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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (22/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G36/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 22 de febrero de 2005 to autorizado por la Subgerencia de Logística mediante Oficio Nº 1569-2004-SL-GAF-GG/PJ, de S/. 17, 885.80(Diecisiete Mil Ochocientos Ochenticinco y 80/100 Nuevos Soles); Que, en cuanto a los factores de evaluación, el Comité Especial Permanente en el numeral 13 de las Bases del proceso, determinó que la evaluación de las propuestas se realizaría de la siguiente manera: evaluación técnica = 50puntos, y evaluación económica = 50 puntos; sin embargo, en el Anexo Nº 09 de las Bases, los puntajes para la evaluación técnica suman un total de 100 puntos; Que, para la evaluación de propuestas para la adquisi- ción de bienes, la norma aplicable es el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, y no el artículo 68º del Reglamento, como ha señala- do el Comité Especial Permanente; Que, con relación al criterio de evaluación: Experiencia del Postor, se advierte que los montos de facturación reque- ridos resultan desproporcionados, si tenemos en conside-ración el valor referencial de cada uno de los ítems del proceso; Que, asimismo, en las Especificaciones Técnicas no se ha precisado el lugar y forma de entrega de los bienes, la recepción y la emisión de conformidad de los mismos; Que, en este contexto, resulta evidente que el Comité Especial Permanente de la Corte Superior del Cono Norte de Lima al llevar a cabo el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 077-2004-CEP-CSJCN/PJ ha incurridoen las causales de nulidad contenidas en el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 012-2001-PCM, en la medida en que se ha prescindido de la forma prescrita por la normatividad aplicable, de ma- nera que en aplicación de lo dispuesto por el artículo 26ºdel Reglamento, debe declararse la nulidad de oficio, retro- trayendo el proceso a la etapa de convocatoria, previa reformulación de Bases; Que, por la naturaleza de las funciones que asumen los miembros del Comité Especial en la organización, con- ducción y ejecución integral del proceso de selección, re-sulta necesario se adopten las acciones pertinentes a efec- tos de determinar la responsabilidad administrativa en que hubiesen incurrido, y, de ser el caso, se imponga las san-ciones a que hubiere lugar, conforme lo establecen los artículos 24º y 47º del citado Texto Único Ordenado; Por las consideraciones expuestas, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución Administrativa Nº 083-2001-P-PJ, en concordancia con el inciso d) del artícu- lo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de laGerencia General del Poder Judicial, aprobado por Reso- lución Administrativa Nº 161-2001-CE-PJ; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR de oficio, la nulidad del proceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 077-2004- CEP-CSJCN/PJ, Primera Convocatoria, llevado a cabo por el Comité Especial Permanente de la Corte Superior deJusticia del Cono Norte de Lima, para la adquisición de útiles de oficina, retrotrayéndolo a la etapa de convocato- ria, previa reformulación de Bases. Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, adopte las acciones pertinentes a efec-tos de determinar la responsabilidad administrativa en que hubiesen incurrido los miembros del Comité Espe- cial Permanente, e imponga las sanciones a que hubierelugar. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Admi- nistración y Finanzas la notificación de esta resolución alComité Especial Permanente, debiendo a su vez devolver los actuados del proceso para los fines consiguientes. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la pre- sente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 5 días hábiles siguientes a su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO R. SUERO LUDEÑA Gerente General 04012CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G76/G69/G73/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G72/G65/G2D/G73/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/GF1/G6F/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 093-2005-P-CSJL/PJ Lima, 16 de febrero de 2005 VISTA: La Resolución Administrativa Nº 043-2004-P-CSJLI/PJ de fecha 15 de enero de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, mediante resolución de la vista se designó a los miembros de la Comisión encargada de elaborar la Revista de la Corte Superior de Justicia de Lima, para el año dosmil cuatro; Que, la Presidencia de esta Corte Superior, considera necesario continuar con la publicación de la Revista, yaque permite a los señores magistrados, personal jurisdic- cional y administrativo, contar con un espacio de difusión en sus investigaciones académicas. Que, siendo esto así, es necesario designar a los miem- bros de la mencionada Comisión para el presente año judicial. Por lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 90º incisos 3) y 9) de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar como miembros de la Co- misión encargada de la elaboración de la Revista de la Corte Superior de Justicia de Lima, para el presente añojudicial, a los siguientes señores Magistrados: Dr. José Antonio Neyra Flores, Vocal Superior, quien la presidirá. Dra. Carmen Julia Cabello Matamala, Vocal Superior. Dr. Omar Toledo Toribio, Vocal Superior.Dr. Ulises Augusto Yaya Zumaeta, Vocal Superior. Dra. Irma Roxana Jiménez Vargas Machuca, Juez Es- pecializado. Dr. Mariano Freddy De la Cruz Huaman, Juez Especia- lizado. Artículo Segundo.- DISPONER que la Comisión desig- nada elabore los planes de acción a ser desarrollados para la adecuada publicación de la Revista de la Corte Superiorde Justicia de Lima, dando cuenta a este despacho de las acciones realizadas. Artículo Tercero.- DISPONER que las Oficinas de Pro- tocolo y de Logística de esta Corte Superior, brinden el apoyo necesario a la Comisión mencionada para el ade- cuado cumplimiento de sus funciones. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, del Consejo Ejecutivo del PoderJudicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Oficina de Administración Gene- ral, de la Oficina de Protocolo y de los señores magistradosdesignados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. MARÍA ZAVALA VALLADARES Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima 03980