Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2005 (13/07/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

Pag. 296546
VISTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 13 de MORDAZA de 2005

El Informe Nº 251-2005-INRENA-IANP-DOANP y el Informe Legal Nº 182-2005-INRENA-OAJ; CONSIDERANDO: Que, con Carta DE/001/03 y Carta s/n la Fundacion Peruana para la Conservacion de la Naturaleza-ProNaturaleza y la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental SPDA asociados como Consorcio Ejecutor solicitaron a la Intendencia de Areas Naturales Protegidas - IANP el otorgamiento de un contrato de administracion total del MORDAZA Nacional Cordillera MORDAZA - PNCAZ, en el MORDAZA de lo establecido por el articulo 119º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas - RLANP; Que, con Carta Nº 022-2003-INRENA-IANP/P se admitio la referida solicitud para el otorgamiento del contrato de administracion total del PNCAZ y se remitio el formato correspondiente para la publicacion de la solicitud, con el objeto de determinar si existen otros interesados en la suscripcion del referido contrato; Que, el Consorcio Ejecutor efectuo las publicaciones del resumen de la solicitud en fecha 24 de febrero de 2003 en el Boletin del Diario Oficial El Peruano y los diarios "La Region" de la region MORDAZA, "Ahora" de la region San MORDAZA, "Ahora" de la region Ucayali y "Diario Regional" de la region Huanuco; Que, en el plazo de treinta (30) dias calendario posteriores a la publicacion del resumen de la solicitud no se presentaron otros interesados por lo que de acuerdo al numeral 2) del articulo 119º del RLANP y el articulo 23º de las Disposiciones Complementarias al RLANP para el Otorgamiento de Contratos de Administracion, aprobadas por Resolucion Jefatural Nº 270-2003-INRENA, en adelante Disposiciones Complementarias, la IANP expidio la Resolucion de Intendencia Nº 008-2003INRENA-IANP con el objeto de: (i) Continuar con el tramite de otorgamiento directo del contrato de administracion total del PNCAZ a favor del Consorcio Ejecutor, al no haberse presentado otros interesados; (ii) Establecer la modalidad del contrato de administracion (Contrato de Administracion Total de area natural protegida-ANP); (iii) Aprobar los terminos de referencia para el otorgamiento directo del contrato de administracion, al cual iba adjunto el modelo de contrato respectivo; Que, con Carta Nº 529-2003-INRENA-IANP solicito al Consorcio Ejecutor publicar la Resolucion de Intendencia Nº 008-2003-INRENA-IANP en el Diario Oficial El Peruano y en los diarios de mayor circulacion de las regiones MORDAZA, Ucayali, San MORDAZA y MORDAZA, las cuales fueron realizadas por el Consorcio Ejecutor segun consta de las publicaciones de los diarios "Ahora" de la region San MORDAZA, "La Region" de la region MORDAZA, "Ahora" de la region Ucayali y "Diario Regional" de la region MORDAZA y en el Boletin del Diario Oficial El Peruano; Que, con Carta Nº DE/271/03 el Consorcio Ejecutor presento su propuesta para acceder al contrato de administracion total del PNCAZ; Que, con Oficio Nº 451-2003-INRENA-IANP/DOANP la IANP solicito a la Jefatura del INRENA la designacion de la Comision Ad Hoc, toda vez que de acuerdo a lo normado en las Disposiciones Complementarias, la propuesta presentada por el Consorcio Ejecutor debe ser evaluada por la referida Comision; Que, con Resolucion Jefatural Nº 038-2004-INRENA se designo a la Comision Ad Hoc encargada de evaluar la propuesta presentada por el Consorcio Ejecutor para acceder al contrato de administracion total del PNCAZ; Que, mediante Informe Nº 001-2004-INRENA-CAH elaborado por la Comision Ad Hoc encargada de evaluar la propuesta presentada por el Consorcio Ejecutor, se establece que la propuesta tecnica obtuvo un puntaje de setenta y nueve (79) puntos sobre cien (100) puntos posibles, por lo que recomienda continuar con el MORDAZA de adjudicacion directa del contrato de administracion total del PNCAZ, de conformidad con lo establecido en el numeral 3) del articulo 119º del RLANP al no presentarse otro interesado en el contrato de administracion;

