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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G36/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 22 de febrero de 2005 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F P C M /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G45/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73 /G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G73 DECRETO SUPREMO Nº 017-2005-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el inciso 5) del artículo 118º de la Constitución Política del Estado establece que corresponde al Presidentede la República convocar a elecciones para alcaldes y regi- dores y demás funcionarios que señala la ley; Que, habiéndose llevado a cabo el día domingo 17 de octubre de 2004 la consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales correspondien- tes a ciento ochenta y siete (187) concejos distritales yun (1) concejo provincial, mediante Resolución Nº 324- 2004-JNE el Jurado Nacional de Elecciones proclamó los resultados oficiales de dicha consulta popular, delos que se aprecia que en el caso de 21 concejos distri- tales se han revocado a más de un tercio de sus miem- bros; Que, el artículo 25º de la Ley Nº 26300 - Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos prevé que, si se confirmase la revocatoria de más de un tercio de losmiembros del Concejo Municipal, se convoca a nuevas elecciones; Que, en atención a las normas precitadas corresponde convocar a elecciones municipales complementarias de alcaldes y regidores de los 21 concejos distritales antes mencionados; De conformidad con la Ley Nº 26300 - Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, con la Ley Nº 26859 - Ley Orgánica de Elecciones y con la LeyNº 26864 - Ley de Elecciones Municipales; DECRETA: Artículo 1º.- Convocatoria de Elecciones Municipales Complementarias Convóquese a Elecciones Municipales Complementa- rias con la finalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos distritales que se detallan en anexo adjunto, el que constituye parte integrante del presente DecretoSupremo, para el día domingo 3 de julio del presente año. Artículo 2º.- Normas de aplicación Las elecciones se regirán por lo dispuesto por la Cons- titución Política del Perú, la Ley Nº 26859 - Ley Orgánicade Elecciones y la Ley Nº 26864 - Ley de Elecciones Muni- cipales. Artículo 3º.- Autorización del Presupuesto El Ministerio de Economía y Finanzas dispondrá los recursos que demande la aplicación del presente DecretoSupremo. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Econo- mía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de febrero del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y FinanzasANEXO Nº DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO 1 ANCASH AIJA HUACLLAN 2 ANCASH CORONGO BAMBAS 3 ANCASH RECUAY CATAC 4 APURÍMAC ABANCAY HUANIPACA 5 APURÍMAC GRAU TURPAY 6 AREQUIPA C AYLLOMA COPORAQUE 7 AREQUIPA CAYLLOMA CABANACONDE 8 AREQUIPA CARAVELÍ C AHUACHO 9 CAJAMARCA CELENDÍN JORGE CHÁVEZ 10 CAJAMARCA CONTUMAZÁ TANT ARICA 11 HUANCAVELICA CASTROVIRREYNA AURAHUA 12 HUANCAVELICA TAYACAJA ACRAQUIA 13 HUANCAVELICA TAYA CAJA ÑAHUIMPUQUIO 14 JUNÍN CHUPACA CHONGOS BAJO 15 LA LIBERTAD VIRU CHAO 16 LIMA HUARAL VEINTISIETE DE NOVIEMBRE 17 LIMA LIMA PUCUSANA 18 LIMA YAUYOS LINCHA 19 PUNO MOHO TILALI 20 TACNA CANDARAVE CAIRANI 21 TACNA TACNA SAMA 04030 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G70/G6F/G2D /G79/G6F/G20/G79/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G63/G6F/G6D/G70/G61/GF1/G61/G72/GE1/G20/G61/G20/G6C/G61/G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G44/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E /G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G75/G20/G76/G69/G61/G6A/G65 /G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 042-2005-PCM Lima, 18 de febrero de 2005 CONSIDERANDO:Que, la doctora Eliane Karp de Toledo, Primera Dama de la Nación, viajará a la ciudad de Washington DC, Esta-dos Unidos de América para participar en la ceremonia de inauguración y otras actividades afines a la promoción de la exposición "Perú Indígena y Virreynal", organizada porla National Geographic Society en colaboración con la Sociedad Estatal para la Acción Cultural Exterior de Espa- ña - SEACEX y el Instituto Nacional de Cultura del Perú -INC, del 21 al 25 de febrero del presente año; Que, en consecuencia, es necesario designar la dele- gación de apoyo y seguridad que acompañará en su viajea la Primera Dama de la Nación; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; el Decreto de Ur-gencia Nº 015-2004; la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 007-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la delegación de apoyo y seguridad que acompañará a la doctora Eliane Karp de Toledo, Primera Dama de la Nación, en su viaje a la ciudad de Washington DC, Estados Unidos de Amé-rica, la que estará conformada por las siguientes perso- nas: - Sra. Marta Castañeda Landázuri, Jefa de Prensa del Despacho de la Primera Dama de la Nación. - Sr. Marco Cabellos Flores, Camarógrafo del Despacho de la Primera Dama. - Tnte. 1ra. AP Otto Guevara Bernedo, Agente de Se- guridad. Artículo 2º.- La Sra. Marta Castañeda Landázuri y el Sr. Marco Cabellos Flores viajarán del 20 al 25 de febrerodel presente año y los gastos de su viaje serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Despacho Presidencial, de acuerdo al siguiente detalle: