Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2005 (27/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 27 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES
Segunda.-

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de Alturas de Edificaciones del Centro Historico de MORDAZA, el cual sera elaborado por una Comision Especial de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y elevado al Concejo Metropolitano, por manzanas o ejes viales, para su aprobacion por Ordenanza, en un plazo de 90 dias habiles a partir de la puesta en vigencia de la presente Ordenanza. Segunda.Conformese la Comision Especial citada en la disposicion anterior, responsable de formular el Plano de Alturas de Edificaciones del Centro Historico de MORDAZA, la cual estara integrada por cinco (5) Funcionarios Especialistas en el tema: dos (2) Representantes de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, uno de los cuales la presidira; un (1) Representante del Instituto Metropolitano de Planificacion, un (1) Representante de PROLIMA y un (1) Representante del Instituto Nacional de Cultura. El Instituto Catastral de MORDAZA, dispondra de la Base Cartografica necesaria para el cumplimiento del referido encargo. Tercera.Dispongase, que la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Gerencia de Desarrollo Empresarial de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en un plazo no mayor de 60 dias, formulen las normas sobre Niveles y Estandares Operacionales que deberan aplicarse en el Cercado de MORDAZA y en especial en su Centro Historico, tomando en cuenta las diferentes Zonas e Indices para las Actividades Urbanas que se aprueban. Cuarta.Dispongase, que todos los Organos ejecutivos de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, en su jurisdiccion, ejerzan un estricto control sobre las actividades constructivas y de funcionamiento en los inmuebles que se edifiquen y se regularicen a partir de la vigencia de la presente Zonificacion, garantizando en especial la seguridad publica, el mejoramiento del entorno ambiental y el irrestricto uso publico de los espacios y vias de la ciudad. Quinta.Dispongase que las actividades urbanas ubicadas en el Centro Historico de MORDAZA, que no cumplan con los requisitos y condiciones para su funcionamiento, procedan a su adecuacion a partir de la puesta en vigencia de la presente Ordenanza, para lo cual, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a traves de sus organos competentes, realizara la evaluacion que corresponda y determinara en cada caso los plazos de adecuacion o de clausura de los establecimientos NoConforme, precisando los procedimientos administrativos que convengan, los mismos que seran aprobados por Decreto de Alcaldia. DISPOSICIONES FINALES Primera.Deroguense los Articulos 8º, 14º, 15º, 16º, 30º, 32º, 33º, 39º, 40º, 43º, 44º, 61º y la Novena Disposicion Transitoria, y el Anexo Nº 2 referido al Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas de la Ordenanza Nº 201; los Articulos 15º, 16º, 83º, 84º, 85º y 86º de la Ordenanza Nº 062; los Articulos 76º numeral 2 y 77º, y la Primera Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 99-MLM, el Articulo 9º de la Ordenanza Nº 620 modificada por el Articulo Primero de la Ordenanza Nº 719, todas emitidas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en cuanto a los plazos establecidos se refieren, asi como la Ordenanza Nº 226; y toda otra MORDAZA y disposicion que se oponga a la presente Ordenanza.

Garanticese la plena vigencia de la Zonificacion que se aprueba mediante la presente Ordenanza, disponiendose que la misma, solo podra ser modificada a traves de Cambios Especificos de Zonificacion que promueva la inversion publica o privada, debidamente sustentados y declarados de interes local por la Municipalidad Distrital del MORDAZA en su jurisdiccion o por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, los que se aprobaran siguiendo el procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 620-MML del 4 de MORDAZA de 2004. Tercera.Facultese al MORDAZA Metropolitano, para que a traves de Decreto de Alcaldia, a solicitud de la Gerencia de Desarrollo Empresarial y con la opinion favorable de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, pueda modificarse el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas aprobado como Anexo Nº 3 de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, a los veinte dias del mes de diciembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia EXPOSICION DE MOTIVOS DE LA ORDENANZA Nº 893 de fecha 20 de diciembre de 2005 El articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de acuerdo al articulo 79º numeral 1.1) y 1.2) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, del 26 de MORDAZA de 2003, son funciones exclusivas de las Municipalidades Provinciales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las areas urbanas y de expansion MORDAZA, asi como las areas de proteccion o de seguridad por riesgos naturales; las areas agricolas y las areas de conservacion ambiental y Aprobar el Plan de Desarrollo MORDAZA, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificacion de areas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demas planes especificos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial. De conformidad con el articulo 161º incisos 1, 2, 6 y 7 de la Ley Organica de Municipalidades, compete a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA las funciones especiales de: mantener y ampliar la infraestructura metropolitana, controlar el uso del suelo y determinar las zonas de expansion, constituir el sistema metropolitano de parques, planificar y definir la red vial metropolitana, promover la ejecucion de programas de vivienda para familias de bajos recursos, disenar y ejecutar programas de renovacion MORDAZA, promover servicios en casos de desastres, fomentar la inversion privada en proyectos de infraestructura metropolitana, coordinar el saneamiento ambiental de la Metropoli, entre otras. Que, mediante Ordenanza Nº 620-MML, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 de MORDAZA de 2004, se aprobo la MORDAZA Reglamentaria del MORDAZA de Aprobacion del Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA de MORDAZA, de los Planes Urbanos Distritales y de la Actualizacion de la Zonificacion de los Usos del Suelo, entendiendose esta MORDAZA, como el conjunto de normas urbanisticas que regulan el uso del suelo en funcion de las demandas fisicas,

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