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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (22/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G36/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 22 de febrero de 2005 Pasajes Viáticos Tarifa por día CORPAC Marta Castañeda Landázuri US$ 1,083.65 US$ 220.00 US$ 28.24 Marco Cabellos Flores US$ 1,397.81 US$ 220.00 US$ 28.24 Artículo 3º.- El Tnte. 1ra. AP Otto Guevara Bernedo viajará del 21 al 25 de febrero del presente año y losgastos de su viaje serán cubiertos por el Pliego Presu- puestal del Despacho Presidencial, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes US$ 1,408.52 - Viáticos por día US$ 220.00 - Tarifa CORPAC US$ 28.24 Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 03963 AGRICULTURA /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E /G4E/GBA/G20/G30/G33/G36/G35/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G41/G47/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G2D/G79/G61/G20/G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G6D/G65/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G71/G75/G69/G2D/G64/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G65/G78/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G4D/G61/G71/G75/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G41/G67/G72/GED/G63/G6F/G6C/G61/G20/G2D/G20/G53/G45/G4E/G41/G4D/G41 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0177-2005-AG Lima, 18 de febrero de 2005 VISTO: El Oficio Nº 107-2005-INIEA-CLTexSENAMA-P/J, del Jefe del Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria-INIEA, solicitando ampliación de plazo a Comisiónde liquidación del ex Servicio Nacional de Maquinaria Agrí- cola - SENAMA. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 0365-2004-AG, de 7 de junio de 2004, se conformó una Comisión para que retome, actualice y concluya la liquidación del ex Servicio Nacional de Maquinaria Agrícola-SENAMA, bajo las funcio-nes que ahí se señala, dándosele ciento veinte (120) días útiles, a partir de su instalación, para que presente el infor- me final; Que, sobre todo por razones de carácter presupuestal, la citada Comisión no ha podido culminar la labor en el plazo establecido, por lo que el Jefe del Instituto Nacionalde Investigación y Extensión Agraria-INIEA, con el oficio del visto, ha solicitado ampliación de plazo a ciento veinte (120) días más, para la culminación del encargo, previén-dose el presupuesto respectivo; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por De-creto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar en ciento veinte (120) días hábiles más, a partir del día siguiente de publicada la presenteResolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, el plazo establecido en la Resolución Ministerial Nº 0365- 2004-AG, a fin de que la Comisión conformada por ella,concluya definitivamente el proceso de liquidación del ex Servicio Nacional de Maquinaria Agrícola-SENAMA y de-más acciones previstas en esa Resolución, a cuyo efecto la Jefatura del INIEA dispondrá las medidas complementa- rias que resulten necesarias para el cumplimiento de esamisión. Artículo 2º.- Autorizar al Instituto Nacional de Investi- gación y Extensión Agraria-INIEA a cubrir los gastos quedemande la conclusión del proceso de liquidación del ex SENAMA, por la suma de Ciento Veinticuatro Mil Ochocien- tos Nuevos Soles (S/. 124, 800.00), por la Fuente de Fi-nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, en la que se ingresará el producto de los remates de bienes obsoletos existentes en los ex Servicios Regionales del exSENAMA. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 03971 /G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G52/G4F/G4E/G41/G2D /G4D/G41/G43/G48/G43/G53/G20/G6C/G61/G20/G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G72/G20/G6C/G61/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G6D/G61/G6E/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G66/G6F/G6E/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G6C/G61/G20/G6D/G6F/G64/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G22/G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G6F/G73/G22/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G61/G2D/G64/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G66/G6F/G6E/G64/G6F/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0179-2005-AG Lima, 18 de febrero de 2005 VISTO:El Oficio Nº 086-2005-AG-PRONAMACHCS-GG, de fe- cha 26 de enero de 2005, del Gerente General del Progra-ma Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Con- servación de Suelos - PRONAMACHCS; y, CONSIDERANDO: Que, según el artículo 69º literal c) de la Directiva de Tesorería para el Año Fiscal 2005, aprobada por Resolu- ción Directoral Nº 003-2005-EF/77.15, del 19 de enero de 2005 expedida por la Dirección Nacional de Tesoro Públi-co, el manejo de fondos en la modalidad de "Encargos" financiados con Fondos Públicos puede darse entre la Unidad Ejecutora y una o más de sus Unidades Operati-vas; Que, la norma mencionada en el considerando pre- cedente, establece asimismo, que el Titular del Pliego o elfuncionario a quien se le delegue esta función, deberá aprobar una Directiva para el manejo de los fondos en la modalidad de Encargos; Que, con el fin de optimizar la operatividad de la Unidad Ejecutora: 002 Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos - PRONAMACHCSdel Ministerio de Agricultura, resulta conveniente delegar en el Gerente General del PRONAMACHCS, la facultad de aprobar Directiva para el manejo de fondos en la modali-dad de "Encargos" financiados con fondos públicos, entre la mencionada Unidad Ejecutora: 002 Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación deSuelos - PRONAMACHCS y sus Unidades Operativas, en el presente ejercicio fiscal; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y el Decreto Supre- mo Nº 017-2001-AG, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del mismo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en el Gerente General de la Uni- dad Ejecutora: 002 Programa Nacional de Manejo de Cuen-cas Hidrográficas y Conservación de Suelos - PRONA- MACHCS del Ministerio de Agricultura, la facultad de apro- bar la Directiva para el manejo de fondos en la modalidadde "Encargos" financiados con fondos públicos, entre la