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PÆg. 284403 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de enero de 2005 Artículo 13º.- d) Supervisor 4: Bachilleres y profesionales universi- tarios, que no tengan más de 2 años de egresados y que hayan culminado satisfactoriamente, dentro del quintosuperior, el Curso Anual de Extensión Universitaria rea- lizado por OSINERG. Artículo 19º.- 19.4.- La designación y contratación de los supervisores 4, se realizará en la medida en que sean requeridos por OSINERG, para el desarrollo de sus fun- ciones y siempre que hayan obtenido una calificaciónsobresaliente en las prácticas y/o pasantías dirigidas por OSINERG, con posterioridad a la aprobación del Curso Anual de Extensión Universitaria, con la califica-ción a que se refiere el Artículo 13º, inciso d) del presen- te Reglamento. 19.5.- La Gerencia General, mediante resolución, dic- tará las disposiciones complementarias para la designa- ción y contratación de las Empresas Supervisoras. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 00531 OSIPTEL Autorizan viaje de funcionario para participar en el APEC Telecenter Trai-ning Camp que se realizarÆ en Taipei ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 002- 2005-PD/OSIPTEL Lima, 7 de enero del 2005 MATERIA : Participación del Sr. Jesús Eduardo Gui- llén Marroquin, Gerente del Fondo de Inversión enTelecomunicaciones de OSIPTEL, en el APEC Telecenter Training Camp, a realizarse del 24 al 29 de enero de 2005, en la ciudad de Taipei. VISTOS: El correo electrónico del 24 de noviembre de 2004, invitando a participar en el APEC Telecenter Training Camp. El correo electrónico del 1 de enero de 2005, que adjunta la carta de invitación al Sr. Jesús Guillén, para participar en dicho evento. CONSIDERANDO: Que el Foro de APEC se ha convertido en una organi- zación internacional muy importante, la cual promueve el comercio abierto y la cooperación entre sus 21 miem-bros a lo largo de la cuenca del Pacífico. Su propósito es desarrollar el dinamismo económico en la región, junto al sentido de comunidad; Que, el Grupo de Trabajo sobre Telecomunicaciones e Información de APEC (APECTEL) está comprometido con la mejora de la infraestructura en telecomunicacio-nes e información en la región y con facilitar la coopera- ción efectiva, libre comercio e inversiones y desarrollo sostenible; Que, el Telecenter Training Camp tiene como obje- tivo tomar conciencia de la brecha digital que existe dentro de los países de APEC, así como proporcionara los participantes conocimientos prácticos y habili- dades relacionadas con el planeamiento y la imple- mentación de políticas que permitan cerrar la brechadigital;Que, los temas materia de discusión en el Tele- center Training Camp, forman parte de la agenda deOSIPTEL, por lo que es de interés institucional la participación del Sr. Jesús Eduardo Guillén Marro- quin, Gerente del Fondo de Inversión en Telecomuni-caciones de OSIPTEL; Que, la asistencia del Gerente del Fondo de In- versión en Telecomunicaciones de OSIPTEL, no ge-nerará gasto alguno al Estado Peruano, por cuanto los gastos ocasionados por pasajes aéreos y aloja- miento serán cubiertos por los organizadores delTelecenter Training Camp; Que, de conformidad con el artículo 11º del De- creto Supremo Nº 047-2002-PCM y el artículo 17º dela Directiva Nº 004-2004-EF/76.01, aprobado por Resolución Directoral Nº 047-2003-EF-76.01, los via- jes al exterior que no irroguen gasto alguno con car-go al Presupuesto de las Entidades, serán autoriza- dos mediante Resolución del Titular de la entidad correspondiente; Con la opinión favorable de la gerencia general; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Sr. Jesús Eduar- do Guillén Marroquin, Gerente del Fondo de Inver-sión en Telecomunicaciones de OSIPTEL a la ciudad de Taipei, del 22 al 31 de enero de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la pre-sente resolución. Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente resolución no irrogará gasto alguno al Estado, ni daráderecho de exoneración o liberación de impuestos y/ o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su deno- minación o clase a favor del funcionario cuyo viaje seautoriza. Artículo 3º.- El funcionario antes mencionado, de- berá presentar a la institución un informe detalladode las actividades realizadas en su viaje dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efec- tuado el viaje. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDWIN SAN ROMÁN ZUBIZARRETA Presidente del Consejo Directivo 00530 SUNAT Fijan Tasas de InterØs aplicables a devoluciones por pagos realizadosindebidamente o en exceso por con-cepto de tributos internos y aduaneros SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 005-2005/SUNAT Lima, 11 de enero de 2005 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 38º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, corres-ponde a la Administración Tributaria la determinación de la tasa de interés aplicable a las devoluciones de pagos realizados indebidamente o en exceso a efectuarse enmoneda nacional; Que asimismo, el literal b) de la Primera Disposición Transitoria del Decreto Legislativo Nº 953, establece res-pecto a las deudas en moneda extranjera que en virtud a convenios de estabilidad o normas legales vigentes se declaren o paguen en dicha moneda, que las devolucio-