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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (30/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 220

TEXTO PAGINA: 220

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G37/G39/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de diciembre de 2005 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73 /G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20 /G64/G65/G20 /G4C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20 /G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C/G6D/G61/G6E/G74/G65/G6E/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G72/G71/G75/G65/G73/G20/G79/G20/G4A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G79/G20/G53/G65/G72/G65/G6E/G61/G7A/G67/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F /G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G36 ORDENANZA Nº 0037-2005/CM-MPH-M Matucana, 15 de diciembre del 2005 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI - MATUCANA POR CUANTO:El Concejo Provincial de la Municipalidad de Huarochiri Matucana, en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fechay Visto el informe Nº 244-2005-GM-MPH-M de fecha 6 de diciembre del 2005 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimircontribuciones y tasas, concordante con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; Que, en el artículo 66º, literal a) del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado con el D.S. Nº 156-2004-EF, se establece que las municipalidades podrán imponer tasas por serviciospúblicos o arbitrios, definiéndolas como aquellas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente; Que, mediante la presente Ordenanza se establece el marco legal del régimen tributario aplicable a las Tasas denominadas arbitrios de Limpieza Pública (recolecciónde desechos sólidos y barrido de calles); Mantenimiento e Implementación de Parques y Jardines Públicos; y Serenazgo, en la jurisdicción del distrito de Huarochirí -Matucana, para el ejercicio fiscal 2006; Que, de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal Constitucional, en su Sentencia Nº 00053-2004-AI/TC,en su numeral 8, se declara que la presente sentencia, al igual que la STC Nº 0041-2004-AI/TC, tiene fuerza de ley, de modo que tiene calidad de cosa juzgada y es deobligatorio cumplimiento en todos sus términos, estando las autoridades municipales obligadas a respetar el espíritu de su contenido y cumplir bajo responsabilidad,las reglas vinculantes establecidas, por lo tanto la aprobación de la presente Ordenanza se debe de ajustar a las sentencias antes señaladas; Estando a lo dispuesto en el artículo 9º numerales 8) y 9) y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del Trámite de Lectura yAprobación del Acta POR UNANIMIDAD, se ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APRUEBESE el Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública (Recolección de Desechos Sólidos y Barridos de Calles), mantenimiento de Parques y Jardines Públicos y Serenazgo en lajurisdicción de la provincia de Huarochirí - Matucana para el Ejercicio Fiscal 2006. Artículo Segundo.- APRUÉBESE LAS TASAS de los arbitrios municipales señalados en el artículo precedente, el mismo que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE, la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y el contenido íntegro del Régimen en el periódico mural de la Municipalidad Provincial de HuarochiríMatucana, así como en la P´´agina Web de este corporativo edil: WWW. muniprovhuarochiri.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROSA G. VÁSQUEZ CUADRADO Alcaldesa 22009/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G61/G64/G65/G63/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G64/G65 /G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20 /G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20 /G61/G20 /G6C/G6F/G73/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G65/G73/G20/G32/G30/G30/G31/G20/G61/G20/G32/G30/G30/G35/G20/G64/G65/G61/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G61/G20/G63/G72/G69/G74/G65/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G53/G65/G6E/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G73 /G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4E/GBA/G73/G2E/G20/G30/G30/G30/G35/G33/G2D /G32/G30/G30/G34/G2D/G50/G49/G2F/G54/G43/G20/G79/G20/G30/G30/G34/G31/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G41/G49/G2F/G54/G43 ORDENANZA Nº 0038-2005/CM-MPH-M Matucana, 15 de diciembre del 2005 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRÍ-MATUCANA POR CUANTO: El Concejo Provincial de la Municipalidad de Huarochirí- Matucana, en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha; y Visto el informe Nº 244-2005-GM-M de fecha 6 de diciembredel 2005 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimircontribuciones y tasas, concordante con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado; Que, en el artículo 66º, literal a) del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado con el D.S. Nº 156-2004-EF, se establece que las municipalidades podrán imponer tasas por serviciospúblicos o arbitrios, definiéndolas como aquellas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente; Que, mediante la presente Ordenanza se establece el marco legal del régimen tributario aplicable a las Tasas denominadas arbitrios de Limpieza Pública (recolección dedesechos sólidos y barrido de calles); Mantenimiento e Implementación de Parques y Jardines Públicos; y Serenazgo, en la jurisdicción del distrito de Huarochirí-Matucana,adecuadas para los ejercicios fiscales 2001 al 2005; Que, de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal Constitucional, en su Sentencia Nº 00053-2004-AI/TC, en sunumeral 8,se declara que la presente sentencia, al igual que la STC Nº 0041-2004-AI/TC, tiene fuerza de ley, de modo que tiene calidad de cosa juzgada y es de obligatorio cumplimientoen todos sus términos, estando las autoridades municipales obligadas a respetar el espíritu de su contenido y cumplir bajo responsabilidad, las reglas vinculantes establecidas, por lotanto la aprobación de la presente ordenanza se debe de ajustar a las sentencias antes señaladas; Estando a lo dispuesto en el artículo 9º numeral 8) y 9) y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta POR UNANIMIDAD, se ha dado lasiguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APRUÉBESE la adecuación de ordenanzas de arbitrios correspondientes a los ejerciciosfiscales 2001 al 2005 de acuerdo con los criterios establecidos por Sentencias del Tribunal Constitucional Nº 00053-2004-PI/TC y Nº 0041-2004-AI/TC. Artículo Segundo.- APRUÉBESE los anexos que forman parte integrante de la presente ordenanza, los mismos que sustentan la Estructura de costos, Informe Técnico y Tasas. Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y contenido integro de la adecuación de las ordenanzas de arbitrioscorrespondientes a los ejercicios 2001 al 2005, conforme a la Sentencia del Tribunal Constitucional Nº 00053-2004- PI/TC y Nº 0041-2004-AI/TC. En el periódico Mural de laMunicipalidad Provincial de Huarochirí - Matucana, así como en la Pagina Web de este corporativo edil: www. muniprovhuarochiri.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROSA G. VÁSQUEZ CUADRADO Alcaldesa 22010