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PÆg. 308336 NORMAS LEGALES Lima, sábado 31 de diciembre de 2005 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Establecen RØgimen Tributario de Arbitrios Municipales para los Ejercicios 2001 a 2005 ORDENANZA Nº 019-2005-MDLP-ALC La Punta, 11 de noviembre de 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO:CONSIDERANDO: Que, conforme lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia; Que, la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional, recaída en el Expediente Nº 0053-2004-PI/TC, haexpresado las consideraciones que deben ser tomadas por toda Municipalidad para la determinación de los Arbitrios Municipales en su jurisdicción, estableciendoque los parámetros objetivos de distribución de costos serán razonablemente admitidos como válidos cuando hubiese una conexión lógica entre la naturaleza delservicio brindado y el presunto grado de intensidad del uso de dicho servicio. Asimismo, ha señalado que será la distinta naturaleza de cada servicio la que determine,en cada caso, la opción distributiva de costos más adecuada para conseguir la cuota distributiva ideal y que el criterio de razonabilidad determina que, pudiendoexistir diversas fórmulas para la distribución del costo total de arbitrios, se opte por aquella que logre un mejor equilibrio en la repartición de las cargas económicas; Que, asimismo ha establecido en el Fundamento Nº XIII, que esta Administración está habilitada para efectuar la cobranza respecto de los ArbitriosMunicipales correspondientes a los períodos no prescritos, para lo cual podrá determinar los montos sobre la base de nuevas ordenanzas emitidas conformea los criterios descritos en el considerando anterior, debiendo tramitarse conforme a los plazos del procedimiento de ratificación que hayan establecido lasMunicipalidades Provinciales; Que, conforme a lo expuesto, la Municipalidad de La Punta ha procedido a estructurar el régimen tributariosobre el cual se determinarán los montos por arbitrios municipales en el distrito para el período 2001-2005, régimen que bajo los principios del derecho administrativobusca la simplificación y transparencia en la administración tributaria; Estando a lo expuesto en los Informes Nº 020-2005- MDLP/GRC y Nº 055-2005-MDLP/HBA, con la visación de la Gerencia de Rentas y Comercialización y Asesoría Legal, y en uso de las atribuciones conferidas por losIncisos 7) y 8) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, se expide lasiguiente; ORDENANZA RÉGIMEN TRIBUTARIO DE ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EJERCICIOS 2001 A 2005 Artículo 1º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.- La presente Ordenanza establece el Régimen Tributario delos Arbitrios Municipales en la jurisdicción del distrito de La Punta, Provincia Constitucional del Callao, para el caso de los contribuyentes que habiendo recibido losservicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, no han cumplido con el pago de los mismos durante los ejercicios 2001 a 2005. Artículo 2º.- DEFINICIONES.- Predio: Entiéndase por predio, para efectos de la aplicación de la presente Ordenanza, a toda unidadhabitacional, local, oficina y terreno, dentro de la jurisdicción del distrito de La Punta. No tendrá la calidad de predio, para efectos del cálculo de arbitrios, aquellas unidades que forman parte accesoria a la unidadinmobiliaria, tales como estacionamientos, azoteas, aires, depósitos, vitrinas, closets o tendales, con excepción de aquellos espacios que cuenten con AutorizaciónMunicipal de Apertura y Funcionamiento. Cuando en el predio los poseedores le asignen usos diferentes al mismo, se cobrarán los arbitrios municipales de maneraproporcional por cada uso independiente. Arbitrio de Limpieza Pública: Comprende el cobro por la implementación, organización y mantenimiento del servicio de recolección de residuos sólidos comunes y escombros provenientes de los predios, así como sutransporte, descarga, transferencia y disposición final. Asimismo, se encuentra comprendido el servicio de barrido y lavado de pistas, veredas, parques, plazas ymalecones. Arbitrio de Parques y Jardines: Comprende el cobro por los servicios de implementación, mantenimiento, recuperación y mejora de los parques, jardines y demás áreas verdes de uso público. Arbitrio de Seguridad Ciudadana: Comprende la organización, implementación, mantenimiento y mejoradel servicio de vigilancia pública en todas las zonas del Distrito, protección civil y atención de emergencias en procura de lograr una mayor seguridad ciudadana ycolaboración a la labor de la Policía Nacional. Artículo 3º.- DETERMINACIÓN DE ARBITRIOS.- Conforme con lo establecido en Artículo 69º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal las tasas o importes de los Arbitrios Municipales, sedeterminan en función del costo del servicio prestado, en cada uno de los períodos del 2001 al 2005. Artículo 4º.- CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN.- De conformidad con los fundamentos expuestos en la Sentencia del Tribunal Constitucional se ha establecidopara los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana los siguientes criterios: 1. Arbitrio de Limpieza Pública: Para establecer los criterios de distribución se han identificado dos actividades que agrupan los servicios brindados: 1)Barrido y limpieza de calles, que incluye el lavado de pistas, veredas, parques, plazas y malecones; y 2) Recolección y Transporte de residuos sólidos comunesy escombros provenientes de los predios, así como su transporte, descarga, transferencia y disposición final, razón por la que los importes a cobrar por concepto deestos servicios se establecerán conforme a los criterios de distribución siguiente: a) Barrido y Limpieza de Calles: Se tomará como criterio diferenciador entre uno y otro contribuyente la extensión del frontis del predio a efectos de establecer la tasa a cobrar, considerando para ello el promedio de la longitud del frente del predioexpresado en metros lineales. b) Recolección y Transporte de Residuos:El nivel de generación de desperdicios se ha diferenciado de acuerdo a la siguiente clasificación deUso: 1. Casa Habitación: Se ha utilizado el criterio del tamaño del predio expresado en metro cuadrados de superficie (área construida). 2. Usos Distintos al de Casa Habitación: se ha utilizado el criterio tamaño del predio expresado en metro cuadrados de superficie (área construida) confrontado con los usos de predio: comercio - industria, comerciosmenores, clubes y otros. 2. Arbitrio de Parques y Jardines: Para establecer los criterios de distribución se han identificado las actividades de implementación, mantenimiento, recuperación y mejora de Áreas Verdes, razón por la