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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005 (30/12/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 220

TEXTO PAGINA: 206

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G37/G39/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de diciembre de 2005 predio, dividido en partes proporcionales a la cuota ideal de cada propietario. Artículo 22º.- CASA HABITACIÓN CON OTROS USOS Para todos aquellos predios destinados a casa habitación, donde además se conduzca un local comercialo de servicios, cuya área construida no supere los cincuenta metros cuadrados (50m 2), el monto de los Arbitrios Municipales a pagar será el correspondiente a casahabitación. En los casos en que el área construida del local comercial o de servicios supere el límite señalado en el párrafo anterior,se deberá independizar el área destinada a cada finalidad, para efectos del pago de los Arbitrios Municipales. Artículo 23º .- INFORME TÉCNICO En aplicación de los artículos 69º, 69º A, 69º B, del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal,mediante Anexo 01 se detallan los costos efectivos que demandan los servicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, el cual forma parte dela presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- DE LOS MONTOS DE ARBITRIOS MUNICIPALES DEL 2002 AL 2005 La modificación de la determinación de la tasa de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana de los ejercicios 2002 al 2005, serealizará distribuyendo los costos incurridos en la prestación de cada servicio en cada ejercicio, entre los contribuyentes que gozaron del mismo, aplicando loscriterios establecidos por el Tribunal Constitucional y excluyendo de dicho resultado a la deuda cancelada. Los importes de los mencionados tributos y períodos sedeterminarán de acuerdo al Informe Técnico que forma parte integrante de la presente Ordenanza. El monto producto de la modificación de la distribución del costo del servicio de los arbitrios municipales, en ningún caso será mayor a la originalmente determinada, a fin de no generar una situación más desventajosa parael contribuyente. Segunda.- INTERESES Los montos reliquidados conforme a la Primera Disposición Final de esta Ordenanza, serán actualizados en función al Indice de Precios al Consumidor acumuladoa partir de la fecha de vencimiento original de los Arbitrios correspondientes a los años 2002 a 2005, hasta el 31/ 12/05, los mismos que se mantendrán hasta la fecha depago señalada en la Cuarta Disposición. A partir del día siguiente de dicha fecha se aplicará la Tasa de Interés Moratorio, TIM, correspondiente a losmontos determinados, de conformidad con el Artículo 33 del Texto Único Ordenado del Código Tributario. Tercera.- FUNCIÓN MÍNIMO A efectos de determinar los importes a pagar por cada Arbitrio Municipal, el costo total individualizadoobtenido, constituido por la adición de los costos individualizados de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, se comparará con el montoemitido original y se aplicará la función mínimo, tomando por ende el menor valor entre los dos. Cuarta.- VENCIMIENTO DE PAGO A efectos del cómputo de intereses, a que se refiere la Segunda Disposición, se tendrá como fecha devencimiento de los Arbitrios Municipales de los años 2002 a 2005, el 28 de febrero del 2006. Quinta.- DE LA DEVOLUCIÓN Y/O COMPEN- SACIÓN Los montos pagados hasta el día de la publicación de la Sentencia recaída en el expediente Nº 00053-2004- PI/TC, el 17/08/05, no se encuentran sujetos a devolución y/o compensación. Sexta.- REVOCACIÓN DE RESOLUCIONES DE DETERMINACIÓN Y SUSPENSIÓN DE COBRANZACOACTIVA Déjense sin efecto las Resoluciones de Determinación emitidas por concepto de deuda tributaria generada porlos Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, correspondientes a los ejercicios 2001 al 2005, que se encuentren pendientes de cancelación. En consecuencia, dispóngase lasuspensión de los procedimientos de cobranza coactiva iniciados y el levantamiento de las medidas cautelares correspondientes. Sétima.- DE LAS DEUDAS DE COBRANZA DUDOSA En cumplimiento de lo dispuesto por la Sentencia recaída en el expediente Nº 00053-2004-PI/TC, en el punto VIII numeral 3 tercer párrafo, declárense deudasde cobranza dudosa a aquellas generadas por concepto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana de los años anterioresal 2002, en consecuencia procédase a la extinción de las deudas conforme al Artículo 27 inciso 5 del Código Tributario. Octava.- DE LAS SOLICITUDES TRIBUTARIAS Los procedimientos contenciosos y no contenciosos iniciados por deudas generadas por concepto de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, se resolverán considerando lanueva determinación establecida en la presente Ordenanza. No obstante, esta Disposición no es de aplicación a las solicitudes por pagos indebidos o enexceso originadas en motivos distintos a la inconstitucionalidad de las normas que regulan los arbitrios municipales. La Administración Tributariadeclarará la procedencia de oficio de los Recursos de Reclamación interpuestos contra valores tributarios emitidos o actos de determinación de los ArbitriosMunicipales generados durante los períodos anteriores al año 2002, procediendo al archivamiento de las causas y a la suspensión de toda cobranza iniciada por conceptode las mismas. Novena.- Redondeo Los montos mensuales de cada Arbitrio Municipal determinado, se redondearán a dos decimales. Décima.- Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de enero del 2006. Décimo Primera.- FACULTADES REGLAMEN- TARIAS Facúltese al Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuadaaplicación de la presente Ordenanza, así como la prórroga del vencimiento de las obligaciones sustanciales que esta Ordenanza dispone. Décimo Segunda.- DIFUSIÓN A través de la página web de la Municipalidad Provincial del Callao se difundirá el informe detallado de los costos de los servicios públicos comprendidos en la presente Ordenanza, así como la metodología para ladeterminación de la tarifa, las estadísticas empleadas y el Informe Técnico presentado por la Facultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas de la UniversidadNacional de Ingeniería. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao ANEXO 01 INFORME TÉCNICO RESUMIDO I. DATOS TRABAJADOSPara efectos de la distribución de los costos de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques yJardines y Seguridad Ciudadana, así como de la determinación de los importes y recálculo respectivos, se tomaron en consideración los criterios de validez