Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2005 (12/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, lunes 12 de diciembre de 2005

para la capitalizacion de su Reserva Legal Especial por un monto de S/. 2,192,688.00 (Dos millones ciento noventa y dos mil seiscientos ochenta y ocho y 00/100 nuevos soles); y en consecuencia, autorizar la modificacion del articulo 5º de su Estatuto Social; y devuelvase la minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia para su elevacion a Escritura Publica en la que se insertara el texto de la presente Resolucion para su inscripcion en el Registro Publico correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 20893

Articulo 1º.- Asignar el monto recaudado por concepto de pago del Derecho de Vigencia de derechos mineros formulados durante la vigencia del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, el monto recaudado por Derecho de Vigencia por la formulacion de Petitorios Mineros al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, correspondiente al mes de octubre del 2005, de la siguiente manera:
Total a Distribuir Entidades Gob. Loc. Distrital INGEMMET INACC MEM TOTAL US$ S/. Deducciones US$ S/. Neto a Distribuir US$ S/.

337,402.19 51,580.05 -21,082.09 -71.93 316,320.10 51,508.12 44,986.96 44,986.96 22,493.48 6,877.34 6,877.34 3,438.67 -6,559.20 -6,559.20 -3,279.60 0.00 0.00 0.00 38,427.76 6,877.34 38,427.76 6,877.34 19,213.88 3,438.67

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INACC
Asignan monto recaudado por pago del Derecho de Vigencia de derechos mineros y por la formulacion de petitorios mineros, correspondiente al mes de octubre de 2005
RESOLUCION JEFATURAL Nº 5106-2005-INACC/J MORDAZA, 30 de noviembre del 2005 Visto; el Informe Nº 1604-2005-INACC/DGDV de la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo de fecha 30 de noviembre del 2005, que contiene la informacion correspondiente a la distribucion de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia de Derechos Mineros formulados conforme al Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, el monto recaudado de Derecho de Vigencia por la formulacion de Petitorios Mineros al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, durante el mes de Octubre del 2005; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 051-2005-MEM/ DGM, la Direccion General de Mineria delega al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero la facultad de emitir la resolucion que asigne los montos del Derecho de Vigencia y Penalidad de Derechos Mineros a las Instituciones Publicas Descentralizadas y a los Organismos senalados en el articulo 57º de la Ley General de Mineria, aprobada por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; Que, el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, establece la forma de distribucion de los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, asi como de la Penalidad; Que, conforme al articulo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo mediante Informe Nº 1604-2005INACC/DGDV ha determinado que por el mes de octubre del 2005, el monto total a distribuir es de US $ 449,869.59 (Cuatrocientos Cuarenta y Nueve Mil Ochocientos Sesenta y Nueve y 59/100 Dolares Americanos) y S/. 68,773.40 (Sesenta y Ocho Mil Setecientos Setenta y Tres y 40/100 Nuevos Soles), efectuandose compensaciones por un monto ascendente a US $ 37,480.09 (Treinta y Siete Mil Cuatrocientos Ochenta y 09/100 Dolares Americanos) y S/. 71.93 (Setenta y Uno y 93/100 Nuevos Soles), resultando un importe neto a distribuir de US $ 412,389.50 (Cuatrocientos Doce Mil Trescientos Ochenta y Nueve y 50/100 Dolares Americanos) y S/. 68,701.47 (Sesenta y Ocho Mil Setecientos Uno y 47/100 Nuevos Soles); Conforme a la delegacion efectuada por la Direccion General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas y con los visados de la Oficina General de Asesoria Juridica y la Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo;

449,869.59 68,773.40 -37,480.09 -71.93 412,389.50 68,701.47

(*) Ver Anexo Nº 1

Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion General de Mineria, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 051-2005-MEM/DGM. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Oficina General de Administracion del INACC, para que ejecute las acciones pertinentes a fin de proceder con las transferencias a las Instituciones y Gobiernos Locales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FCO. MORDAZA MORDAZA Jefe Institucional(e) Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA De conformidad con el Art. 92º del D.S. Nº 03-94-EM, Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria y el Art. 57º del TUO de la Ley General de Mineria, modificado por la Ley Nº 28327, se cumple con distribuir la recaudacion del Pago por Derecho de Vigencia durante el mes de Octubre del 2005 a las siguientes Municipalidades Distritales:
DPTO. / PROV. / DISTRITO AMAZONAS/CHACHAPOYAS CHACHAPOYAS AMAZONAS/LUYA INGUILPATA ANCASH/AIJA AIJA CORIS HUACLLAN SUCCHA ANCASH/ANTONIO RAYMONDI ACZO CHINGAS MIRGAS SAN MORDAZA DE RONTOY ANCASH/BOLOGNESI MORDAZA ANCASH/CARHUAZ ATAQUERO CARHUAZ ANCASH/CASMA BUENA VISTA ALTA CASMA ANCASH/CORONGO CUSCA ANCASH/HUARI ANRA HUACCHIS PAUCAS S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 543.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 U.S. $ 112.50 112.50 900.00 1,500.00 2,625.00 2,625.00 1,650.00 2,400.00 750.00 3,300.00 225.00 37.50 37.50 1,125.00 1,350.00 75.00 375.00 375.00 487.50

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