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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (22/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G36/G36/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 22 de febrero de 2005 SE RESUELVE: Artículo Único.- Establecer como plazo máximo hasta el 4 de marzo de 2005 la aprobación de los Calendarios de Compromisos correspondientes al Primer Trimestre del AñoFiscal 2005 por parte de los Gobiernos Locales. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ARISTA ARBILDO Director GeneralDirección Nacional del Presupuesto Público 04028 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G36/G37/G2D/G39/G37/G2D/G45/G46/G2F/G39/G33/G2E/G31/G31 /G71/G75/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G20/G6C/G61/G20/G75/G74/G69/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73 /G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G73/G75/G73/G74/G65/G6E/G74/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F /G63/G6F/G6E/G74/G61/G62/G6C/G65/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G6C/G69/G62/G72/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G70/G72/G69/G6E/G2D/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G61/G75/G78/G69/G6C/G69/G61/G72/G65/G73 CONTADURÍA PÚBLICA DE LA NACIÓN RESOLUCIÓN DE CONTADURÍA Nº 180-2005-EF/93.01 Lima, 14 de febrero del 2005Visto: El informe Nº 002-2005-EF/93.11, referente a la modificación del Instructivo Nº 1 "Documentos y Libros Contables". CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Contaduría Nº 067-97- EF/93.01, se aprobó el Compendio de Normatividad Con- table, que contiene entre otros el Instructivo Nº 1 "Docu- mentos y Libros Contables" , que establece la utilización de los documentos sustentatorios del registro contable y delos Libros Contables Principales y Auxiliares; Que, mediante Comunicado Nº 002-2002-EF/93.01 publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 13 demayo del 2002, la Contaduría Pública de la Nación, hizo de conocimiento pautas para el uso y plazo de legalización de los Libros Contables obtenidos a través del módulo delSistema Integrado de Administración Financiera SIAF-SP y de los Registros de Ventas y de Compras; Que, con la finalidad de actualizar las normas conta- bles aplicables, es conveniente adicionar en el Instructivo Nº 1 "Documentos y Libros Contables" , disposiciones para la legalización de los Libros Contables Principales y Auxi-liares constituidos por hojas sueltas o continuas; estable- cer el plazo máximo para efectuar el registro de operacio- nes contables en los citados libros por las entidades usua-rias del Sistema de Contabilidad Gubernamental; normar respecto al empaste de los libros que se llevan utilizando hojas sueltas o continuas; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 24680 - Ley del Sistema Nacional de Contabilidad y la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera delSector Público; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Inciso 3 "Legalización de Li- bros Contables", del Numeral 5 CONTENIDO, del Instructi- vo Nº 1 "Documentos y Libros Contables" , el que quedará redactado de la forma siguiente: "3. Legalización de Libros Contables - Los libros contables principales deben ser legalizados antes de su uso. Igual procedimiento se deberá seguir cuando sean llevados en hojas sueltas o continuas previa-mente foliadas. - Los Directores Generales de Administración o funcio- narios que hagan sus veces en las entidades del SectorPúblico usuarias del Sistema de Contabilidad Guberna- mental, llevarán un registro en el que inscribirán los libros principales y auxiliares antes de ser usados. En el caso delos Libros Auxiliares, tendrán a su cargo además su folia- ción, rubricación y autorización de uso. - Los libros contables que se lleven utilizando hojas sueltas o continuas, deben empastarse sin omitir las hojas que hayan sido anuladas. - Los Libros y Registros contables vinculados a materia tributaria, se ceñirán a las disposiciones que sobre el parti- cular se encuentren vigentes. Artículo 2º.- Agregar en el Numeral 5 CONTENIDO del Instructivo Nº 1 " Documentos y Libros Contables" , el inciso siguiente: "4. Plazo máximo para efectuar el registro contable"Artículo 3º.- Establecer el contenido del Inciso 4. Plazo máximo para efectuar el registro contable, en los términossiguientes: - "El plazo máximo para efectuar el registro de operacio- nes contables no podrá exceder de quince (15) días útiles contados a partir del primer día útil de realizado el hecho económico, salvo situaciones no previstas debidamentesustentadas". Artículo 4º.- Lo dispuesto en la presente Resolución rige a partir del 1 de abril del 2005. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Contador General de la Nación 04022 JUSTICIA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G69/G64/G61/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G52/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G36/G32/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D/G4A/G55/G53 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 104-2005-JUS Lima, 21 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 062-2005-JUS, de fecha 18 de febrero de 2005, se constituyó la Comisión Especial encargada de impulsar y efectuar el seguimientode las recomendaciones contenidas en el Plan Nacional de Tratamiento Penitenciario, aprobado por Resolución Ministerial Nº 187-2003-JUS; Que, el artículo 2º de la mencionada Resolución Supre- ma, establece que la referida Comisión Especial, está con- formada, entre otros, por un representante del Ministro deJusticia, quien la presidirá; Que, en consecuencia, es necesario designar al repre- sentante del Ministerio de Justicia ante la referida Comi-sión; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Decreto Ley Nº 25993 y la Ley Nº 27594 y laResolución Suprema Nº 062-2005-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a la señora abogada GIAN- NA MACCHIAVELLO CASABONNE, Viceministra de Justi- cia, como representante del Ministro de Justicia, ante la Comisión Especial constituida mediante Resolución Supre-ma Nº 062-2005-JUS, quien la presidirá. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 03993