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PÆg. 284402 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de enero de 2005 Autorizan a El Pacífico Peruano Suiza Compaæía de Seguros y Reaseguros laapertura de oficina especial en laprovincia de Chincha RESOLUCIÓN SBS Nº 1-2005 Lima, 3 de enero de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa EL PACÍFICO PERUANO SUIZA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASE- GUROS, para que se le autorice la apertura de una oficina especial a ser compartida en el local que actualmente ope-ra el Banco de Crédito del Perú, ubicado en Jr. Lima Nº 278, distrito y provincia de Chincha, departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, en aplicación del numeral 6.1 de la Circular Nº S-609-2004 la empresa solicitante ha cumplido con co- municar previamente a esta Superintendencia la apertu- ra de la citada oficina especial a ser compartida con elBanco de Crédito del Perú; Estando a lo informado por el Departamento de Aná- lisis y Supervisión del Sistema de Seguros "B", medianteInforme Nº 176-2004-ISB; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, la Circular Nº S- 609-2004; y, en virtud de la facultad delegada medianteResolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y Reso- lución SBS Nº 2080-2004 del 23 de diciembre de 2004; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a EL PACÍFICO PE- RUANO SUIZA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASE- GUROS, la apertura de una oficina especial a ser com-partida en Jr. Lima Nº 278, distrito y provincia de Chin- cha, departamento de Ica, local en el que actualmente opera el Banco de Crédito del Perú. Artículo Segundo.- Corresponde a EL PACÍFICO PERUANO SUIZA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASE- GUROS, tomar las acciones necesarias para que duran-te el desarrollo de sus actividades queden indicados en la parte exterior del inmueble los nombres completos, inclu- yendo los símbolos de las empresas que comparten elinmueble; así como, de identificar de manera adecuada la respectiva ubicación de los lugares asignados, evitando que se genere confusión en el público. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS WONG-KIT CHING Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 00428 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS OSINERG Modifican artículos del Reglamento de Supervisión de Actividades EnergØticas ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 320-2004-OS/CD Lima, 23 de noviembre de 2004VISTO: El Memorando Nº GL-652-2004 de la Gerencia Legal del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía, que propone la modificación del los artículos 13º y 19ºdel Reglamento de Supervisión de Actividades Energéti- cas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo OSINERG Nº 013-2004-OS/CD; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Ley Complementaria de Forta- lecimiento Institucional del OSINERG, Ley Nº 27699, establece que el Consejo Directivo de OSINERG seencuentra facultado a tipificar los hechos y omisiones que configuran infracciones administrativas así como a graduar las sanciones; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 013-2003-OS/CD, se aprobó el Reglamento de Supervi- sión de Actividades Energéticas; Que, el artículo 13º del Reglamento de Supervisión de Actividades Energéticas, establece las categorías de supervisores, asignando la de Supervisor 3 a los bachille-res, profesionales y técnicos en carreras de por lo me- nos tres años; Que, OSINERG viene dictando periódicamente el Curso Anual de Extensión Universitaria a jóvenes profesionales recién egresados de las carreras de dere- cho, economía e ingeniería; Que, el Curso Anual de Extensión Universitaria debe ser un mecanismo de acceso a OSINERG para los jó- venes profesionales, basado en la excelencia académi-ca y el elevado rendimiento de dichos profesionales en el mencionado curso; Que, resulta procedente a fin de implementar el ac- ceso de los profesionales que hayan obtenido los prime- ros puestos en el Curso a que hace referencia el considerando anterior, establecer una categoría adicio-nal de supervisores, a cuyo efecto debe modificarse el artículo 13º del Reglamento de Supervisión de Activida- des Energéticas aprobado por Resolución del ConsejoDirectivo Nº 013-2004-OS/CD; Que, asimismo, resulta necesario adicionar unos acápites al artículo 19º del Reglamento a que hace refe-rencia el considerando anterior a fin de establecer las condiciones para la designación y contratación de di- chos profesionales; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 25º del Reglamento General de OSINERG, por Resolución de Consejo Directivo OSINERG Nº 304-2004-OS/CD defecha 6 de noviembre de 2004, se aprobó la prepublica- ción en el Diario Oficial El Peruano el Proyecto de modifica- ción de los Artículos 13º y 19º del Reglamento de Super-visión de Actividades Energéticas, aprobado por Resolu- ción de Consejo Directivo OSINERG Nº 013-2004-OS/ CD; Que, habiendo trascurrido el plazo de 15 días calenda- rio, sin que se hayan recibido observaciones y/o recomen- daciones, se procede a la publicación de la presentemodificación; Que, según lo dispuesto por el artículo 22º del Regla- mento General de OSINERG, aprobado mediante De-creto Supremo Nº 054-2001-PCM, la función normativa de carácter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a través de resoluciones; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley Nº 27332, los artículos 21º,22º y 25º del Reglamento General de OSINERG aproba- do por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM y el artí- culo 1º de la Ley Complementaria de FortalecimientoInstitucional del OSINERG, Ley Nº 27699; SE RESUELVE:Artículo Único.- Adicionar los siguientes acápites a los artículos 13º y 19º del Reglamento de Supervisión de Actividades Energéticas, aprobado por Resolución deConsejo Directivo OSINERG Nº 013-2004-OS/CD.