Generales del aæo 2006 RESOLUCIÓN Nº 389-2005-JNE Lima, 9 de diciembre de 2005 CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 096-2005-PCM, publicado el 8 de diciembre de 2005, se ha convocado aElecciones Generales para la elección Presidente,Vicepresidentes, Congresistas y Representantesperuanos ante el Parlamento Andino, para el domingo 9de abril del año 2006; Que el Jurado Nacional de Elecciones debe definir las circunscripciones electorales sobre la cuales seconstituirán los Jurados Electorales Especiales yOficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, queson órganos de carácter temporal creados para unproceso electoral específico y que forman parte de la estructura del Jurado Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales,respectivamente, de conformidad con lo establecido enel articulo 13º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859y en el artículo 32º de la Ley Orgánica del Jurado Nacionalde Elecciones Nº 26486; Que las circunscripciones electorales constituyen unidades geográficas necesarias para la planificación yejecución del proceso electoral; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones conferidas por la Constitución Política y laLey Nº 26486; RESUELVE: Artículo Primero.- Definir las circunscripciones electorales y sus respectivas sedes en las cuales se convocará y constituirá los Jurados Electorales Especiales para la realización de las EleccionesGenerales del año 2006, las cuales serán lassiguientes: Departamento Amazonas: CIRCUNSCRIPCIÓN JURISDICCIÓN SEDE 1. CHACHAPOYAS CHACHAPOYAS, BONGARÁ, CHACHAPOYAS BAGUA, CONDORCANQUI, LUYA, RODRIGUEZ DE MENDOZA Y UTCUBAMBA. Departamento Ancash: 2. HUARAZ HUARAZ, AIJA, BOLOGNESI , HUARAZ CARHUAZ, CORONGO, HUAYLAS, OCROS, RECUAY, SIHUAS Y YUNGAY. 3. SANTA SANTA, CASMA, HUARMEY Y NUEVO PALLASCA. CHIMBOTE 4. HUARI HUARI, ANTONIO RAYMONDI, HUARI ASUNCIÓN, CARLOS FITZCARRALD, MARISCAL LUZURIAGA y POMABAMBA .