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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (25/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 84

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G37/G31/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 25 de diciembre de 2005 ORDENANZA Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo 6º) literal b) del inciso c) del Reglamento y Funciones yResponsabilidades de la Procuraduría Publica de la Municipalidad Distrital de La Perla de la Ordenanza Nº 011-2005-MDLP , siendo requisito para ser designadoProcurador Público Municipal, contar con experiencia profesional no menor de quince (15) años consecutivos debidamente acreditados. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, el cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Notificar la presente Ordenanza a las instancias administrativas para los fines pertinentes. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia del Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 21785 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SECHURA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61 /G41/G6D/G62/G69/G65/G6E/G74/G61/G6C/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G79/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G63/G63/G69/GF3/G6E/G41/G6D/G62/G69/G65/G6E/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G63/G68/G75/G72/G61 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 027-2005-MPS Sechura, 17 de noviembre del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SECHURA POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha diecisiete de noviembre del 2005; y, CONSIDERANDO: Que, son atribuciones del Concejo Municipal, como lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en su Artículo 9º, numerales 7, 8 y 14: “aprobar el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos,en concordancia con el Sistema de Gestión Ambiental Nacional y Regional”, así como “aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”y, “aprobar normas que garanticen una efectiva participación vecinal”; Que, el sistema de planificación local tiene como principios la participación ciudadana, a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, la transparencia, la gestión moderna y rendición de cuentas, la inclusión,eficiencia, eficacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiaridad, consistencia con las políticas nacionales, especialización de las funciones, competitividad eintegración, tal como lo indica el Artículo lX: Planeación Local, de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, es competencia de las Municipalidades Provinciales emitir normas técnicas generales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, asícomo sobre protección y conservación del ambiente, de conformidad con el Art. 73º, inciso d) y numerales 3.1 al 3.5 de la Ley Orgánica de Municipalidades - LeyNº 27972; Que, el Artículo 80º, numeral 1, de la referida Ley se establecen las funciones específicas exclusivas de lasmunicipalidades provinciales en materia de saneamiento, salubridad y salud;Que, en virtud al proceso seguido con el acompañamiento del CONAM, y en coordinación con diversas organizaciones públicas, privadas y mixtas de la localidad, así como con la amplia participación delos actores locales vinculados a los recursos naturales y gestión ambiental, se han formulado de manera participativa los instrumentos de gestión ambiental comoson: las Políticas Ambientales, el Plan de Acción Ambiental y la Agenda Ambiental Local, para fortalecer su gestión y lograr la articulación con los procesos degestión ambiental regional y nacional, de conformidad con la Ordenanza Regional Nº 077-2005/GRP-CR que aprueba el Sistema Regional de Gestión Ambiental dela Región Piura y los Arts. 2º y 3º de la Ley Nº 28245 - Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y su reglamento aprobado mediante D.S. Nº 008-2005-PCM; Por lo expuesto, de conformidad con lo establecido en los numerales 8 y 14 del artículo 9º de la Ley Orgánicade Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA SOBRE POLÍTICA AMBIENTAL LOCAL Y PLAN DE ACCIÓN AMBIENTAL DE SECHURA Artículo Primero.- APROBAR LA POLÍTICA AMBIENTAL LOCAL DE LA PROVINCIA DE SECHURAcon su contenido en 10 numerales, que como anexo es parte integrante de esta Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR EL PLAN DE ACCIÓN AMBIENTAL LOCAL DE SECHURA, que como anexo es parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- APROBAR LA AGENDA AMBIENTAL LOCAL DE LA PROVINCIA DE SECHURA, que como anexo es parte integrante de la presenteOrdenanza. Artículo Cuarto.- GESTIONAR la implementación participativa de la Política y el Plan Ambiental Localaprobados por la Municipalidad Provincial de Sechura, asegurando compromisos concretos de las instituciones y organizaciones de la sociedad civil, en base a unavisión compartida. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al siguiente día de su publicación enel Diario Oficial El Peruano, o el de la región. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase. JUSTO ECHE MORALES Alcalde 21798 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E /G41/G6D/G62/G69/G65/G6E/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 028-2005-MPS Sechura, 17 de noviembre del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SECHURA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Sechura, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha diecisiete de noviembre del 2005, ha aprobado la siguiente Ordenanza Municipal que aprueba elSistema de Gestión Ambiental de la provincial de Sechura; y, CONSIDERANDO: Que, en el actual proceso de transición democrática, la descentralización ha establecido el enfoque dedesarrollo sostenible como parte de las políticas de Estado de cumplimiento obligatorio;