Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2005 (25/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 25 de diciembre de 2005

Sechura, constituyendose en el principal organo de gobierno promotor del desarrollo local; Que el Art. 73 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que el rol de las municipalidades provinciales comprende: la planificacion integral del desarrollo local y ordenamiento territorial en el ambito provincial, promoviendo e impulsando el MORDAZA de planeamiento para el desarrollo integral correspondiente al ambito provincial, recogiendo las prioridades propuestas en los procesos de planeacion de desarrollo local de caracter Distrital; Que el Art. 73 de la LOM 27972, igualmente establece las competencias y funciones especificas de las municipalidades provinciales dentro de las cuales se encuentran: la Organizacion del espacio fisico, uso del suelo, Zonificacion, Catastro MORDAZA y rural, saneamiento fisico legal de asentamientos humanos, Acondicionamiento Territorial, Renovacion MORDAZA, infraestructura MORDAZA o rural basica, vialidad, etc.; Que el literal 3) del Art. 73 de la mencionada Ley Organica de Municipalidades establece como funcion en materia ambiental de las Municipalidades Provinciales: formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y politicas locales en materia ambiental, en concordancia con las politicas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales, asi como proponer la creacion de areas de conservacion Ambiental y promover la educacion e investigacion ambiental incentivando la participacion vecinal; Que, de acuerdo al Art. 79 de la LOM, las municipalidades provinciales tienen funciones especificas para aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial, el Plan de Desarrollo MORDAZA, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificacion de areas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demas planes especificos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Terr itor ial y, a pronunciarse respecto de las acciones de demarcacion territorial de cada provincia; Que, el articulo 11º del Decreto Supremo Nº 0872004-PCM, Reglamento de Zonificacion Ecologica Economica-ZEE, establece que los Gobiernos Regionales y Locales son las entidades encargadas de la ejecucion de la Zonificacion Ecologica Economica dentro de sus respectivas jurisdicciones; Que, el articulo 16º del citado Decreto Supremo establece que cada MORDAZA de ZEE desarrollado en el ambito regional y local (macro y meso) requiere la conformacion de una Comision Tecnica; Por las consideraciones expuestas y con el MORDAZA unanime del Concejo Municipal de Sechura, en la fecha, se ha dado la siguiente ORDENANZA MUNICIPAL: Articulo Primero.- Declarese de interes provincial la Zonificacion Economica Ecologica y el ordenamiento territorial de la provincia de Sechura. Articulo Segundo.- Crease la Comision Tecnica Provincial de Zonificacion Ecologica Economica y ordenamiento territorial, que estara integrada por los representantes siguientes: a) El MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Sechura, o su representante. b) Los Alcaldes de las Municipalidades Distritales de la Provincia de Sechura. c) Un representante de Comunidad Campesina San MORDAZA de Sechura. d) Un representante de los organismos no gubernamentales instalados en el ambito Provincial (Consorcio ESCAES - HUAYUNA). e) Un representante de la Agencia Agraria. f) Un representante del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI. g) Un representante de IMARPE. h) Un representante de del Ministerio de Salud de Sechura. i) Un representante de la Unidad de Gestion Educativa Local de Sechura - UGEL. j) Un representante del Viceministerio de Pesqueria de Sechura. k) Un representante del Instituto Superior Tecnologico MORDAZA MORDAZA Plata de Sechura.

l) Un representante de la Empresa Conservera Garrido. m) Un representante de la Junta de Usuarios de Riego de Sechura. n) Un representante del Sindicato de Pescadores de Sechura. Articulo Tercero.- La Comision Tecnica tendra las siguientes funciones: a) Proponer, opinar, acompanar y coordinar la ejecucion del MORDAZA de la Zonificacion Ecologica y Economica - ZEE a nivel provincial y distrital; asi como los aspectos relacionados a la macro-zonificacion regional; y, b) Proponer los mecanismos de consulta y participacion ciudadana y procesos de difusion y capacitacion. Articulo Cuarto.- Constituir el Equipo Tecnico de Zonificacion Ecologica Economica y Ordenamiento Territorial, que brindara apoyo tecnico y tendra como funcion principal la de elaborar el Plan de Acondicionamiento Territorial. Esta Comision estara integrada por los siguientes representantes: a) El Gerente de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Sechura; b) Un representante de la Facultad de Arquitectura de la Universidad Nacional de Piura; c) Un representante de INDECI; d) Un representante de ESCAES - HUAYUNA; e) Un representante del Colegio de Ingenieros Sede Sechura; f) Un representante de Foro Ciudades para la Vida; g) Un representante de IMARPE; h) Un representante de la Agencia Agraria. Articulo Quinto.- DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano o el de la Region. Segunda.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA para realizar las coordinaciones y acciones correspondientes para implementar los alcances de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21800

Crean la Comision Ambiental Municipal-CAM de la provincia de Sechura
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 030-2005-MPS Sechura, 17 de noviembre del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SECHURA POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Extraordinaria de fecha diecisiete de noviembre del 2005; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Art. 20º, incisos 5, 13 y 34, respectivamente, de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, se establece como atribuciones de la Municipalidad: promulgar

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