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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G36/G36/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 22 de febrero de 2005 del proceso de Licitación Pública Internacional para el su- ministro de útiles de oficina, hecho que conllevó la poste-rior contravención del artículo 14º del Reglamento en men- ción, al no haberse definido debidamente el proceso a convocar; Que, el artículo 14º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, contempla que la Licitación Pública se convoca para la adquisición de bie-nes, suministros y ejecución de obras, la misma que se desdobla en: a) Licitación Pública Nacional, para la adqui- sición de bienes y suministros producidos por empresasque cuentan con planta industrial instalada en el país, así como para la ejecución de obras por empresas que tengan instalaciones en el país; y, b) Licitación Pública Internacio-nal, para la adquisición de bienes y suministros que no se elaboren en el país o, tratándose de obras, cuando las características técnicas de éstas requieran de participa-ción internacional; Que, en este orden de ideas, en la Licitación Pública Nacional Nº 005-2004-GG-PJ, se habrían incluido bienespara los que existen menos de dos empresas con planta industrial instalada en el país, según refiere el propio Comi- té Especial como consecuencia del informe emitido por elÁrea de Compras de la Subgerencia de Logística (Memo- rándum Nº 3981-2004-SL-GAF-GG/PJ); Que, conforme a lo informado por el Área de Compras, la Subgerencia de Logística señala que no serían 7 los bienes, sino 6 en los cuales existen menos de 2 empresas con planta industrial instalada en el país, siendo éstos loscontenidos en los ítems Nºs. 06, 13, 15, 16, 19 y 22 (Clips de metal, Corrector Líquido tipo lapicero, Fasteners, Gra- pas, Diskette y Película para fax KX-FA55A, respec-tivamente); en tal razón, habiendo el Comité Especial pre- cisado que el proceso submateria es una Licitación Pública Nacional habida cuenta que la mayoría de los bienes aadquirirse pueden ser brindados por empresas nacionales, a efectos de proseguir con la misma existe la necesidad de declarar la nulidad parcial del referido proceso, excluyendoaquellos bienes cuya adquisición no corresponde ser con- vocada a través de este tipo de proceso; Que, de otro lado, cabe señalar que, mediante Resolu- ción Administrativa Nº 061-2005-GG-PJ, de fecha 18.E- NE.2005, se ha aprobado el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ejercicio fiscal 2005, habiéndose in-cluido en el numeral 308) el proceso de Licitación Pública para el suministro de útiles de oficina para las dependen-cias del Poder Judicial a nivel nacional, cuyo valor estima-do asciende a S/. 1’709,460.00; en tal sentido, resulta necesario modificar el referido instrumento de gestión a fin de excluir dicho proceso, e incluir la Licitación Pública Na-cional Nº 005-2004-GG-PJ, por el valor referencial S/.1, 447, 520.00, así como el proceso de Adjudicación Directa Pública para la adquisición de aquellos bienes para losque no hay más de dos empresas con planta industrial instalada en el país; Que, con arreglo a lo previsto por los artículos 24º y 47º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta necesario disponer se adopten las medidas pertinentes a fin de determinar laresponsabilidad administrativa en que hubiesen incurrido los miembros del Comité Especial, quienes por la naturale- za de sus funciones deben poner mayor celo en el desem-peño de las mismas; Por las consideraciones expuestas, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución Administrativa Nº083-2001-P-PJ, en concordancia con el inciso d) del artícu- lo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia General del Poder Judicial, aprobado por Reso-lución Administrativa Nº 161-2001-CE-PJ; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR de oficio, la nulidad parcial del proceso de Licitación Pública Nacional Nº 005-2004-GG-PJ, "Suministro de Útiles de Oficina para las dependencias del Poder Judicial", Primera Convocato- ria, respecto a los ítems Nºs. 06, 13, 15, 16, 19 y 22,retrotrayendo el proceso para estos ítems a la etapa de convocatoria, previa reformulación de Bases; mientras que para los 18 ítems restantes, el Comité Especial de-berá proseguir con la actualización del Calendario del Proceso para la Integración de Bases y demás etapas subsiguientes.Artículo Segundo.- EXCLUIR del Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones del ejercicio fiscal 2005, el proce-so de Licitación Pública incluido en el numeral 308), e INCLUIR el proceso de Licitación Pública Nacional Nº 005- 2004-GG-PJ, para el "Suministro de Útiles de Oficina paralas dependencias del Poder Judicial", así como el proceso de Adjudicación Directa Pública para el suministro de útiles de oficina contenidos en los Ítems Nºs. 06, 13, 15, 16, 19y 22, según el Anexo adjunto. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Per- sonal y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Po-der Judicial, adopte las medidas pertinentes a efecto de determinar la responsabilidad administrativa en que hubie- sen incurrido los miembros del Comité Especial. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Adminis- tración y Finanzas la notificación de esta resolución al Co- mité Especial, debiendo disponer a su vez la publicaciónde la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, en el plazo que seña-la la Ley, así como en la página web de la Entidad. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la pre- sente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro delos 5 días hábiles siguientes a su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.HUGO R. SUERO LUDEÑA Gerente General 04011 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G6C/G65/G76/G61/G64/G6F/G20/G61/G20/G63/G61/G62/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G45/G73/G70/G65/G2D/G63/G69/G61/G6C/G20/G50/G65/G72/G6D/G61/G6E/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G6F/G20/G4E/G6F/G72/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G6C/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/GFA/G74/G69/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL Nº 145-2005-GG-PJ Lima, 18 de febrero de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 001-2005-CEP-CSJCN/PJ, de la Admi- nistración de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima; el Informe Nº 078-2005-OAL-GG-PJ, de la Jefatu-ra de la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 119-2004- GG-PJ, modificada por Resoluciones Administrativas Nºs. 481 y 614-2004-GG-PJ, se designó al Comité Espe-cial Permanente de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima, para la adquisición y contratación de bienes y servicios, vía procesos de selección de Adjudicación deMenor Cuantía y Adjudicación Directa; Que, con fecha 10 de diciembre del año 2004, el mencio- nado Comité Especial convocó por relación de ítems alproceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 077-2004- CEP-CSJCN/PJ, 1º Conv, con el objeto de adquirir útiles de oficina, por el valor referencial total de S/. 17, 885.98 (Die-cisiete Mil Ochocientos Ochenticinco y 98/100 Nuevos So- les); Que, de acuerdo al calendario establecido en las Ba- ses, el 14 de diciembre del 2004, se recibieron las propues- tas técnicas y económicas de 6 postores, no llegándose a adjudicar la Buena Pro, toda vez que se había advertidoun error en las Bases respecto a los puntajes establecidos para la evaluación técnica, según fluye del Informe Nº 001- 2005-CEP-CSJCN/PJ, que obra en el expediente del pro-ceso; Que, de la revisión y análisis de los actuados, se apre- cia que el valor referencial establecido en las Bases ascen-dente a S/.17, 885.98 (Diecisiete Mil Ochocientos Ochen- ticinco y 98/100 Nuevos Soles), no concuerda con el mon-