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PÆg. 284416 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de enero de 2005 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Se- sión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el AlcaldeProvincial o Distrital, según sea el caso, desempeña su cargo a tiempo completo, y es rentado mediante una re- muneración mensual fijada por acuerdo del concejo muni-cipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión; Que, de acuerdo a la norma antes citada, el monto mensual de la remuneración del alcalde, es fijado discre-cionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobierno local, previas las constatacio- nes presupuestales del caso, la misma que podrá serincrementada anualmente con arreglo a ley, siempre y cuando se observen estrictamente las exigencias pre- supuestales y económicas propias de su remuneración; Que, mediante Resolución Nº 1095-2004-RASS de fecha 30DIC2004 se aprobaron las Escalas Remunerati- vas del Personal de la Municipalidad de Santiago de Sur-co, en la cual se establece, entre otros, la remuneración mensual de señor Alcalde vigente a partir del año 2005; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9º numeral 28), 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por Unanimidad, adoptó el siguiente: ACUERDO 1. Aprobar y ratificar la remuneración del señor Alcal- de y las Escalas Remunerativas aprobadas por Resolu- ción Nº 1095-2004-RASS de fecha 30DIC2004 vigentesa partir del 01ENE2005. 2. Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 00520 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Establecen disposiciones para pago del Impuesto Predial del aæo 2005 y pro-rrogan vigencia de beneficio tributario ORDENANZA MUNICIPAL Nº 102-MVES Villa El Salvador, 29 de diciembre del 2004 POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE VILLA EL SALVADOR, EN SESIÓN DE CONCEJO DE LA FECHA; Visto: El Informe Nº 066-GAT-SGEV-MVES-2004, de fecha 17.12.2004, suscrito por el Subgerente de la Ge-rencia de Administración Tributaria. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo señalado en el Art. 13º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, así como en el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Muni-cipal Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, las Municipalida- des están facultadas para establecer un monto mínimo acobrar por concepto del Impuesto Predial, habiéndose de- terminado para dicho fin, un monto de S/. 19.80 (DIECI- NUEVE Y 80/100 NUEVOS SOLES), equivalente al 0.6%de la UIT vigente al 1º de enero del año a que corresponde el Impuesto, siendo conveniente además, establecer la for- ma de pago al contado y/o fraccionado del mencionadoImpuesto para el Ejercicio Fiscal del año 2005; Que, asimismo, la Cuarta Disposición Final de la Ley antes mencionada, y demás, faculta a las Municipalidadesa cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actuali- zación de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domi-cilio, un monto no mayor del 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada Ejercicio, siendo necesario establecer para el año 2005 la suma que deben abonar los contribuyentespor dicho servicio, habiéndose determinado el monto del mismo en S/. 3.20 (TRES Y 20/100 NUEVOS SOLES); Que, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria UIT, vigente al 1 de enero del Ejercicio Fiscal 2005, ha sido establecido en S/. 3,300.00 (TRES MIL, TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 097-MVES, de fecha 29.11.2004, se estableció el Beneficio Tributario 2004 a favor de los contribuyentes del distrito para hacer posiblela regularización de su deuda tributaria respecto del Im- puesto Predial; Que, mediante Informe Nº 161-GAT-2004/MVES, se comunica que existen varios pedidos y consultas de la población respecto a la posibilidad de prorrogar la Orde- nanza anteriormente mencionada, atendiendo a la situa-ción económica y a que en el presente mes, existen com- promisos familiares navideños que restringen la capacidad de pago de algunos contribuyentes, por lo que existiendo lavoluntad de aquellos contribuyentes que desean regulari- zar sus deudas, la Gerencia de Administración Tributaria, es de la opinión de conceder dicha prórroga hasta el 31 deenero del 2005; Estando a lo informado, y contando con el Informe Le- gal Nº 1267-04-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídi-ca, y en uso de las facultades otorgadas por la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 27972, contando con el Voto Unánime del Concejo Municipal, se expide la siguiente; ORDENANZA Artículo 1º.- Autorizar a la Gerencia de Administra- ción Tributaria, la emisión mecanizada de la Declaración Jurada del Impuesto Predial del año 2005, la actualiza-ción de valores, la determinación del Impuesto y su co- rrespondiente recibo de pago, cuya fecha de vencimien- to se indica a continuación: PAGO AL CONTADO: 28 DE FEBRERO PAGO FRACCIONADOPrimera Cuota : 28 DE FEBRERO Segunda Cuota : 31 DE MAYOTercera Cuota : 31 DE AGOSTO Cuarta Cuota : 30 DE NOVIEMBRE Artículo 2º.- Fijar en S/. 19.80 (DIECINUEVE Y 80/ 100 NUEVOS SOLES) el monto mínimo a pagar por el concepto del Impuesto Predial para el año 2005. Artículo 3º.- Fíjese el costo por el concepto de ser- vicio de emisión mecanizada en S/. 3.20 (TRES Y 20/100 NUEVOS SOLES). Por cada predio adicional se abonará S/. 2.50 (DOS Y 50/100 NUEVOS SOLES) por el derecho de emisión. Artículo 4º.- Establézcase como horario especial de atención al público, durante todo el año 2005 para el desarrollo de la Campaña Predial de dicho año, tanto en el Palacio Municipal como en las Agencias Municipales,el siguiente: De lunes a viernes de 08:00 a 17:00 Horas. Sábados de 08:00 a 12:00 Horas Artículo 5º.- Prorrogar hasta el 31 de enero del 2005, la vigencia plena de la Ordenanza Municipal Nº 097-MVES del 29.11.2004, la cual establece el Beneficio Tri- butario, a favor de los contribuyentes del distrito, así como la autorización de la presentación de las Declara-