Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2005 (27/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, martes 27 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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VISTA, la solicitud formulada con registro P/D Nº 052916 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre modificacion del contrato de concesion por ampliacion del area de concesion; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 978-2003-MTC/ 03 de fecha 18 de noviembre de 2003, se otorgo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, en el area que comprende el distrito de Contamana, de la provincia de Ucayali, del departamento de Loreto; suscribiendose el respectivo contrato de concesion el 4 de febrero de 2004; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita modificar el contrato de concesion por ampliacion del area de concesion del servicio otorgado por Resolucion Ministerial Nº 978-2003-MTC/03, al distrito de MORDAZA MORDAZA, de la provincia de Mariscal MORDAZA, del departamento de Loreto; Que, la clausula Decima Sexta del contrato de concesion suscrito con MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA establece que las partes podran acordar, por escrito, la modificacion o cambio del presente Contrato sujetandose a las leyes y reglamentos vigentes; Que, mediante Informe Nº 501-2005-MTC/17.01.ssp, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones opina que procede modificar el contrato de concesion ampliando el area de concesion al distrito de MORDAZA MORDAZA, de la provincia de Mariscal MORDAZA, del departamento de MORDAZA, y aprobar su correspondiente Plan Minimo de Expansion, asi como incorporar las caracteristicas tecnicas: "Descripcion de la Red"; del servicio concedido por Resolucion Ministerial Nº 978-2003-MTC/03; De conformidad con lo dispuesto por el TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el TUO del Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004MTC con su modificatoria y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar el area de concesion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 978-2003-MTC/03 a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, incluyendo el distrito de MORDAZA MORDAZA, de la provincia de Mariscal MORDAZA, del departamento de MORDAZA, para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, conforme al Anexo 1 que forma parte de la Adenda que se aprueba mediante la presente Resolucion y que reemplaza el Anexo 1 del contrato de concesion aprobada por la citada Resolucion. Articulo 2º.- Aprobar el Plan Minimo de Expansion correspondiente al area ampliada a que se refiere el articulo precedente, conforme al Anexo 2 de la Adenda que se aprueba mediante la presente Resolucion y que reemplaza el Anexo 2 del contrato de concesion aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 978-2003-MTC/ 03; asi como aprobar la incorporacion del Anexo 3 "Descripcion de la Red" para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico. Articulo 3º.- Aprobar la Adenda mediante la cual se formaliza la incorporacion del numeral 6.11 "Instalacion de la Red", con su correspondiente Anexo 3, en la clausula Sexta del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 978-2003-MTC/03; se sustituyen los Anexos 1 y 2 del mencionado contrato. Articulo 4º.- La presente resolucion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio

emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda no es suscrita por el solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 21829

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Declaran desafectacion administrativa de terrenos ubicados en el departamento de MORDAZA
JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCION Nº 114-2005/SBN-GO-JAD La MORDAZA, 16 de diciembre de 2005 Visto el Expediente Nº 083-2005/SBN-JAD, que versa sobre el terreno de 3 756,34 m², ubicado con frente a la linea del ferrocarril central, constituido por el Lote 1 y parte del Lote 2 de la Lotizacion La Cantuta, en el distrito de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, el cual constituye Aporte Reglamentario a favor del Estado; y, CONSIDERANDO: Que, el Estado es propietario del terreno ubicado con frente a la linea del ferrocarril central, constituido por el Lote 1 y parte del Lote 2 de la Lotizacion La Cantuta, en el distrito de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, el cual cuenta con un area de 3 756,34 m², inscrito en el Asiento 1, Fojas 27 del Tomo 537 continuada en la Partida Nº 46291425 del Registro de Predios de la MORDAZA Registral Nº IX, Sede MORDAZA y registrado en el Asiento Nº 698 del Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al departamento de Lima; Que, en virtud a la Ley Nº 27395, la Superintendencia de Bienes Nacionales - SBN, es un organismo publico descentralizado, adscrito al Ministerio de Economia y Finanzas, encargado de llevar el registro, control y administracion de los bienes inmuebles y muebles que comprende el Patrimonio Fiscal, el cual tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes en MORDAZA con el interes social; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 422, de fecha 23 de agosto de 1948, se ha declarado cumplida la ejecucion de las obras llevadas a cabo sobre terrenos del fundo "Chosica", ejecutadas por su propietaria Compania "La Cantuta" S.A., ubicados en el distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, la mencionada Resolucion Suprema dispone como terreno para el Estado, la extension de 3 831,90 m², ligeramente superior al 2% de Aporte Reglamentario, ubicado sobre la totalidad de Lote 1 y parte del Lote 2, la que posteriormente fue rectificada por el area real de 3 756,34 m²; Que, el articulo 15º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, establece que los predios provenientes de aportes reglamentarios que tengan atributos de inalienabilidad, imprescriptibilidad, intangibilidad, reserva o caracteristicas similares, podran excepcionalmente, incorporarse al dominio privado del Estado, previo

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