Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2005 (27/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, martes 27 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES
ANEXO Nº 2

Pag. 307299

CUADRO Nº 01: NORMAS DE ZONIFICACION DE LOS USOS DEL SUELO DEL CENTRO HISTORICO DE MORDAZA
MORDAZA CARACTERISTICAS URBANAS Mayormente dentro del Area Patrimonio Cultural de la Humanidad USOS GENERALES PERMITIDOS (2) Gubernamental, Administrativo, Financiero, Cultural, Turistico, Culto, Comercial y Vivienda LOTE MINIMO ALTURA DE EDIFICACION (1) AREA LIBRE a. En edificaciones existentes se mantendran las areas libres respectivas. b. En edificaciones nuevas exceptuando Comercio: 30% En edificaciones comerciales: 20% c. En otras edificaciones nuevas, lo necesario para iluminar y ventilar los ambientes segun el RNC RETIRO a. La linea de la edificacion debe coincidir con la linea de propiedad, alineandose los frentes de la edificacion en toda su longitud. b. Se permitira retiro en el fondo del lote. ESTACIONAMIENTO a. Incremento de estacionamiento no exigible en remodelaciones de

ZTE-1 MORDAZA DE TRATAMIENTO ESPECIAL 1 Concentra Ambientes MORDAZA Monumentales y Monumentos de 1er. Orden, predomina arquitectura de caracter Religioso e Institucional. Mayormente fuera del Area Patrimonio Cultural de la Humanidad ZTE-2 MORDAZA DE Concentra Ambientes MORDAZA TRATAMIENTO Monumentales del siglo XX y gran ESPECIAL 2 densidad de inmuebles de Valor Monumental. Dentro y fuera del Area Patrimonio ZTE-3 Cultural de la Humanidad. MORDAZA DE TRATAMIENTO ESPECIAL 3

El existente a. MORDAZA Patrimonio (No se Cultural de la permitira Humanidad: 9 mts. subdivision de lotes) b. Resto del Centro Historico: 11 mts.

b. No exigible en lotes ubicados en vias peatonales

Comercial, Servicios, Talleres y Vivienda.

c. Corredores Uso Especializado: 22 mts. (8 pisos) d. En las laderas de los cerros San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y El Altillo la altura MORDAZA sera de 3 pisos.

c. Exigible en obra nueva que abarque la totalidad del lote con frente mayor a 10 metros: Un (01) estacionamiento cada 100 m2 de area de comercio y oficinas y uno (01) cada 4 viviendas d. El estacionamiento para usos especiales se regira por lo senalado en el Cuadro de Normas de Zonificacion Comercial del Area II del Cercado de Lima.

Vivienda, Comercial y Talleres Artesanales

ESPECIFICACIONES NORMATIVAS (1) Las Alturas de Edificacion indicadas, corresponden a las aprobadas mediante la Ordenanza Nº 062-MML, con excepcion del numeral «d». Estas seran vigentes hasta que se aprueben las nuevas Alturas de Edificacion que deberan ser elaboradas por la Comision Especial a que se refiere la MORDAZA Disposicion Transitoria de la presente Ordenanza. (2) La Compatibilidad de los Usos del Suelo del Centro Historico de MORDAZA esta establecida en el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas del Centro Historico y Cercado de MORDAZA, que se aprueben en el Articulo 3º de la presente Ordenanza.

CUADRO Nº 02: NORMAS DE ZONIFICACION RESIDENCIAL DEL CERCADO DE MORDAZA
MORDAZA USOS GENERALES PERMITIDOS LOTE MINIMO (m2) 120 150 150 Residencial de Densidad Media RDM (d) Vivienda Multifamiliar 200 200 Vivienda-Taller Conjunto Residencial Residencial de Densidad Alta RDA Vivienda Multifamiliar 180 1600 300 300 2500 10 10 10 10 8 5 6 (a) 3 (b) 7 7 1.5 (a+r) (c) 1.5 (a+r) 40% 40% 35% 50% 40% 50% 60% 1 cada 2 viv 1 cada 2 viv 1 cada viv 1 cada viv 1 cada viv 1 cada viv 1 cada viv FRENTE MINIMO (ml) 6 8 8 ALTURA DE EDIFICACION MORDAZA (pisos) 3 4 5 (a) AREA LIBRE MINIMA ESTACIONAMIENTO

Vivienda Unifamiliar

30% 40% 40%

1 cada viv 1 cada 2 viv 1 cada 2 viv

Conjunto Residencial

ESPECIFICACIONES NORMATIVAS 1.- Alturas de Edificacion (a) Frente a Parques y Avenidas con ancho mayor de 20 mts. (b) Podra construir hasta una altura de 4 pisos si se destina toda la edificacion a uso residencial (c) Frente a Avenidas con ancho mayor de 25 mts. (d) En el sector comprendido entre las Avs Meiggs, MORDAZA Ugarte, MORDAZA Duarez y el limite con el Callao, se permitira una altura MORDAZA de 3 pisos 2.- Otras Especificaciones 2.1. Se considera un area minima de 75 m2 para departamentos de 3 dormitorios. Se podran incluir departamentos de 2 y 1 dormitorio con areas y en porcentajes a definir por la Gerencia de Desarrollo Urbano. Se contara como dormitorio todo ambiente cuyas dimensiones permitan dicho uso. 2.2. En las zonas RDM se podra construir vivienda unifamiliar en cualquier lote superior a 90 m2 2.3. La calificacion Vivienda Taller (VT) se aplicara a aquellas areas actualmente calificadas como I1-R. Esta calificacion permite el uso de Vivienda y Talleres como actividad complementaria a la vivienda, segun el Indice de Usos y los Niveles Operacionales. En MORDAZA de Vivienda Taller se permitira hasta una altura de 5 pisos si se destina toda la edificacion a uso residencial. En esta MORDAZA se permitira la permanencia de aquellos establecimientos exclusivamente industriales que actualmente existen, los cuales deberan adecuarse a las condiciones de funcionamiento y plazos que se definan para tal efecto. No se permitiran nuevos establecimientos industriales en las Zonas de Vivienda Taller (VT) 2.4. En las Zonas RDM y RDA se permitira el funcionamiento de oficinas administrativas y comerciales a MORDAZA cerrada en viviendas unifamiliares existentes. 2.5. Se permitiran actividades comerciales menores en lotes en esquina hasta un MORDAZA de 60 m2 . 2.6. La compatibilidad de Usos del Suelo residencial con otras zonas, esta establecida en el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas correspondiente al Centro Historico y Cercado de Lima.

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