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PÆg. 284408 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de enero de 2005 Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entra- rá en vigencia al día siguiente de su publicación; enese sentido, queda sin efecto toda disposición que se oponga a ésta. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al primer día del mes de diciembre del año dos mil cuatro. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique, cumpla y archive.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tacna, a los ocho del mes de diciembre del año dos mil cua-tro. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Gobierno Regional de Tacna 00511 Aprueban el "Programa de Salud PROM- SALUD - Tacna" ORDENANZA REGIONAL Nº 034-2004-CR/GOB.REG.TACNA POR CUANTO: El Consejo del Gobierno Regional de Tacna, en Se- sión Ordinaria de fecha 1 de diciembre del año en curso, con el voto aprobatorio en mayoría, ha dado la siguiente Ordenanza Regional: CONSIDERANDO: Que, el Desarrollo Regional implica, desarrollo económico, social, poblacional, (...); para ello, los Go- biernos Regionales, propician la aplicación coheren-te y eficaz de políticas e instrumentos de desarrollo, a través de Programas y Proyectos orientados a me- jorar las condiciones de vida de su población, asícomo el ejercicio pleno de sus Derechos en igualdad de oportunidades; Que, de conformidad con lo establecido en los Arts. 9º-g) y 49º-a), b), c) y e); de la Ley Nº 27867(LOGR), en materia de salud, los Gobiernos Regionales, son competentes para: "Promover y re- gular actividades o servicios en salud"; "Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y admi- nistrar políticas de salud en la región en concordan- cia con las políticas nacionales y los planes secto- riales"; asimismo entre otras competencias, "For- mulan y Ejecutan concertadamente, el Plan de Desarrollo Regional de Salud"; Que, en ese orden, la Gerencia Regional de De- sarrollo Social, en uso de sus atribuciones y, encoordinación con la Dirección Regional de Salud, han formulado el proyecto denominado: "Programa Médi- co de Salud" , Perfil que ha sido diseñado, conside- rando los lineamientos de la Política Sectorial 2001- 2012, que el Ministerio de Salud (MINSA) ha puesto en marcha; dicho programa permitirá que el accesoa los servicios de salud, mejoren sosteniblemente; sobre todo, en los sectores de bajos recursos eco- nómicos; Que, dicho programa médico, considera como ob- jetivos estratégicos las siguientes acciones: Promo- ción de la salud y vigilancia de las funciones esen-ciales de la salud pública; alcanzar que asegurar al universo de la población; reducir la mortalidad Mater- no-Infantil; controlar las Enfermedades por Trasmi-sión Sexual y; desarrollar políticas de ampliación al acceso y uso racional de medicamentos; Que, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social del Consejo Regional, mediante Oficio Nº 261-2004- CR-CDS/GOB.REG.TACNA, de fecha 26-11-2004, haremitido a la presidencia para su debate ante el pleno y aprobación mediante Ordenanza Regional, el Dicta- men favorable respecto a la propuesta normativa quecrea el Programa Médico de Salud-PROMSALUD; Que, el Consejo Regional como Órgano Normati- vo, está facultado para dictar Ordenanzas Regiona-les, a fin de normar asuntos de Carácter General dentro de su jurisdicción (Arts. 13º, 37º-a, Art. 38º de la Ley Nº 27867 -LOGR-); Que, en atención a las consideraciones expues- tas, con las atribuciones conferidas en la Constitu- ción Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobier-nos Regionales y, el Reglamento Interno; el Consejo del Gobierno Regional de Tacna, Aprueba la siguien- te: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar el "Programa de Sa- lud- PROMSALUD-Tacna" , por su importancia socioeconómica en la Región. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia Regional de Desarrollo Social, en coordinación con la Dirección Regional de Salud, la CODS del ConsejoRegional y los Sectores relacionados con la proble- mática de la Salud en la Región, adopten las medidas necesarias para la reglamentación, ejecución e im-plementación de la propuesta aprobada. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Regional de Administración, la publicación de la presente en elDiario Oficial El Peruano. Asimismo, remítase copias a la Oficina de Soporte Informático, para su difusión en el Portal Electrónico, de conformidad con lo dis-puesto en el Art. 42º de la Ley Orgánica de Gobier- nos Regionales. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación; en ese sentido, queda sin efecto toda disposición legal que se oponga a ésta. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al primer día del mes de diciem- bre del año dos mil cuatro. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique, cumpla y archive. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tacna, a los ocho días del mes de diciembre del año dos mil cua- tro. JULIO ANTONIO ALVA CENTURIÓN Presidente del Gobierno Regional de Tacna 00512 Constituyen el "Consejo Regional para la persona Adulta Mayor de la RegiónTacna - COREPAM" ORDENANZA REGIONAL Nº 035-2004-CR/GOB.REG.TACNA POR CUANTO: El Consejo del Gobierno Regional de Tacna, en Se- sión Ordinaria de fecha 1 de diciembre del año en curso,