Que, teniendo en cuenta que la propuesta fue presentada por el Consorcio Ejecutor en el ano 2003, correspondia a la IANP verificar si el compromiso de inversion se mantenia, toda vez que: (i) el compromiso de inversion forma parte de la propuesta presentada por el Consorcio Ejecutor, por lo tanto fue materia de evaluacion y calificacion por parte de la Comision Ad Hoc; y, (ii) de acuerdo al articulo 25º de las Disposiciones Complementarias el contrato debe contener cuando menos, entre otros, las MORDAZA financieras; Que, por lo expuesto en el punto precedente mediante Carta Nº 541-2005-INRENA-IANP-DOANP y Carta Nº 637-2005-INRENA-IANP-DOANP la IANP solicito a los miembros del Consorcio Ejecutor la confirmacion del compromiso de inversion establecido en su propuesta, asimismo con Carta Nº 542-2005-INRENA-IANP-DOANP se solicito a Cima Cordillera MORDAZA, en su calidad de institucion que canalizaria las MORDAZA de financiamiento, confirme el referido compromiso de inversion; Que, con Carta Nº C033-CIMA-DE, CIMA Cordillera MORDAZA preciso que a la fecha no podria confirmar la disposicion de financiamiento en los montos y proporciones establecidos en la propuesta presentada por el Consorcio Ejecutor, ya que CIMA ha apoyado al MORDAZA desde el ano 2002 en actividades de proteccion del area natural, asi como particion y uso compatible de las comunidades ubicadas en la MORDAZA de amortiguamiento del MORDAZA Nacional, ejecutando los fondos financieros de las fuentes: USAID, Fundacion MacArthur y Fundacion Moore; Que, con Carta s/n los representantes de las instituciones integrantes del Consorcio Ejecutor comunicaron a la IANP que no estan en las condiciones de confirmar el compromiso de inversion requerido ya que el financiamiento a ser canalizado por CIMA-Cordillera MORDAZA se ha venido ejecutado a favor del PNCAZ en el MORDAZA del convenio de cooperacion interinstitucional suscrito entre el INRENA y CIMA-Cordillera MORDAZA, hecho que habria implicado la ejecucion de gastos originalmente presupuestados para ser ejecutados bajo el contrato de administracion; Que, el contrato de administracion de un ANP es una herramienta que busca la participacion privada en la ejecucion de las operaciones de manejo y administracion de un ANP, las cuales requieren de un financiamiento que asegure la gestion adecuada del ANP entregada en contrato de administracion, por lo que para acceder a este la persona juridica interesada presenta como parte de su propuesta, el compromiso de inversion correspondiente; Que, la inversion consignada en el referido compromiso complementa los fondos disponibles para las operaciones que requiere el ANP y forma parte de los recursos economicos para la ejecucion del citado contrato; Que, el compromiso de inversion presentado por el Consorcio Ejecutor, fue materia de evaluacion y calificacion por parte de la Comision Ad Hoc obteniendo quince (15) puntos, segun consta en el cuadro de "Evaluacion y Calificacion del Consorcio/Postor del PNCAZ"; Que, la Comision Ad Hoc reconocio la importancia del compromiso de inversion, por lo que en las recomendaciones establecidas en el Informe Nº 0012004-INRENA- CAH, establecio que el contrato de administracion debe contener obligatoriamente: "El compromiso del Consorcio Ejecutor conformado por PRONATURALEZA- SPDA de aportar el total de los niveles de inversion indicados en la propuesta tecnica", esto en virtud de que el puntaje obtenido en la propuesta tecnica corresponde a los compromisos asumidos por el Consorcio Ejecutor; Que, ademas, las MORDAZA financieras entre las cuales se encuentra la inversion comprometida por el Consorcio Ejecutor forman parte del contrato a suscribir entre el INRENA y el Consorcio Ejecutor; Que, siendo que las instituciones integrantes del Consorcio Ejecutor y la institucion que canalizaria las MORDAZA de financiamiento-Cima Cordillera MORDAZA no confirmaron el compromiso de inversion establecido en la propuesta presentada para el otorgamiento del contrato de administracion total del PNCAZ, el procedimiento no puede continuar, toda vez que no se cuenta con uno de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.