Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2005 (13/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 13 de MORDAZA de 2005 FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 086-2005-EF

las caracteristicas y experiencia profesionales necesarias para la atencion del Despacho Ministerial, siempre que dicha contratacion se efectue en las mismas condiciones pactadas anteriormente; Que, para tal efecto, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administracion, mediante Memorando Nº 876-2005-EF/43.60 informa que se cuenta con disponibilidad presupuestaria para efectuar la mencionada contratacion; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 423-2005EF/43.01 del 11 de MORDAZA de 2005 se incluyo en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Economia y Finanzas para el Ejercicio Fiscal 2005, el MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion de los servicios indicados, al MORDAZA del requerimiento del Despacho Ministerial; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar los Servicios de Coordinacion Nacional para la evaluacion y tratamiento Bilateral de las Controversias iniciadas por empresas estadounidenses ante autoridades peruanas, consultadas al Gobierno del Peru por el Representante Comercial de los Estados Unidos de Norteamerica (USTR) en el MORDAZA de la revision de los beneficios de la Ley de Promocion Comercial MORDAZA y Erradicacion de las Drogas - ATPDEA, asi como de la negociacion del TLC Peru - Estados, como servicios personalisimos, de conformidad con el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Economia y Finanzas del Concurso Publico para la contratacion de los servicios indicados en articulo 1º de la presente resolucion y autorizar su contratacion con el Estudio Lex Asesores S.A.C. Articulo 3º.- La contratacion a la que se refieren los articulos precedentes sera por un periodo de hasta tres (3) meses y por el importe de hasta S/. 208 291,50 (Doscientos Ocho Mil Doscientos Noventa y Uno y 50/100 Nuevos Soles), incluyendo los gastos de representacion, cuando corresponda, con cargo a la cuenta Generica de Gasto 3. Bienes y Servicios, de la Actividad 1.00110 Conduccion y Orientacion Superior de la Unidad Ejecutora 001 Administracion General del Pliego 009 Ministerio de Economia y Finanzas. La realizacion de las acciones inmediatas correspondientes estara a cargo de un Comite Especial que seguira el procedimiento dispuesto por el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial asi como los Informes Nºs. 176-2005-EF/43.50 y 1262-2005EF/60 de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica, respectivamente, seran remitidos a la Contraloria General de la Republica, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion de la presente Resolucion. Articulo 5º.- Disponer, que la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion remita la informacion de la presente Resolucion Ministerial al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE a traves del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 12460

Mediante Oficio Nº 298-2005-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Suprema Nº 086-2005-EF, publicada en nuestra edicion del dia 12 de MORDAZA de 2005 DICE: Articulo 1º.- Autorizar por excepcion el viaje del senor Jhon Schuler Rauch, funcionario de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, a la MORDAZA de Brasilia, Republica Federativa del Brasil ... DEBE DECIR: Articulo 1º.- Autorizar por excepcion el viaje del senor Jhon Schuler Rauch, funcionario de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, a las ciudades de San MORDAZA, San MORDAZA y Los MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA ... 12519

ENERGIA Y MINAS
Autorizan a empresa minera a realizar actividades dentro de los cincuenta kilometros de MORDAZA de frontera
DECRETO SUPREMO Nº 026-2005-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 71º de la Constitucion Politica del Peru, establece que dentro de los cincuenta (50) kilometros de las fronteras, los extranjeros no pueden adquirir o poseer, por titulo alguno, minas, tierras, bosques, aguas, combustibles ni MORDAZA de energia, directa ni indirectamente, individualmente ni en sociedad, bajo pena de perder, en beneficio del Estado, el derecho asi adquirido y que se exceptua el caso de necesidad publica, expresamente declarada por Decreto Supremo aprobado por el Consejo de Ministros conforme a Ley; Que, ALTURAS MINERALS S.A., empresa peruana en la cual tiene 70% de participacion la empresa australiana EQUINOX PERU VENTURES LIMITED, ha solicitado autorizacion para adquirir nueve (9) derechos mineros ubicados en las zonas de frontera con MORDAZA y Bolivia del departamento de Tacna; Que, el numeral V del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-92-EM, dispone que la industria minera es de utilidad publica y la promocion de inversiones en la actividad minera es de interes nacional; Que, el articulo 13º del Decreto Legislativo Nº 757, Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada y sus normas reglamentarias, autoriza a que se declare de necesidad nacional la inversion privada, nacional y extranjera, en actividades productivas realizadas o por realizarse en la MORDAZA de fronteras del pais; Que, la solicitud formulada por la empresa ALTURAS MINERALS S.A., se encuentra incluida dentro del supuesto de necesidad publica establecido en el articulo 71º de la Constitucion Politica del Peru, dado que el interes en establecer la titularidad de los derechos mineros solicitados trasciende al interes privado, incidiendo de manera importante en el bienestar de la comunidad, toda vez que mediante dicha excepcion, se trata de lograr el desarrollo de las zonas de frontera, con el consiguiente aumento del nivel de MORDAZA en la MORDAZA de incidencia de las

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