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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G31/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 3 de febrero de 2005 Tacna, los formatos ya impresos por el Comité de Admi- nistración de la ZOFRATACNA podrán seguirse utilizan- do hasta el 4 de mayo de 2005. En la copia correspon- diente a la SUNAT, el destino se consignará por cual- quier medio mecanizado. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 02452 /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G61/G20/G73/G65/G67/G75/G69/G72/G20/G70/G61/G72/G61 /G61/G63/G6F/G67/G65/G72/G73/G65/G20/G61/G6C/G20/G6E/G75/G65/G76/G6F/G20/G52/G55/G53/G20/G2D/G20/G43/G61/G74/G65/G67/G6F/G72/GED/G61/G20/G45/G73/G2D /G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G63/G75/G61/G6E/G64/G6F/G20/G6C/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G2C/G20/G65/G6E /G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G61/G6E/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G2C/G20/G68/G75/G62/G69/G65/G72/G61/G6E/G20/G65/G73/G74/G61/G64/G6F/G61/G63/G6F/G67/G69/G64/G6F/G73/G20/G61/G6C/G20/G6E/G75/G65/G76/G6F/G20/G52/G55/G53 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 028-2005/SUNAT Lima, 2 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Legislativo Nº 937 y nor- mas modificatorias, se creó el Nuevo Régimen Único Simplificado - Nuevo RUS, que comprende, entre otras,a las personas naturales y sucesiones indivisas que desarrollen actividades generadoras de rentas de ter- cera categoría de acuerdo con la Ley del Impuesto a laRenta; Que a través del numeral 8.2 del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 937, se estableció una Categoría Especial en el Nuevo RUS, aplicable a aquellos sujetos que sedediquen únicamente a la venta de frutas, hortalizas, le- gumbres, tubérculos, raíces, semillas y demás bienes es- pecificados en el Apéndice I de la Ley del Impuesto Gene-ral a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, realiza- da en mercados de abastos y cuyos ingresos en un cuatri- mestre calendario no superen los catorce mil nuevos soles(S/.14,000.00); Que mediante la Resolución de Superintendencia Nº 032-2004/SUNAT, se establecieron los mecanismos para que los contribuyentes comprendidos en la Categoría Es-pecial del Nuevo RUS comuniquen el cumplimiento de re- quisitos; Que resulta necesario modificar la resolución señalada en el párrafo anterior, a fin de regular el procedimiento aseguir para acogerse al Nuevo RUS - Categoría Especial, cuando los contribuyentes, en el ejercicio anterior, hubie- ran estado acogidos al Nuevo RUS; En uso de las facultades conferidas por el artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del artículo 19º del Reglamento de Organización y Funcio- nes de la Superintendencia Nacional de AdministraciónTributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incorpórase como artículo 6º-A de la Resolu- ción de Superintendencia Nº 032-2004/SUNAT, el siguien-te texto: "Artículo 6º-A.- DEL PROCEDIMIENTO A SEGUIR A FIN DE ACOGERSE AL NUEVO RUS - CATEGORÍA ESPE- CIAL CUANDO LOS CONTRIBUYENTES, EN EL EJERCI- CIO ANTERIOR, HUBIERAN ESTADO ACOGIDOS AL NUE-VO RUS Los contribuyentes que durante el ejercicio anterior se hubieran encontrado comprendidos en el Nuevo RUS, in-dependientemente de la categoría en que estuvieron ubi- cados, y que cumplan con los requisitos para pertenecer ala Categoría Especial, deberán presentar el formulario Nº 2004 a fin de acogerse al Nuevo RUS, ubicándose en la citada categoría. La presentación del formulario Nº 2004 se realizará hasta el vencimiento del período enero de cada ejercicio gravable. Lo dispuesto en los párrafos precedentes, resulta de aplicación sin perjuicio de cumplir con el requisito señalado en el acápite ii. del inciso b. del numeral 6.1 del artículo 6ºdel Decreto Legislativo, de ser el caso." Artículo 2º .- VIGENCIA La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 02453 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE LORETO /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G6F/G20/G64/G65 /G61/G74/G65/G6E/G64/G65/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G72/G65/G71/G75/G65/G72/G69/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G47/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G53/G75/G62/G72/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G71/G75/G65/G6E/G61/G20/G63/G6F/G6E/G2D/G66/G6F/G72/G6D/G65/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G61/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G41/G63/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 045-2005-GRL-P Iquitos, 24 de enero de 2005 Visto, el Oficio Nº 04-2005-GRL/OGAP, de fecha 10 de enero del 2005, cursado por la Oficina General deAsesoría de la Presidencia, adjuntando la propuesta para la designación del funcionario don Angel Charpen- tier Saldaña, como encargado de atender las solicitu-des de acceso a la información pública, en la Gerencia Subregional de Requena del Gobierno Regional de Loreto; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 4º del Reglamento de la Ley de Trans- parencia y Acceso a la Información Pública, aprobadopor Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, que trata de la designación de los funcionarios responsables de entre- gar la información y de elaborar el Portal de Transparen-cia, establece que las Entidades que cuenten con ofici- nas desconcentradas o descentralizadas, designarán en cada una de ellas al funcionario responsable de entre-gar la información que se requiera al amparo de la Ley, con el objeto que la misma pueda tramitarse con mayor celeridad; Que, en mérito a las facultades contenidas en el Regla- mento referido en el considerando precedente, el Jefe dela Oficina General de Asesoría de la Presidencia ha solici- tado a la Gerencia Subregional de Requena, la designa- ción de un funcionario que se encargue de atender lassolicitudes de acceso a la información que se efectúa en su jurisdicción, la cual ha recaído en la persona de don Angel Charpentier Saldaña, designado por el Gerente dela nombrada Subregión; Que, en el párrafo tercero del acotado dispositivo legal se establece que la designación del funcionario o funcio- narios responsables de entregar la información y del fun- cionario responsable de la elaboración y actualización del